Delegación de funciones para la celebración de matrimonio civil
Por esta Alcaldía mediante Resolución n.º 15792026 de fecha 22 de julio de 2026, y en uso de las atribuciones concedidas por el artículo 43.3 del Real Decreto 2658/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se ha resuelto delegar la atribución que le confiere el artículo 51 del Código Civil con referencia a la autorización de matrimonio civil, en el Concejal Mario Izquierdo Laya, para la celebración del matrimonio civil, que tendrá lugar el día 24 de julio de 2026. Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del citado Reglamento.
Arnedo a 22 de julio de 2026. - La Secretaria General, Aroa Pujada Vilches.