Gobierno de La Rioja

Núm. 212
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Martes 3 de noviembre de 2026
AYUNTAMIENTO DE HARO
III..4115

Aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal 1.3. reguladora del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 29 de octubre de 2026, adoptó, con carácter provisional, acuerdo de modificación de la ordenanza fiscal número 1.3. reguladora del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, dentro del cual los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes en las oficinas municipales.

En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobado dicho acuerdo, hasta entonces provisional, de conformidad con lo prevenido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 49.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril.


Haro a 30 de octubre de 2026.- La Alcaldesa-Presidenta, Guadalupe Fernández Prado.


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