Notificación individual de la declaración de ruina inminente de edificio sito en calle Linares Rivas, número 21
Ante la imposibilidad de practicar la notificación de forma expresa, del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 19 de diciembre de 2012y en cumplimiento del artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y para que sirva de notificación a Don Felipe Tubía Rosales, se hace público el presente acuerdo en el Boletín Oficial de La Rioja y en el tablón de edictos de esta Corporación y la de Villarrobledo.
Acuerdo 10.- Declaración de ruina inminente de edificio sito en calle Linares Rivas, número 21.
Dada cuenta del expediente incoado sobre declaración de ruina inminente respecto del inmueble sito en el número 21 de la calle Linares Rivas, propiedad de Felipe Tubía Rosales.
Dada cuenta del informe emitido por el arquitecto municipal, Alfonso Pérez de Nanclares, en fecha 10 de mayo de 2012, en el que se hace constar que el inmueble presenta un estado de agotamiento estructural generalizado de todos los elementos, excepto de la fachada, que afecta seriamente a su estabilidad, con el consiguiente riesgo de derrumbe del mismo, constituyendo un grave peligro para las personas y las cosas.
Vistos los artículos 197 y 199 de la Ley 5/2006, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, así como los artículos 26 y 28 del Reglamento de Disciplina Urbanística.
Vistos los artículos 93 a 98 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Visto el decreto de delegación de competencias del Alcalde en materia de obras, en la Junta de Gobierno Local de fecha 15 de junio de 2011, publicado en el BOR de fecha 15 de julio de 2011.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:
1).- Declarar el estado de ruina inminente del inmueble sito en el número 21 de la calle Linares Rivas.
2).- Ordenar a su propietario, Felipe Tubía Rosales, que proceda en el plazo de treinta días a contar desde la notificación de la presente, a la demolición controlada del edificio, con la contratación de la ejecución de las siguientes obras:
- Apuntalamiento de la estructura existente.
- Demolición inmediata del edificio, con la supervisión de técnico competente, redactando, previamente, para su aprobación, una Memoria valorada donde se describa el método de demolición, la forma de desescombrado y presupuesto. La memoria deberá de acompañarse de un estudio de seguridad y salud.
- Apuntalamiento y arriostramiento si procede de las medianeras colindantes.
- Reparación de los daños que puedan causarse en los edificios colindantes.
- Las medianeras que queden al descubierto deberán tratarse con un proyectado de poliuretano y pintura del mismo, en color blanco o crema.
- Limpieza y desescombro del solar.
- Regularización del solar mediante solera de hormigón y recogida de agua en sumidero conectado a la red de saneamiento mediante arqueta sifónica.
- Vallado perimetral del solar con un muro de bloques de hormigón de dos metros de altura.
3).- Ordenar el desalojo del edificio, impidiendo el acceso al mismo.
4).- Transcurrido dicho plazo sin haber ejecutado lo ordenado, se procederá a la iniciación del expediente sancionador.
5).- Se apercibe al propietario, en su caso, del posible empleo de la acción subsidiaria en el supuesto de incumplir lo ordenado.
Previniéndole que contra el precedente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de La Rioja, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, con arreglo al artículo 8 y 46.1 de la Ley de esa Jurisdicción de 13 de julio de 1998, modificada por la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, modificadora de la Ley del Poder Judicial. Potestativamente, podrá asímismo interponer recurso de reposición ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Caso de interponer este recurso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, lo que ocurrirá si, transcurrido un mes desde la interposición, no recibe notificación de la resolución del mismo. El interesado, no obstante, podrá interponer cualesquiera otros si lo cree conveniente.
Lo que se publica para su conocimiento y a los efectos oportunos.
Haro, 8 de febrero de 2013.- El Alcalde, Patricio Capellán.