Gobierno de La Rioja

Núm. 125
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 3 de julio de 2026
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
III..2664

SUBVENCIONES: concesión de becas complementarias para la realización de estudios universitarios fuera de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el curso 2025/2026

Resolución 55/2026, de 30 de junio, de la Consejería de Educación y Empleo, de concesión de becas complementarias para la realización de estudios universitarios fuera de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el curso 2025/2026.


Hechos

Primero. En fech

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]
a 29 de junio de 2021 se publica, en el Boletín Oficial de La Rioja número 126, Orden DEA/39/2021, de 23 de junio, por la que se regula el procedimiento de concesión de becas complementarias para la realización de estudios universitarios fuera de la Comunidad Autónoma de La Rioja (en adelante, orden de bases).

Segundo. En fecha 6 de noviembre de 2025 se publica en el Boletín Oficial de La Rioja número 216 el extracto de la Resolución 80/2025, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se convocan becas complementarias para la realización de estudios universitarios fuera de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el curso 2025/2026.

Tercero. Un total de 2.018 solicitudes de becas fueron presentadas en plazo conforme al artículo 16 de la Orden DEA/39/2021, de 23 de junio, siendo 102 requeridas para subsanación según lo dispuesto en el artículo 18.4 de la referida orden.

Cuarto. En fecha 12 de mayo de 2026 se publica en el Tablón de Anuncios Virtual del Gobierno de La Rioja, Resolución de la Consejería de Educación y Empleo de desistimiento de expedientes de solicitud de beca complementaria de movilidad para la realización de estudios universitarios fuera de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el curso 2025/2026.

Quinto. Se realizan 12 requerimientos según lo dispuesto en el artículo 18.2 de la Orden DEA/39/2021, de 23 de junio.

Sexto. En fecha 25 de mayo de 2026 se publica en el Tablón de Anuncios Virtual del Gobierno de La Rioja, Resolución de la Consejería de Educación y Empleo de desistimiento de expediente de solicitud de beca complementaria de movilidad para la realización de estudios universitarios fuera de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el curso 2025/2026, tras la realización de los requerimientos.

Séptimo. En fecha 28 de mayo de 2026 se publica en el Tablón de Anuncios Virtual del Gobierno de La Rioja propuesta de resolución provisional del procedimiento de referencia.

Octavo. En fecha 23 de junio de 2026, la Viceconsejería de Educación, Universidades y Formación Profesional emite propuesta de resolución definitiva relativa al procedimiento de concesión de becas complementarias para la realización de estudios universitarios fuera de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el curso 2025/2026.

Noveno. Con fecha 30 de junio de 2026, se emite informe de fiscalización previa favorable sin reparos por la Intervención Delegada en la Consejería de Educación y Empleo.

A los anteriores hechos, resultan de aplicación los siguientes,

Fundamentos de derecho

Primero. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero. La Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja.

Cuarto. La Ley 8/2025, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2026.

Quinto. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Sexto. El Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la CAR.

Séptimo. El Decreto 53/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del Sector Público de la CAR.

Octavo. La Orden DEA/39/2021, de 23 de junio, de la Consejería de Desarrollo Autonómico, por la que se regula el procedimiento de concesión de becas complementarias para la realización de estudios universitarios fuera de la CAR.

Noveno. La Resolución 80/2025, de 30 de octubre, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se convocan becas complementarias para la realización de estudios universitarios fuera de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el curso 2025/2026.

El titular de la Consejería de Educación y Empleo, en uso de las competencias que atribuidas por el artículo 9.1 g) del Decreto 53/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja

RESUELVE

Primero. Conceder 1.429 becas complementarias para la realización de estudios universitarios fuera de la Comunidad Autónoma de La Rioja a las personas solicitantes que se relacionan en el anexo I con indicación de la cuantía individual respectiva de acuerdo con el prorrateo establecido en la Resolución 80/2025, de 30 de octubre, por un total de 2.132.250 euros.

Del total de becas concedidas, 1.419 se conceden por 1.500 euros, y las restantes 10, por 375 euros al tratarse de estudiantes que realizan el Trabajo Fin de Grado/Máster o el último curso de la titulación y están matriculados de menos de 30 créditos.

Segundo. Denegar las 586 solicitudes relacionadas en el anexo II por las causas que se indican conforme a la Orden DEA/39/2021, de 23 de junio.

Tercero. Disponer el gasto por importe de 2.132.250 euros con cargo a la partida presupuestaria 2026.08.00.3225.480.00, destinado a la adjudicación de las becas de referencia. Además, expedir el correspondiente documento contable <<D>>.

Cuarto. Proceder a anular el crédito sobrante de la partida presupuestaria 2026.08.00.3225.480.00 por importe de 150.748 euros, expidiendo el correspondiente documento contable <<A/>>.

Quinto. Publicar las becas concedidas en:

- El Boletín Oficial de La Rioja y en el tablón de anuncios virtual del Gobierno de La Rioja, de acuerdo con el artículo 19.1 de la Orden DEA/39/2021, de 23 de junio;

- La Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), de conformidad con el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre;

- El Portal de Transparencia del Gobierno de La Rioja, de conformidad con el artículo 10.1.c) de la Ley 3/2014, de 11 de septiembre, de Transparencia y Buen Gobierno de La Rioja.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Logroño a 30 de junio de 2026.- El Consejero de Educación y Empleo, Alberto Galiana García.


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