PROCEDIMIENTO DE INTEGRACIÓN: se resuelve procedimiento de integración en el Cuerpo de Ayudante Facultativo. Escala: Técnica de Cuidados Auxiliares en Enfermería o en Atención a Personas en situación de Dependencia, grupo C1 (ICE-C1.2); en el Cuerpo de Ayudante Facultativo. Escala: Técnico en Medicina Legal (ICE-C1.3); y en el Cuerpo de Ayudante Facultativo. Escala: Laboratorio (ICE-C1.5)
Resolución número 2341/2026, de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se resuelven procedimientos de integración, dentro del Grupo C, Subgrupo C1: en el Cuerpo de Ayudante Facultativo. Escala: Técnica de Cuidados Auxiliares en Enfermería o en Atención a Personas en situación de Dependencia, grupo C1 (ICE-C1.2); en el Cuerpo de Ayudante Facultativo. Escala: Técnico en Medicina Legal (ICE-C1.3); y en el Cuerpo de Ayudante Facultativo. Escala: Laboratorio (ICE-C1.5).
Vistos:
La Ley 9/2023, de 5 de mayo, de función pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja: disposición adicional tercera, letra c); disposición adicional quinta, letra c), punto 2º; disposición adicional séptima; disposición adicional octava; disposición adicional vigesimoquinta; disposición transitoria segunda; y anexo.
El Decreto 9/2026, de 21 de abril, por el que se regula el procedimiento y se determina la integración en los cuerpos y escalas creados por la Ley 9/2023, de 5 de mayo, de función pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Resolución 1509/2026, de 23 de junio, de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan procedimientos de integración, dentro del Grupo C, Subgrupo C1: en el Cuerpo de Ayudante Facultativo. Escala: Técnica de Cuidados Auxiliares en Enfermería o en Atención a Personas en situación de Dependencia. (ICE-C1.2); en el Cuerpo de Ayudante Facultativo. Escala: Técnico en Medicina Legal. (ICE-C1.3); y en el Cuerpo de Ayudante Facultativo. Escala: Laboratorio (ICE-C1.5); publicada en el Boletín Oficial de La Rioja de 24 de junio 2026.
En su virtud, esta Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, de acuerdo con el artículo 6.4 del Decreto 9/2026, de 21 de abril,
RESUELVE
Primero. Determinar la integración dentro del Grupo C, Subgrupo C1: en el Cuerpo de Ayudante Facultativo. Escala: Técnica de Cuidados Auxiliares en Enfermería o en Atención a Personas en situación de Dependencia; en el Cuerpo de Ayudante Facultativo. Escala: Técnico en Medicina Legal; y en el Cuerpo de Ayudante Facultativo. Escala: Laboratorio; reguladas en la Ley 9/2023, de 5 de mayo; o, en su caso, determinar la asignación de plazas singulares declaradas a extinguir; de todo el personal funcionario afectado por el proceso de integración relacionado en los anexos de esta Resolución.
De acuerdo con los artículos 6.4 y 7.2 del Decreto 9/2026, de 21 de abril, la presente Resolución es objeto de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja en cuanto a todos los elementos comunes que conlleva la terminación de los procedimientos; los anexos de esta Resolución quedan expuestos en el Tablón de Anuncios Virtual del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/tablon-virtual/es), y a través de la sede electrónica (https://www.larioja.org/empleados/es/integracion-cuerpos-escalas); a su vez, el contenido íntegro de cada acto de integración es notificado individualmente de forma electrónica a cada persona interesada.
Segundo. Las integraciones en el nuevo cuerpo y escalas se producen con fecha de efectos de 1 de julio de 2026, conforme con el apartado 2 de la disposición adicional octava del Decreto 9/2026, de 21 de abril.
Con esa misma fecha de efectos, se producen las correspondientes actualizaciones automáticas de la plantilla presupuestaria y de las relaciones de puestos de trabajo.
El personal funcionario integrado en el nuevo cuerpo y escalas percibirá las diferencias económicas en el sueldo, derivadas de su nueva pertenencia al Grupo C1, a través del proceso general de nómina.
Tercero. El personal funcionario que queda asignado a una plaza singular declarada a extinguir en el Subgrupo C2, podrá acreditar la titulación requerida y solicitar su integración automática, dentro del Subgrupo C1, en el Cuerpo de Ayudante Facultativo. Escala: Laboratorio, de acuerdo con el artículo 5.4 del Decreto 9/2026, de 21 de abril.
Cuarto. Las plazas para el acceso a la Escala Sanitaria del Cuerpo Auxiliar Facultativo de Administración Especial (Auxiliar de Enfermería) incluidas en Ofertas de Empleo Público ya aprobadas, que, a la fecha de publicación de esta Resolución, se encuentren pendientes de convocar, o en proceso de convocatoria todavía no finalizada, se realizarán o terminarán con la correspondencia y adecuación con el nuevo Cuerpo de Ayudante Facultativo. Escala: Técnica de Cuidados Auxiliares en Enfermería o en Atención a Personas en situación de Dependencia, Grupo C, Subgrupo C1, conforme con el artículo 1.3 del Decreto 12/2026, de 12 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2026.
Quinto. Las listas de espera para empleo temporal de la Escala Sanitaria del Cuerpo Auxiliar Facultativo de Administración Especial (Auxiliar de Enfermería), de la Escala Sanitaria del Cuerpo Auxiliar Facultativo de Administración Especial (Auxiliar Medicina Legal), o del Cuerpo Auxiliar Facultativo de Administración Especial (Auxiliar de Laboratorio), vigentes en el momento de publicación de esta Resolución, quedan transformadas en unas nuevas para el acceso temporal en el Cuerpo de Ayudante Facultativo. Escala: Técnica de Cuidados Auxiliares en Enfermería o en Atención a Personas en situación de Dependencia, en el Cuerpo de Ayudante Facultativo. Escala: Técnico en Medicina Legal, o en el Cuerpo de Ayudante Facultativo. Escala: Laboratorio; dentro del Grupo C, Subgrupo C1; con la permanencia en las mismas de las personas aspirantes incluidas, que podrán acceder a nuevos llamamientos de interinidad siempre que se acrediten los requisitos de titulación para el acceso a las escalas.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja; contra la misma podrá interponerse recurso de reposición potestativo ante la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia, Sección de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 8.2.a), 46.1 y 78 de la Ley 29/1998, de 13 julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Logroño a 5 de octubre de 2026.- El Consejero de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, Alfonso Domínguez Simón.