Gobierno de La Rioja

Núm. 201
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 19 de octubre de 2026
CONSEJERÍA DE HACIENDA, GOBERNANZA PÚBLICA, SOCIEDAD DIGITAL Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
II..1159

PROCEDIMIENTO DE INTEGRACIÓN: se resuelve procedimiento de integración dentro del grupo B: en el Cuerpo de Ayudante Técnico de Agentes Forestales (ICE-B.1); y en el Cuerpo de Ayudante Técnico. Escala: Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información (ICE-B.2.4)

Resolución número 2416/2026, de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se resuelven procedimientos de integración dentro del grupo B: en el Cuerpo de Ayudante Técnico de Agentes Forestales (ICE-B.1); y en el Cuerpo de Ayudante Técnico. Escala: Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información (ICE-B.2.4).


Vistos:

La Ley 9/2023, de 5 de mayo, de función pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja: disposición adicional tercera, letra c); disposición adicional quinta, letra c), punto 2º; disposición adicional séptima; disposición adicional octava; disposición adicional vigesimoquinta; disposición transitoria segunda; y anexo.

El Decreto 9/2026, de 21 de abril, por el que se regula el procedimiento y se determina la integración en los cuerpos y escalas creados por la Ley 9/2023, de 5 de mayo, de función pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Resolución 1510/2026, de 23 de junio, de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan procedimientos de integración, dentro del Grupo B: en el Cuerpo de Ayudante Técnico de Agentes Forestales (ICE-B.1); en el Cuerpo de Ayudante Técnico. Escala: Educación Infantil (ICE-B.2.2); en el Cuerpo de Ayudante Técnico. Escala: Delineación (ICE-B.2.3); y en el Cuerpo de Ayudante Técnico. Escala: Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información (ICE-B.2.4); publicada en el Boletín Oficial de La Rioja de 24 de junio 2026.

Por necesidades organizativas, pese a que la convocatoria de los procesos de integración de la Resolución 1510/2026 se realizó para varios Cuerpos y Escalas, dentro del Grupo B, se procede a resolver de manera parcial la convocatoria referente al Cuerpo de Ayudante Técnico de Agentes Forestales (ICE-B.1); y en el Cuerpo de Ayudante Técnico. Escala: Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información (ICE-B.2.4).

En su virtud, esta Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, de acuerdo con el artículo 6.4 del Decreto 9/2026, de 21 de abril,

RESUELVE

Primero. Determinar la integración, dentro del Grupo B, en el Cuerpo de Ayudante Técnico de Agentes Forestales, y en el Cuerpo de Ayudante Técnico. Escala: Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información, regulados en la Ley 9/2023, de 5 de mayo; o, en su caso, determinar la asignación de plazas singulares declaradas a extinguir; de todo el personal funcionario afectado por el proceso de integración relacionado en los anexos de esta Resolución.

De acuerdo con los artículos 6.4 y 7.2 del Decreto 9/2026, de 21 de abril, la presente Resolución es objeto de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja en cuanto a todos los elementos comunes que conlleva la terminación del procedimiento; los anexos de esta Resolución quedan expuestos en el Tablón de Anuncios Virtual del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/tablon-virtual/es), y a través de la sede electrónica (https://www.larioja.org/empleados/es/integracion-cuerpos-escalas); a su vez, el contenido íntegro de cada acto de integración es notificado individualmente de forma electrónica a cada persona interesada.

Segundo. La integración en los nuevos cuerpos y escala se produce con fecha de efectos de 1 de julio de 2026, conforme con el apartado 2 de la disposición adicional octava del Decreto 9/2026, de 21 de abril.

Con esa misma fecha de efectos, se producen las correspondientes actualizaciones automáticas de la plantilla presupuestaria y de las relaciones de puestos de trabajo.

El personal funcionario integrado en los nuevos cuerpos y escala percibirá las diferencias económicas en el sueldo, derivadas de su nueva pertenencia al grupo B, a través del proceso general de nómina.

Tercero. El personal funcionario que queda asignado a una plaza singular declarada a extinguir en el grupo C, subgrupo C1, podrá acreditar las titulaciones requeridas y solicitar su integración automática en el Cuerpo de Ayudante Técnico de Agentes Forestales, o en el Cuerpo de Ayudante Técnico. Escala: Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información, dentro del grupo B, de acuerdo con el artículo 5.4 del Decreto 9/2026, de 21 de abril.

Cuarto. Las plazas para el acceso a la Escala Operativa de Agentes Forestales del Cuerpo de Ayudantes Facultativos de Administración Especial, o del Cuerpo de Ayudantes Facultativos de Administración Especial (Técnico Informático), incluidas en Ofertas de Empleo Público ya aprobadas, que, a la fecha de publicación de esta Resolución, se encuentren pendientes de convocar, o en proceso de convocatoria todavía no finalizada, se realizarán o terminarán con la correspondencia y adecuación con el nuevo Cuerpo de Ayudante Técnico de Agentes Forestales, o con el nuevo Cuerpo de Ayudante Técnico. Escala: Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información, dentro del Grupo B, conforme con el artículo 1.3 del Decreto 12/2026, de 12 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2026.

Quinto. Las listas de espera para empleo temporal de la Escala Operativa de Agentes Forestales del Cuerpo de Ayudantes Facultativos de Administración Especial, o del Cuerpo de Ayudantes Facultativos de Administración Especial (Técnico Informático), vigentes en el momento de publicación de esta Resolución, quedan transformadas en unas nuevas para el acceso temporal en el Cuerpo de Ayudante Técnico de Agentes Forestales, o en el Cuerpo de Ayudante Técnico. Escala: Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información, Grupo B; con la permanencia en las mismas de las personas aspirantes incluidas, que podrán acceder a nuevos llamamientos de interinidad siempre que se acrediten los requisitos de titulación para el acceso a los cuerpos y escala.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja; contra la misma podrá interponerse recurso de reposición potestativo ante la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia, Sección de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 8.2.a), 46.1 y 78 de la Ley 29/1998, de 13 julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Logroño a 15 de octubre de 2026.- El Consejero de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía de Gobierno, Alfonso Domínguez Simón.

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