Edicto
Dª Begoña Metola Loza, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº dos de Calahorra, hace saber: En el procedimiento de referencia Cog. 398/00 se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Varea Arnedo en nombre y representación de D. Jose Luis Lago Labrador, contra D. El Messilui M?Hmneo, en situación de rebeldía, debo declarar y declaro resuelto el contarato de arrendamiento celebrado entre las partes en fecha 27 de noviembre de 1999 (de la vivienda sita en C/ San Andrés nº 29-1º de la localidad de Calahorra), habiendo lugar al desahucio y apercibiéndole de lanzamiento si no la desaloja dentro de los plazos legales; y debo concenar y condeno al demandado a que abone a la actora la cantidad de 175.000 (debiendo tenerse en cuenta en ejecución de sentencia que el demandado ha abonado la suma de 140.000 ptas. durante la tramitación del procedimiento) con el interés legal desde la fecha de interposición de la demanda judicial hasta la fecha de la presente sentencia, y los intereses del Art. 921 de la LEC desde la fecha de la presente resolución; con imposición de costas a la parte demandada.
Y como consecuencia del ignorado paradero de El Messilui ui Hmneo, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Calahorra a veintitrés de julio de dos mil uno.- El/la Secretario