Gobierno de La Rioja

Núm. 140
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 24 de julio de 2026
AYUNTAMIENTO DE TRICIO
III..2927

Aprobación definitiva de la modificación de ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicio público de recogida y eliminación de basuras

El Pleno del Ayuntamiento de Tricio, en sesión ordinaria celebrada el 1 de junio de 2026, adoptó, con carácter provisional, el acuerdo de modificación de ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicio público de recogida y eliminación de basuras.

Efectuada la exposición al público por plazo de treinta días hábiles en el Boletín Oficial de La Rioja número 106, de 5 de junio de 2026 no se han formulado alegaciones por lo que los referidos acuerdos han sido elevado a definitivo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. La modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, según lo establecido en el artículo 152.2 de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.4 del R.D.Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales ,se inserta a continuación el acuerdo de aprobación y el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza fiscal. Contra dicho acuerdo podrán interponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de esta publicación, en la forma que establece la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción.

Tricio a 14 de julio de 2026.- La Alcaldesa-Presidenta, Sandra Pulido Arenzana.

Sometido a votación, el Pleno del Ayuntamiento de Tricio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por mayoría de los miembros presentes, con tres votos a favor y un voto en contra de la Concejala María del Carmen Asensio Rubio,

ACUERDA

Primero. Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación del servicio público de recogida y eliminación de basuras, estableciendo para el ejercicio 2027 las siguientes tarifas:

Vivienda: 48,00 euros por semestre.

Industria: 72,00 euros por semestre.

Segundo. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptivas, mediante su exposición en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de La Rioja por plazo de treinta días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y formular las reclamaciones que estimen oportunas. Asimismo, el expediente estará a disposición de los interesados en la sede electrónica municipal.

Tercero. Considerar definitivamente aprobado el presente acuerdo, en el supuesto de que no se presenten reclamaciones durante el plazo anteriormente señalado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Cuarto. Facultar a la Alcaldesa-Presidenta para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución y efectividad del presente acuerdo.

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