Gobierno de La Rioja

Núm. 200
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 16 de octubre de 2026
CONSEJERÍA DE HACIENDA, GOBERNANZA PÚBLICA, SOCIEDAD DIGITAL Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
II..1156

PROCEDIMIENTO DE INTEGRACIÓN: se convoca procedimiento de integración en el Cuerpo de Ayudante Técnico. Escala: Técnico de Laboratorio, grupo B (ICE-B.2.5)

Resolución número 2392/2026, de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se convoca procedimiento de integración en el Cuerpo de Ayudante Técnico. Escala: Técnico de Laboratorio, grupo B (ICE-B.2.5).


Vistos:

La Ley 9/2023, de 5 de mayo, de función pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja: Disposición Adicional Tercera, letra c); Disposición Adicional Quinta, letra c), punto 2º; Disposición Adicional Séptima; Disposición Adicional Octava; Disposición Adicional Vigesimoquinta; Disposición Transitoria Segunda; y Anexo.    

El Decreto 9/2026, de 21 de abril, por el que se regula el procedimiento y se determina la integración en los cuerpos y escalas creados por la Ley 9/2023, de 5 de mayo, de función pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

En su virtud, esta Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, de acuerdo con el artículo 6.1 del Decreto 9/2026, de 21 de abril,

RESUELVE

Primero. Convocar procedimiento de integración en el Cuerpo de Ayudante Técnico. Escala: Técnico de Laboratorio, grupo B, regulada en la Ley 9/2023, de 5 de mayo.

Segundo. La descripción, funciones y requisitos de titulación de la nueva escala de integración, así como el personal funcionario afectado por el proceso de integración que se convoca, perteneciente a los antiguos cuerpos y escalas de la Ley 3/1990, de 29 de junio, se detallan en el Anexo de esta Resolución.

Tercero. El mismo día de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja de esta convocatoria, se pone a disposición del personal funcionario afectado por el procedimiento de integración, a través de notificación electrónica, una propuesta de integración, siempre que conste en el procedimiento el cumplimiento de los requisitos de titulación; o, en caso contrario, para el personal funcionario de carrera una propuesta de asignación a una plaza singular declarada a extinguir en el subgrupo de clasificación profesional correspondiente, y para el personal funcionario interino se procederá a su cese a partir de la fecha de efectividad de la resolución de integración en la nueva escala.

Se podrá acceder a las notificaciones electrónicas directamente en el procedimiento electrónico habilitado para ello, en la siguiente dirección electrónica https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25743, o, en cualquier caso, a través de la carpeta del ciudadano (https://carpetaciudadano.larioja.org/).

Cuarto. Una vez practicadas las notificaciones de las propuestas (de acuerdo con el artículo 43.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), bien porque se haya accedido a su contenido, bien por el transcurso de diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido, se iniciará un plazo de veinte días hábiles para que el personal funcionario interesado en el procedimiento pueda aceptar o proponer una modificación a las propuestas realizadas, con aportación en este último caso de la correspondiente justificación y documentación que se estime conveniente.

El personal funcionario interesado que no conteste a la propuesta será integrado en el cuerpo o escala o asignado a plaza singular a extinguir de acuerdo con la propuesta realizada. 

La aceptación, o propuesta de modificación, de las propuestas de integración por parte del personal funcionario interesado se realizarán en el procedimiento electrónico habilitado para ello, en la siguiente dirección electrónica: https://ias1.larioja.org/cexgen/sistemas/icu/loginICU.html, o en la carpeta del ciudadano: https://carpetaciudadano.larioja.org/index.php?controller=AdmTramites. 

Quinto. Las integraciones en el Cuerpo de Ayudante Técnico. Escala: Técnico de Laboratorio, o en su caso, la asignación de plazas singulares declaradas a extinguir, se realizarán mediante resolución de esta consejería en el plazo máximo de seis meses. Esta resolución, y la determinación de los efectos que la misma produce, será objeto de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja en cuanto a los elementos comunes que conlleva la terminación del procedimiento; y el contenido íntegro del acto de integración individual en el nuevo cuerpo y escala será notificado por medios electrónicos a cada persona funcionaria interesada en el procedimiento.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con el artículo 45 de la  Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja; contra la misma podrá interponerse recurso de reposición potestativo ante la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia, Sección de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 8.2.a), 46.1 y 78 de la Ley 29/1998, de 13 julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.  

Logroño a 13 de octubre de 2026.- El Consejero de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, Alfonso Domínguez Simón.


ANEXO

 Cuerpo de Ayudante Técnico. Escala: Técnico de Laboratorio, grupo B (ICE-B.2.5) 

Grupo/Subgrupo profesional: B 

Nombre del nuevo cuerpo y escala: Cuerpo de Ayudante Técnico. Escala: Técnico de Laboratorio.

Funciones: Le corresponden las funciones técnicas objeto de su profesión específica y que, sin tener un carácter general, dan apoyo y ayuda a los científicos, cuidando y preparando el material, realizando experimentos, análisis, mediciones, estudios, comprensión de técnicas de cultivo y análisis de muestras.

Personal susceptible de integración perteneciente a cuerpos propios de la Ley 3/1990, de 29 de junio:  El proceso de integración afecta a todo el personal funcionario de carrera y personal funcionario interino que, a la fecha de publicación de esta convocatoria, se encuentre prestando servicios en servicio activo o en una situación administrativa que conlleve reserva de puesto de trabajo, y pertenezca al:

­    Cuerpo de Ayudantes Facultativos de Administración Especial (Técnico de Laboratorio).

­    Cuerpo de Ayudantes Facultativos de Administración Especial (Analista).

El personal funcionario interino deberá mantener su condición a la fecha de efectos de las integraciones. 

Requisitos de titulación:

Título de Técnico Superior en Laboratorio de Análisis y de Control de Calidad o equivalentes:

­ Técnico Superior en Análisis y Control;

­ Técnico Especialista en Ayudante Técnico de Laboratorio, rama Química, o Técnico Especialista en Alimentación, rama Química;

­ Técnico Especialista en Análisis y Procesos Básicos, rama Química, o Técnico Especialista en Análisis Lácteos, rama Química;

­ Técnico Especialista en Química de Laboratorio, rama Química.

Título de Técnico Superior en Fabricación de Productos Farmacéuticos, Biotecnológicos y Afines.

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