Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos 01/2026
Acuerdo del Pleno de fecha 27 de mayo de 2026, del Ayuntamiento de Leiva (La Rioja), por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos número 01/2026 del presupuesto en vigor, en la modalidad de Transferencia de Crédito entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto, que no afectan a altas y bajas de crédito de personal.
Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Bajas en aplicaciones de gastos:
| Aplicación | Descripción | Créditos iniciales | Créditos a transferir | Créditos finales | |
| Progr. | Económica | ||||
| 160 | 226 | Gastos diversos | 2000 | 2000 | 0 |
| 336 | 212 | Edificios y otras construcciones | 2000 | 2000 | 0 |
| 450 | 227 | Trabajos realizados por otras empresas y profesionales | 6000 | 6000 | 0 |
| Total | 10000 | 10000 | 0 |
Altas en aplicaciones de gastos:
| Aplicación | Descripción | Créditos iniciales | Créditos a incorporar | Créditos finales | |
| Progr. | Económica | ||||
| 920 | 130 | Personal Laboral Fijo | 22000 | 10000 | 32000 |
| Total | 22000 | 10000 | 32000 |
Esta modificación del Presupuesto Municipal no altera la cuantía total del mismo. Se imputa el importe total o parcial de un crédito a otras partidas presupuestarias con diferente vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, con sede en Logroño, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Leiva a 20 de julio de 2026.- El Alcalde-Presidente, José Luis González de Uriarte González.