Gobierno de La Rioja

Núm. 10
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Jueves 22 de enero de 1998
JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE LOGROÑO
III.E.76

Edicto de subastas

En virtud de lo acordado en los autos de Cognición número 137/94 que se sigue en este Juzgado a instancia de Matías Jadraque Campo, y en su nombre y representación, el Procurador Sr. Blanca Gómez, contra Francisco Romero Martínez y Esposa (R.H. 144), se hace saber que por medio del presente, haberse acordado sacar a la venta en pública subasta, por primera vez, señalándose asimismo segunda y tercer convocatoria, para el caso de resultar respectivamente desiertas las anteriores, la finca que luego se dirá. La subasta se celebrará en la Sala de Audiencia de este Juzgado de 1ª Instancia el día 23 de marzo de 1998, y de resultar desierta se celebrará 2ª subasta,con rebaja del 25 por ciento del precio señalado para la 1ª señalándose el 22 de abril de 1998; e igualmente una 3ª en el mismo supuesto, ésta sin sujeción a tipo, que tendrá lugar el 20 de mayo de 1998, entendiéndose que todos los señalamientos serán a las 10.00 horas.

Las condiciones con que deberá celebrarse la subasta serán las siguientes;

1.- Servirá de tipo para la subasta la cantidad de 4.600.000 ptas, justiprecio que obra en autos del pertinente avalúo efectuado.

2.- No se admitirán posturas que no cubran las 2/3 partes del expresado tipo. Pudiendo hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, desde el anuncio de la subasta y conforme establece el artículo 1.499 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

3.- Para tomar parte en la subasta deberán los licitadores presentar justificante de haber ingresado, en el establecimiento destinado al efecto, el 20 por ciento del referido tipo que sirva para la subasta respectiva, y a este efecto el señalado para la 3ª será el mismo que el de la anterior.

4.- Los autos y certificaciones a que se refiere el artículo 1.496 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se hallan de manifiesto en Secretaría, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación.

5.- Las cargas y gravámenes anteriores, y los preferentes, si los hubiera, al crédito el actor, continuarán subsistentes y sin cancelar entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción al precio del remate.

En todo caso se observarán las demás condiciones establecidas en la Ley Procesal Civil, y demás legislación aplicable al caso para la celebración de subastas.

En el supuesto de que la subasta acordada no fuera notificada a los demandados en el domicilio que consta en autos, sirve el presente a tal fin.

En el supuesto de que alguna de las subastas señaladas no se pudiera celebrar en el día indicado por causas de fuerza mayor, ésta se celebrará a la misma hora del día hábil siguiente en el que dichas causas perecieron.

La finca a subastar es: Urbana, numero once, vivienda o piso 4º derecho, de la casa de en esta Ciudad, en la C/ Escuelas Pías nº 35, que consta de vestíbulo, pasillo, cocina, despensa, aseo y 4 habitaciones; ocupa una superficie de 63 m2 y 76 dm2. Cuota de participación en el inmueble de 7,50%. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Logroño nº 3 al libro 265, folio 176, finca nº 18.460.

Dado en Logroño, a 11 de enero de 1998.- El Secretario

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