Gobierno de La Rioja

Núm. 42
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Jueves 8 de abril de 1999
CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTES, URBANISMO Y VIVIENDA
III.A.20

Descalificación voluntaria de una vivienda de protección oficial.

Con esta misma fecha el Ilmo. Sr. Director General de Urbanismo y Vivienda dictado la siguiente RESOLUCIÓN

En aplicación de lo dispuesto en el Decreto 32/1992, de 9 de julio, por el que se regula la Descalificación Voluntaria de las Viviendas de Protección Oficial y VISTOS:

a) Expediente nº 26-D-9/99, de Descalificación Voluntaria, promovido por D. Eduardo Ruiz Eguiluz y Dª Inmaculada Urraca Fernández para la vivienda de su propiedad sita en Logroño (La Rioja), calle Duques de Nájera, nº 17-2º-B., construida al amparo del expediente nº 26-1-0006/80 y con calificación definitiva de fecha 17 de marzo de 1982.

B) Que según certificado del Ayuntamiento de Logroño (La Rioja), de fecha 9 de febrero de 1999, el propietario de referencia no disfrutó de bonificación o exención por Vivienda de Protección Oficial en el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos.

C) Informe-propuesta favorable del Servicio de Vivienda de esta Dirección General, en el que se constata el cumplimiento de los requisitos establecidos por la legislación vigente para la descalificación voluntaria de VPO.

El Director General de Urbanismo y Vivienda, en uso de las atribuciones legalmente conferidas. RESUELVE

Primero.- Acceder a la Descalificación a petición de sus propietarios D. Eduardo Ruiz Eguiluz y Dª Inmaculada Urraca Fernández, de la vivienda de Protección Oficial, sita en Logroño (La Rioja), calle Duques de Nájera, nº 17-20-B, amparada por el expediente nº 26-10006/80, inscrita en el Registro de la Propiedad Número Uno de los de Logroño al Libro 659, folio 48, finca nº 43021.

Segundo.- Trasladar la presente resolución a los interesados, y a la Dirección General de Tributos de la Consejería de Hacienda y Promoción Económica del Gobierno de La Rioja.

Tercero.- Hacer pública la concesión de esta Descalificación mediante su inserción en el Boletín Oficial de la Rioja.

Contra esta resolución, podrá interponerse recurso ordinario ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas, Transportes, Urbanismo y vivienda, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la fecha de su notificación, de conformidad con el art. 114 de la Ley 39/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Transcurrido un mes desde la interposición del Recurso sin que se notificara su resolución, se entenderá desestimado y quedará expedita la vía contencioso-administrativa.

Logroño, 25 de marzo de 1999.- El Director General de Urbanismo y Vivienda, Ángel Luis Salinas Gómez.

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