Aprobación de la revisión y actualización del Catalogo-Relación de Puestos de Trabajo y valoración del Ayuntamiento de Nájera
El Ayuntamiento Pleno en sesión extrordinaria de fecha 30 de abril de 2015, entre otros, adoptó el siguiente acuerdo:
Teniendo en cuenta:
- Que el Ayuntamiento Pleno en sesión de fecha 25 de abril de 2002 aprobó el Catálogo, la Relación de Puestos de Trabajo y la definición y valoración de los mismos, publicándose en el Boletín Oficial de La Rioja n1 59 de fecha 16 de mayo de 2002, previa negociación colectiva que concluyó con el acuerdo adoptado en la sesión de la Mesa General de Negociación de fecha 24 de marzo de 2002 y formalizado en el Pre-Acuerdo firmado de conformidad por todos los Delegados de Personal, Secciones Sindicales y representantes de todos los grupos políticos de la Corporación con fecha 25 de marzo de 2002.
- El Catálogo y la Relación de Puestos de Trabajo fueron modificados mediante acuerdos de Pleno de fechas 5 de mayo y 27 de noviembre de 2003 como consecuencia de las alegaciones presentadas por los titulares de los puestos de trabajo.
- La Disposición Adicional cuarta del vigente Acuerdo-Convenio regulador para el personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Nájera publicado en el BOR nº 47 de fecha 8 de abril de 2008, denominada 'Valoración de Puestos de trabajo', dispone textualmente que: 'A la entrada en vigor de este acuerdo y durante el primer trimestre del año 2008 se abrirá una Mesa General de Negociación para la revisión ordinaria de la valoración de Puestos de Trabajo, entrando en vigor su resultado económico el 1 de enero de 2008, independientemente de cuando se termine el proceso. A partir de esta Valoración de Puestos, cada tres años se realizará una revisión ordinaria de la misma. En dicha revisión se equipararán todas las retribuciones del personal laboral y funcionario con el fin de que no existan desajustes entre el personal laboral y funcionario, de forma que se produzca una equiparación efectiva total. En todo caso la cuantía de los trienios será la fijada cada año por al Ley de Presupuestos Generales del Estado, para todo el personal del Ayuntamiento (Funcionario y Laboral). El valor económico del precio punto resultante de las negociaciones será, como mínimo, similar al valor de las RPT de Haro y Sto. Domingo para el año 2008.'
- La representación sindical, ante el transcurso del plazo, solicitó en diversas ocasiones la negociación de lo dispuesto en la mencionada DA cuarta del Acuerdo-Convenio. Finalmente, el Sindicato Profesional de Policías Municipales de España interpuso recurso contencioso administrativo contra la desestimación por silencio administrativo del Ayuntamiento de Nájera de la reclamación de fecha 5 de enero de 2011 por la que se solicitaba negociar la revisión de la Valoración de Puestos de Trabajo-RPT del Ayuntamiento de Nájera. (Procedimiento Abreviado 685/11 ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de Logroño).
- La Sentencia 93/2013, de 31 de julio, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Logroño, en el Procedimiento Abreviado 685/2011, por la que se estima el recurso interpuesto y se 'reconoce a la parte actora el derecho a que se abra el proceso negociador a que hace referencia la Disposición Adicional Cuarta del Acuerdo Convenio Regulador publicado en el BOR de 8 de Abril de 2008, según consta trascrito en el cuerpo de la presente Sentencia, lo que deberá cumplir la entidad demandada en su términos.'
- En cumplimiento del Auto dictado sobre Ejecución de títulos judiciales de fecha 31 de julio de 2014, notificado el 2 de septiembre de 2014, la Junta de Gobierno Local de 8 de octubre de 2014 contrató a la empresa Rodríguez Viñals SL, Asesores de Administración Local, el servicio consistente en 'Revisión y actualización de la documentación, análisis, descripción y valoración de los puestos de trabajo, así como la RPT del Ayuntamiento de Nájera'.
- Dado que los trabajos de análisis, descripción y valoración de puestos de trabajo (R.P.T.), tras las fases de tramitación y alegaciones, finalizaron mediante la presentación de los resultados y el 28 de enero de 2015 se entrega la documentación final por la empresa Rodríguez Viñals. En la documentación queda determinado el Catálogo definitivo y la Relación de Puestos de Trabajo, así como su valoración y la definición funcional de los mismos.
- Dado que en cumplimiento de lo dispuesto en los Arts. 31 y siguientes de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se reunió la Comisión Paritaria en sesiones de fechas 7 y 26 de enero, 16 de febrero, 2, 5, 9, 19, 26, 31 de marzo, 7 y 16 de de abril 2015 y la Mesa de Negociación en sesión de fecha 20 de abril de 2015, no llegándose a un acuerdo respecto a la propuesta municipal.
- Que dando cumplimento a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y 90,2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se ha elaborado la Relación de Puestos de Trabajo (R.P.T) de esta Administración Municipal, mediante la cual se realiza la ordenación del personal, precisándose los requisitos para el desempeño de cada puesto así como las características retributivas. Esta R.P.T. comprende los puestos de cada servicio o unidad administrativa, los que pueden ser desempeñados por personal laboral, indicándose además, denominación, grupo de pertenencia, nivel de complemento de destino, complemento específico, forma de provisión, etc. Se acompaña al documento la definición de las responsabilidades generales y tareas más significativas de cada uno de los puestos, así como los puntos que se asignan al complemento específico y que resultan de la valoración practicada.
- Los artículos 31 y siguientes y 69 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; artículo 15 la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, artículos 22.2.i), 90.2, 92 y 92 bis de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, artículos 126 y 127 del RDL 781/86, de 18 de abril, por el se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local; artículos 61 a 64 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; y el Real Decreto 861/1986, de 25 de abril, por el que se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de Administración Local.
- El Informe de Secretaría de fecha 9 de febrero de 2015.
- El Informe de Intervención de fecha 20 de abril de 2015.
- El dictamen de la Comisión Informativa de Personal de fecha 24 de abril de 2015.
El Ayuntamiento Pleno, con los votos favorables de los Sres./as. Martínez García, Ruiz, Rodríguez, Barco, Martínez Rubio y J. Pérez, y la abstención de los Sres./as. Rubio, Lázaro y Bejarano, acuerda:
Primero.- Aprobar la revisión y actualización del Catalogo, Relación de Puestos de Trabajo y valoración de los mismos, del Ayuntamiento de Nájera, conforme al análisis, descripción y valoración de los puestos de trabajo que ha elaborado por la empresa Rodríguez Viñals SL.
El Catálogo y Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Nájera queda configurada de la forma siguiente:
Código | Nombre del Puesto | Grupo | Nivel | Puntos |
1 | Secretario General | A1 | 29 | 1875 |
22 | Interventor | A1 | 29 | 1800 |
10 | Arquitecto | A1 | 27 | 1500 |
11 | Arquitecto Técnico | A2 | 26 | 1350 |
8 | Jefe Policía Local | A2/C1 | 22 | 1300 |
43 | Agente Policía Local (Nocturno) | C1 | 17 | 1125 |
39 | Oficial Policía Local | C1 | 19 | 1075 |
42 | Agente Policía Local (Turno Abierto) | C1 | 17 | 1000 |
40 | Agente 'Jefe de Grupo' | C1 | 19 | 950 |
26 | Trabajador Social | A2 | 21 | 775 |
24 | Administrativo Tesorería | C1 | 22 | 750 |
16 | Responsable Biblioteca | A2 | 20 | 750 |
41 | Encargado Obras | C1 | 20 | 700 |
19 | Oficial Electricidad | C2 | 17 | 675 |
12 | Delineante/Admvo Urbanismo | C1 | 19 | 625 |
5 | Admvo Secretaría y Tramitación | C1 | 19 | 600 |
6 | Admvo Personal Y Seguimiento Expedientes | C1 | 19 | 600 |
21 | Oficial Albañileria | C2 | 16 | 600 |
23 | Admvo Intervención 'A' | C1 | 19 | 600 |
25 | Admvo Intervención 'B' | C1 | 19 | 600 |
2 | Admvo Registro, At. Publico, Padrón. | C1 | 19 | 550 |
14 | Responsable Cementerio | AP | 12 | 550 |
13 | Oficial Jardinería | C2 | 16 | 525 |
27 | Aux Ayud Domiciliaria | C2/AP | 14 | 475 |
20 | Operario Obras | AP | 12 | 450 |
44 | Aux Admvo Secretaría, Telef, At Público. | C2 | 16 | 425 |
31 | Conserje Najeraforum | AP | 12 | 375 |
38 | Subalterno Oficios Varios | C2 | 14 | 375 |
36 | Operario Limpieza 'B' | AP | 10 | 350 |
30 | Conserje Educación | AP | 14 | 325 |
35 | Operario de Limpieza | AP | 10 | 325 |
Segundo.- Establecer un valor monetario en euros que se asignará a cada uno de los puntos en que han sido valorados los puestos, asignando un valor punto de 9,44 euros para el año 2015, con un sistema de actualización anual en función de los incrementos previstos en las Leyes de Presupuestos. Este valor, en cumplimiento de la mencionada sentencia es similar al valor de las RPT de Haro y Santo Domingo para el año 2008.
Tercero.- Dado que en los estados de gastos del vigente Presupuesto Municipal, existe crédito suficiente, las consecuencias económicas de la nueva valoración y Relación de Puestos de Trabajo y del valor del punto se harán efectivas a partir del 1 de abril de 2015.
Cuarto.- En aquellos puestos de trabajo que por aplicación de la nueva valoración de puestos de trabajo, le correspondiere, al funcionario o personal laboral que lo ocupa, percibir en 2015 retribuciones inferiores en el complemento específico a las que vinieren devengándose hasta el momento, se le aplicará un complemento personal transitorio y absorbible por futuros incrementos de las retribuciones.
Quinto.- De conformidad con lo establecido en la Sentencia 93/2013, de 31 de julio, con carácter retroactivo se abonarán todos los atrasos (desde el año 2008), a partir de 1 de enero de 2016 y hasta un límite máximo de siete años, todo dentro de las disponibilidades presupuestarias de la Corporación y de los límites y condiciones fijados en las sucesivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado.
Sexto.- El Ayuntamiento se compromete a convocar en el mes de mayo del 2016 una nueva Comisión Paritaria para revisar el documento técnico denominado 'Revisión y actualización de la documentación, análisis, descripción y valoración de los puestos de trabajo, así como la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Nájera', elaborado por la empresa Rodríguez Viñals SL.
Séptimo.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de La Rioja, notificar a los Delegados de Personal de este Ayuntamiento y remitir copia a la Administraciones del Estado y a la de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Nájera, 4 de mayo de 2015.- La Alcaldesa, Marta Martínez García.