Resolución de aprobación de la tarifa de utilización del agua del Canal de Lodosa año 2013
Con fecha 10 de septiembre de 2013, por la Presidencia de esta Confederación Hidrográfica del Ebro se ha dictado la siguiente resolución:
'De conformidad con lo dispuesto en el artículo 309 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (en lo sucesivo, R.D.P.H.), aprobado por R.D. 849/1986 de 11 de abril (B.O.E. nº 103 de 30 de abril) y artículo 5º del R.D. 984/1989 de 28 de julio, por el que se determina la estructura orgánica dependiente de la Presidencia de las Confederaciones Hidrográficas, el Servicio de Explotación nº 1 de la Dirección Técnica de la Confederación Hidrográfica del Ebro elaboró el cálculo de la tarifa de utilización del agua en el canal de Lodosa año 2013, y de los estudios técnico y económico, éste último con la participación de la Junta de Explotación nº 1 (sesión de día 26 de marzo).
A la vista de todo ello por la Dirección Técnica de esta Confederación Hidrográfica, en fecha 8 de abril de 2013 se procedió a la aprobación de la propuesta de la tarifa de utilización del agua en el Canal de Lodosa año 2013, a los efectos previstos en el mencionado artículo 309 del R.D.P.H. y para sometimiento a información pública y, en su caso, para su aprobación definitiva por el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro.
Como consecuencia de ello los Boletines Oficiales de las Provincias de Zaragoza con fecha 24.04.2013, Navarra con fecha 8.05.2013 y La Rioja con fecha 17.04.2013, publicaron anuncio por el que se acordaba someter a información pública durante quince días la propuesta para la tarifa de utilización del agua en el Canal de Lodosa año 2013, con la siguiente distribución:
1) Has en riegos.................. 40,11170924 /Ha.
2) Has en riegos de invierno (30%) 12,03351277 /Ha
3) M3 a riegos 0,00450277 /m3
4) M3 a abastecimiento y usos industriales 0,04424551 /M3
Transcurrido el plazo mencionado desde la publicación del anuncio sin que se hayan formulado reclamaciones y, a la vista de lo dispuesto en el mencionado artículo 309 del R.D.P H. y en el ejercicio de la función que tiene atribuida en virtud de lo dispuesto en el artículo 30.1.e) del texto refundido de la Ley de Aguas y en el artículo 33.2.i) del Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, aprobada por R.D. 927/1988, de 29 de julio, esta Presidencia ha acordado aprobar la tarifa de utilización del agua en el Canal de Lodosa año 2013, de acuerdo con la propuesta sometida a información pública.
Esta Resolución será objeto de publicación en los Boletines Oficiales de las Provincias de Zaragoza, Navarra y La Rioja.
Dada su naturaleza económico administrativa y de conformidad, con lo dispuesto en los artículos 222, 223, 224, 229 y 235 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (B.O.E. nº 302 de 18 de diciembre), contra esta resolución puede interponerse reclamación en el plazo de un mes ante el Tribunal Económico Administrativo Regional de Aragón, o bien potestativamente recurso de reposición con igual plazo ante esta Confederación. Tanto el escrito de interposición de la reclamación como el del recurso deberán presentarse en ese plazo en esta Confederación Hidrográfica del Ebro, advirtiéndose que no es posible simultanear ambas vías de impugnación'.
Zaragoza, 25 de septiembre de 2013.- La Jefa del Área Jurídica, Marta Barrera Trallero.