Gobierno de La Rioja

Núm. 100
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 31 de agosto de 2016
AYUNTAMIENTO DE ALFARO
II.B.289

Bases reguladores de la convocatoria de pruebas selectivas para la contratación, mediante concurso-oposición, de una plaza de Operario Maquinaria Obras Públicas del Ayuntamiento de Alfaro y formación de una bolsa de empleo

Por acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 25 de agosto de 2016, se han aprobado las Bases que han de regir la convocatoria del proceso selectivo para la contratación de un Operario Maquinaria Obras Públicas del Ayuntamiento de Alfaro y formación de una bolsa de empleo.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del presente extracto. Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se hubiera recibido resolución de éste, se deberá entender desestimado y podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Logroño en el plazo de seis meses. Recibida la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Logroño, en el plazo de dos meses. De no interponerse recurso de reposición, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Logroño contra el presente acuerdo, en el plazo de dos meses.

'Bases reguladores de la convocatoria de pruebas selectivas para la contratación, mediante concurso-oposición, de una plaza de Operario Maquinaria Obras Públicas del Ayuntamiento de Alfaro y formación de una bolsa de empleo.

1.- Objeto de la convocatoria

Es objeto de la presente convocatoria, la realización de pruebas selectivas por el procedimiento de concurso-oposición para la contratación laboral de interinidad de un Operario de Maquinaria Obras Públicas, que se corresponde con el puesto de trabajo nº 30 de la R.P.T. , Grupo C2, complemento destino nivel 16, complemento específico 5.538,69 euros.

Dicha plaza fue declarada esencial por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 22 de diciembre de 2015 por el que se aprobó el Plan de Empleo, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioija  nº 11 de fecha 29 de enero de 2016.

Del mismo modo, mediante la presente convocatoria se creará una bolsa de empleo, por un período de 4 años, para cubrir con carácter interino, por cualquier motivo previsto legalmente, los puestos Operario de Maquinaria Obras Públicas del Ayuntamiento de Alfaro.

El titular de la plaza deberá realizar los cometidos propios de su puesto de trabajo según la Relación de Puestos de Trabajo.

La jornada de trabajo se desarrollará en función de los cometidos a desempeñar, así como de las características y peculiaridades horarias asignadas al puesto de trabajo que ocupe el aspirante nombrado, en virtud de la presente convocatoria, en la estructura municipal vigente en cada momento y de acuerdo, en todo caso, con las necesidades del servicio, teniendo amplia facultad el Ayuntamiento para la asignación de cometidos y funciones y modificación de los horarios cuando las necesidades del servicio así lo requieran.

2.- Requisitos de los aspirantes

Para tomar parte de la convocatoria será necesario que los aspirantes reúnan en la fecha de terminación del plazo de solicitudes los siguientes requisitos:

a) Ser español, sin perjuicio de lo previsto en el art. 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Graduado en ESO, título de Graduado Escolar, Certificado de Estudios Primarios, Ciclo de Grado Medio o equivalente.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

d) Estar en posesión del permiso de conducir clase B.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio a cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia judicial firme.

f) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida el ejercicio de las funciones correspondientes, debiendo los aspirantes minusválidos, acreditar la compatibilidad, mediante certificado expedido por los equipos de valoración y orientación del IMSERSO o sus equivalentes en las Comunidades Autónomas.

g) No estar incurso en causas de incompatibilidad, conforme a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

3.- Presentación de solicitudes

Las solicitudes, que se sujetarán al modelo señalado en el Anexo I a las presentes Bases, que se podrá descargar de la página web municipal (www.alfaro.es), se dirigirán a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Alfaro y se presentarán, de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, en el Registro General del citado Ayuntamiento, o, en cualquier otro de los previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dentro del plazo señalado.

Por razones de urgencia el plazo de presentación de instancias será de diez días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Si el último día del plazo fuese inhábil o sábado, se entenderá terminado el plazo el primer día hábil (que no sea sábado) siguiente. En tales solicitudes, los aspirantes manifestarán que reúnen todos los requisitos exigidos en la base 2ª de la presente convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación.

En el caso de que las solicitudes se presenten en la forma que determina el Art. 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones y Procedimiento Administrativo Común, será requisito imprescindible para la admisión de las recibidas finalizado el plazo de presentación, anunciar en las oficinas municipales la presentación de la solicitud mediante fax a este Ayuntamiento (nº 941-183893) o burofax con anterioridad a la finalización del plazo de presentación, sólo de esta forma se entenderá que las instancias han sido presentadas dentro del plazo establecido para ello.

La solicitud deberá ir acompañada por:

- Fotocopia compulsada del DNI

- Fotocopia compulsada de la titulación académica exigida

- Fotocopia compulsada del permiso de conducir clase B

- Justificante de pago de la tasa de derechos de examen

- Documentación justificativa de los méritos alegados que deberán ser originales o fotocopias debidamente compulsadas

Los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de 13,15 euros (prevista en la Ordenanza fiscal publicada en el Boletín Oficial de La Rioja nº 158, 29 de diciembre de 2010) serán satisfechos por los aspirantes, con anterioridad a la finalización del plazo para la presentación de instancias, mediante ingreso directo o transferencia bancaria en la cuenta corriente número ES71-2038-7493-34-6000001819, abierta en Bankia, cuyo titular es el Ayuntamiento de Alfaro. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

No será procedente la devolución de la tasa en los supuestos de exclusión de participación en las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.

4.- Admisión de aspirantes

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldesa dictará Resolución, en el plazo máximo de 5 días, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web www.alfaro.es, se indicará la causa de la exclusión, y será elevada automáticamente a definitiva si no hubiera aspirantes excluidos o, aún habiéndolos, no hubiesen presentado alegaciones en el plazo de 5 días naturales desde la exposición pública de la lista.

Trascurrido dicho plazo, las reclamaciones y/o corrección de errores, si las hubiere, serán resueltas en la resolución de Alcaldía por la que se aprueba la lista definitiva, que se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web www.alfaro.es.

En la misma Resolución, la Alcaldesa determinará la composición del Tribunal calificador y el lugar, fecha y hora de constitución del Tribunal Calificador para que proceda a valorar la fase concurso y fije la fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

Los errores materiales, de hecho o aritméticos podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a instancia del interesado.

5.- Tribunal calificador

El Tribunal calificador estará integrado por los miembros siguientes:

Presidente: La Interventora Municipal del Ayuntamiento de Alfaro

Vocales:

- El Perito, Responsable de Agricultura, Agua y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Alfaro

- El Guardia Rural y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Alfaro

- El Encargado General de la Brigada Municipal

Secretario: un funcionario del Ayuntamiento.

Podrán designarse suplentes de los miembros del tribunal a fin de cubrir sus posibles ausencias.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo de tres de sus miembros titulares o suplentes indistintamente.

La actuación del Tribunal se ajustará a las bases de la convocatoria. No obstante, el Tribunal resolverá las dudas que surjan de su aplicación, y podrá tomar los acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las bases.

Las decisiones del Tribunal serán adoptadas por mayoría de votos de los miembros presentes del Tribunal, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del que actúa de Presidente.

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Los miembros del Tribunal se calificarán a efectos de percepción de las dietas que se devenguen por la asistencia a las pruebas en las categorías que se señalan en el Anexo III del Decreto 42/2000, de 28 de julio, sobre indemnizaciones por razón del servicio del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, aplicable a los funcionarios de las Corporaciones Locales según se determina en el artículo235 de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja.

6.- Procedimiento de selección

El sistema selectivo será el de concurso-oposición, conforme a las siguientes reglas de valoración:

6.1.- Fase concurso (hasta un máximo de 40 puntos)

6.1.1. Experiencia profesional (máximo 30 puntos)

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Pública en plazas/puestos de igual contenido de funciones: 0,50 puntos por cada mes de servicio

- Por cada mes de servicios prestados en la empresa privada, o como autónomo, 0,50 puntos, por cada mes de servicios.

Estos méritos deberán acreditarme mediante:

- En el caso de servicios prestados en la Administración: certificado original o fotocopia compulsada expedido por la Administración Pública, en el que se hará constar el puesto desempeñado, distinguiendo el grupo o categoría profesional en el que se encuadra y la duración de la relación laboral o funcionarial.

- Experiencia en empresas privadas: Informe de Vida Laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social y contrato de trabajo o certificado de empresa.

- Experiencia como autónomo: certificación de alta en el I.A.E. y justificantes de pago de dicho impuesto o documento acreditativo equivalente. Asimismo se presentará certificado o informe de permanencia en alta en el grupo profesional correspondiente, 'vida laboral' expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

6.1.2. Cursos de formación (máximo 10 puntos)

- Cursos sobre materias exclusivamente relacionadas con la rama de mecánica de al menos 20 horas: 2 puntos por curso (máximo 10 puntos)

La formación se justificará mediante originales o fotocopias compulsadas de los títulos o diplomas correspondientes en los que deberá constar el número de horas de duración.

El Tribunal podrá solicitar la aclaración o justificación de los méritos alegados por los aspirantes, cuando se haya aportado acreditación insuficiente de los mismos, mediante anuncio que se hará público en el Tablón de Edictos y en la página web del Ayuntamiento. En el caso de que se aleguen méritos pero no se aporte documentación acreditativa alguna de los mismos, no se realizará requerimiento de subsanación alguno, y quedarán sin valorar dichos méritos.

6.2.- Fase oposición

Las pruebas versarán sobre los temas detallados en el anexo II.

1ª parte:

Consistirá en el desarrollo de un examen tipo test de 40 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una será correcta, relacionadas con el temario del Anexo II y 10 ejercicios de cálculo sencillo.

El tiempo máximo para la resolución del ejercicio será el que determine el Tribunal con un máximo de 90 minutos.

Tanto el ejercicio tipo test como las preguntas de cálculo sencillo serán valoradas 1,20 puntos por cada pregunta correcta, las incorrectas restan 0,60 puntos, no puntuando ni penalizando las preguntas no contestadas.

Este ejercicio será calificado de 0 a 60 puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen los 30 puntos.

2ª parte: prueba práctica

Consistirá en una o más pruebas prácticas que medirán destreza y habilidad con maquinaria del Ayuntamiento. La calificación será de apto/no apto, siendo eliminados los aspirantes 'no aptos'.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán del tiempo que determine el Tribunal.

Desde la conclusión de la primera parte de la fase oposición, hasta el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un mínimo de setenta y dos horas y un máximo de cuarenta y cinco días naturales.

7.- Actuación de los aspirantes

El orden de actuación de los aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo apellido comience por la letra «A», de conformidad con lo previsto en la Resolución de fecha 14 de abril de 2016, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda (Boletín Oficial de La Rioja nº 45 de 20 de abril de 2016).

Los opositores, con la salvedad fijada con anterioridad, serán convocados en la fase de oposición en llamamiento único.

La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido, en su consecuencia, del procedimiento selectivo.

Una vez comenzados los ejercicios, no será obligatoria la publicación en los Boletines Oficiales de los sucesivos anuncios de la celebración de los restantes, haciéndose públicos únicamente en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y, en todo caso, en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad, a cuyo fin deberán estar provistos del DNI.

8.- Calificación definitiva

La calificación definitiva vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la fase oposición y la obtenida en la fase concurso.

En caso de empate en la puntuación, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en la experiencia profesional. En caso de persistir el empate se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en la fase oposición y, en caso de persistir, se hará por sorteo.

9.- Acreditación de las condiciones del seleccionado y formalización del contrato

El Tribunal elevará a la Sra. Alcaldesa la propuesta de contratación del candidato seleccionado y la relación con las puntuaciones correspondientes de los demás aspirantes que hayan superado las pruebas.

Se creará una bolsa de empleo, por orden de puntuación, para aquellos que hayan superado la fase oposición.

El candidato que resulte seleccionado deberá presentar en el Área de Personal, dentro de los 5 días naturales siguientes al de la publicación de la propuesta de contratación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, la documentación que se indica a continuación:

- Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública y de no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones correspondientes.

- Declaración de no estar dentro de las causas de incompatibilidad del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

- Certificación expedida por médico colegiado, acreditativa de no padecer enfermedad o defecto físico ni psíquico que impida el normal desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo.

- En su caso, certificado del Ministerio competente en la materia, acreditativo de la condición de minusválido con discapacidad superior al 33%, así como la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes, que serán certificadas por Facultativo Médico competente.

Concluido el proceso selectivo y presentada la documentación se procederá a la formalización del contrato de trabajo previa Resolución de Alcaldía, en el que se establecerá un periodo de prueba de dos meses.

Si dentro del plazo fijado, no se presentara la documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser contratado y quedarán anuladas todas las actuaciones respecto a ese aspirante, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en las pruebas selectivas.

En este caso, la Sra. Alcaldesa formulará propuesta a favor del que hubiera obtenido la siguiente mayor puntuación.

El aspirante seleccionado deberá formalizar su contrato e incorporarse al puesto de trabajo en el plazo máximo de 3 días desde la notificación de la citada Resolución. Transcurrido dicho plazo sin efectuarse se entenderá que renuncia al correspondiente contrato.

10.- Funcionamiento de la bolsa de trabajo

La bolsa de trabajo tendrá una duración de 4 años a contar desde la primera contratación, podrá ser objeto de prorrogas anuales antes de su finalización y perderá su vigencia cuando se constituya una nueva.

Se procederá al llamamiento según el orden establecido en la propia bolsa en función de las puntuaciones obtenidas, comenzando para cada sustitución que proceda por la puntuación más alta.

Cuando la persona nombrada fuere cesada volverá a la bolsa en el mismo orden de prelación originario.

Cuando se realice el llamamiento, la negativa a aceptar la contratación implicará pasar al último lugar de la lista, salvo que el aspirante se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias:

a) Estar trabajando para cualquier Administración Pública o empresa privada

b) Estar trabajando en la Administración convocante como consecuencia de haber sido llamado en otra Bolsa de Trabajo.

c) Estar en situación de Incapacidad Temporal o enfermedad justificada médicamente

d) Estar realizando estudios en Centros Oficiales que coincidan con el horario de trabajo.

Los hechos anteriores deberán ser acreditados en el plazo máximo de 3 días desde que sea llamado. El candidato afectado por tales circunstancias mantendrá su lugar de la lista y se efectuará llamamiento al siguiente candidato.

La contratación se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de esta convocatoria.

Será dado de baja de dicha bolsa: el aspirante que rechazara una oferta de empleo sin causa justificada por segunda vez, los que dejen su puesto de trabajo sin causa justificada, el incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades y la demostración de falsedad sobre los datos reflejados en la solicitud.

La presente bolsa de trabajo podrá ser utilizada por el Ayuntamiento al objeto de cubrir la ausencia, vacante o incapacidad temporaldel personal de la Brigada Municipal así como cubrir necesidades puntuales de personal.

El contrato de trabajo terminará en el momento en que se incorpore su titular o en caso de que desaparezcan las circunstancias de acumulación o exceso de tareas que motivaron la contratación.

11.- Incidencias y normas de aplicación

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo, rigiendo, en lo no previsto en estas bases, la legislación vigente sobre la materia.

En lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por la que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, de materias vigentes de régimen local, en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de Administración Local y, supletoriamente, demás normas concordantes de general aplicación.

Anexo I.- Solicitud de admisión

Solicitud de admisión a las pruebas selectivas para la contratación de un Operario Maquinista Obras Públicas del Ayuntamiento de Alfaro y formación de una bolsa de empleo

1er. Apellido:

2do. Apellido:

Nombre:              DNI nº

Domicilio :

C.P./Localidad/Provincia:

Teléfono:                Fecha Nacimiento:

e-mail:

Deseando tomar parte en las pruebas selectivas para la contratación un Operario Maquinista Obras Públicas del Ayuntamiento de Alfaro y formación de una bolsa de empleo

Manifiesta

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria.

Acompaña a la presente instancia la siguiente documentación:

- Fotocopia compulsada del DNI.

- Fotocopia compulsada de la titulación académica exigida

- Fotocopia compulsada del permiso de conducir clase

- Documento acreditativo del pago de los derechos de exame

- Documentación justificativa de los méritos alegados que deberán ser originales o fotocopias debidamente compulsadas

Solicita: Ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia.

En... a... de... de 2016.

(Firma del solicitante)

De acuerdo con la LO 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos Personales, informamos a todos los interesados en participar en esta convocatoria que los datos personales facilitados a través de la instancia y documentación aportada a los efectos, serán almacenados en el fichero de Recursos Humanos titularidad del Ayuntamiento de Alfaro con la única finalidad de valorar su candidatura. Sus datos serán cedidos a terceros como consecuencia de la publicación de los mismos en el tablón de anuncios, web municipal y B.O. correspondiente.

Asimismo, le informamos de la posibilidad que Ud. tiene de ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, en relación a sus datos personales, en los términos establecidos por la Agencia Española de Protección de Datos Personales, y dirigiéndose al Ayuntamiento de Alfaro, calle Las Pozas nº 14, 26.540 Alfaro.

Sra. Alcaldesa del M.I. Ayuntamiento de Alfaro

Anexo II.- Temario

Tema 1.- Constitución Española: Estructura, los Derechos y Deberes fundamentales

Tema 2.- Comunidad Autónoma de La Rioja: Estatuto. Parlamento. Gobierno. Administración Autonómica.

Tema 3.- La Administración Local. Órganos de Gobierno de las Entidades Locales. El Alcalde, El Pleno y la Junta de Gobierno Local. Atribuciones y competencias

Tema 4.- Operaciones matemáticas básicas

Tema 5.-Seguridad e higiene en el trabajo, medias de seguridad en el manejo de la maquinaria y vehículos pesados, normas básicas de seguridad.

Tema 6.- El motor: definición, clases y características, motor de explosión de cuatro tiempos, combustible, descripción del ciclo del mismo y funcionamiento. Regularidad. Órganos. Averías

Tema 7.- Maquinaria específica de obras públicas: tipos y características generales

Tema 8.- Operaciones de mantenimiento de obras publicas. Programas preventivos

Tema 9.- Movimientos de tierras. Excavaciones. Zanjas y calicatas. Explanaciones, taludes, tongadas y rellenos.

Tema 10.- Definición y descripción de firmes y pavimentos

Tema 11.- Normas de circulación. Sentido de la marcha. Velocidad, puesta en marcha y parada. Marcha atrás. Adelantamiento.

Tema 12.- Normas de tráfico sobre bebidas alcohólicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

Tema 13.- El consumo de combustible. La resistencia al aire. Influencia en el deterioro del medio ambiente. Elementos contaminantes. Los catalizadores. Medidas a adoptar para evitar la contaminación.

Tema 14.- Utilización del alumbrado, descripción del empleo del mismo según los casos

Tema 15.- Señales de circulación, colores y formas, clasificación de las mismas según el significado

Tema 16.- Vehículos, clases y categorías, clases de permisos de circulación que se necesitan para conducir los distintos vehículos.

Tema 17.- Comportamiento en caso de accidente. Medidas a adoptar para garantizar la seguridad de la circulación y socorrer a las víctimas. El delito de omisión de socorro. Primeros auxilios.

Tema 18.- Conocimiento de los términos rústicos de Alfaro.

Tema 19.- Señalización y balizamiento de obras en la vía pública, señalización móvil y fija

Tema 20.- Elementos contaminantes. Los catalizadores. Medidas a adoptar para evitar la contaminación.'

Lo que se hace público para general conocimiento.

Alfaro a 25 de agosto de 2016.- El Alcalde Accidental, Gregorio Jesús Pérez Ligero.




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