PO 667/16 Notificación
Maria Elena Sancho Lumbreras, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 1 de Logroño, hago saber:
Que en el procedimiento ordinario 667/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Julio Cesar Mosteiro Portillo contra Jordedo Construcciones, S.L., Fondo de Garantia Salarial Fogasa sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
Fallo
Estimando la demanda presentada por Julio César Mosteiro Portillo frente a la empresa Jordedo Construcciones, S.L. y el Fogasa, debo efectuar los siguientes pronunciamientos:
1. Condenar a la empresa Jordedo Construcciones, S.L. a abonar al trabajador la cantidad de 3.686,12 euros, por los conceptos señalados en la demanda, más los intereses de mora señalados; así como las costas del presente procedimiento, incluidos los honorarios del letrado del actor, y hasta el límite de 600 euros.
2. Condenar al Fogasa a estar y pasar por esta declaración, dentro de los límites de su responsabilidad legal.
Notifíquese al Fogasa.
Notifíquese a las partes en legal forma.
Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de suplicación ante la sala de lo social del tribunal superior de justicia de la rioja, que deberá prepararse ante este mismo juzgado mediante escrito o comparecencia de acuerdo con lo dispuesto en la ley reguladora de la jurisdicción social, dentro de los cinco días siguientes al en que se produzca su notificación; debiendo para hacerlo la demandada ingresar la cantidad líquida importe de la condena, sin cuyo requisito no podrá tenerse por anunciado el recurso.
Asimismo, deberá ingresarse la cantidad de 300 euros en concepto de depósito para recurso de suplicación, debiendo presentar el correspondiente resguardo en la secretaría de este juzgado al tiempo de interponer el recurso.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Jordedo Construcciones S.L, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de La Rioja.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Logroño a 5 de junio de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.