Gobierno de La Rioja

Núm. 89
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Martes 23 de julio de 2002
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ECONOMÍA
IV.B.60

Solicitud de autorización administrativa y utilidad pública de instalación de gas natural

A los efectos prevenidos en la Ley 34/1998 de 7 octubre, del, del Sector de Hidrocarburos y teniendo en cuenta lo establecido en su Disposición Transitoria Decimoquinta en relación con la Orden de la Consejería de Hacienda y Promoción Económica de 30 de enero de 1998, se somete a información pública la solicitud de autorización y declaración en concreto de su utilidad pública de la instalación: Gas natural, en el término municipal de Alberite, cuyas características principales se señalan a continuación:

a) Peticionario: Gas Natural Rioja, S.A., con N.I.F. A26037861 y domicilio en Logroño C/ Jorge Vigón, 51

b) Lugar donde se va a establecer la instalación: Alberite.

c) Finalidad de la instalación: Red de distribución de gas natural.

d) Características principales:

- Red de distribución en MPB (4 bar), con tubería de polietileno SDR-17,6 de DN 160 y una longitud de 638 m en el término municipal de Alberite

e) Presupuesto: 8.933,36 euros

La declaración de utilidad pública llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de derechos afectados e implicará la urgente ocupación de los mismos (artículos 103, 104 y 105 de la Ley de Hidrocarburos).

Para ello la empresa peticionaria solicita asimismo la imposición de servidumbre y urgente ocupación sobre los predios que posteriormente se relacionan.

Lo que se hace público para que pueda ser examinado el proyecto de la instalación en esta Consejería, sita en calle Portales, 46-2ª planta, y formularse al mismo las reclamaciones y/o alegaciones (por duplicado) que estimen oportunas en el plazo de treinta DÍAS, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio, haciendo referencia al expediente GN/7020002.

Logroño a 11 de julio de 2002.- El Director General de Industria Comercio y Consumo, Ramón Galán Cazallas.

Relación de propietarios afectados

$Término municipal: Alberite

D. Catastrales

$Afección

Finca nº$Pol. nº$Parc. nº$Naturaleza$Titular (*)$M.L.$O.T. m2

ALB-001$18$83A$Suelo$Antonio Olarte Benito$78$547$Arqueta-válvula 4 m2

ALB-001/1$?$?$Camino$Ayto. Alberite$2$20

ALB-002$18$453$Suelo y Acequia$Rafael Martín Parro$25$220

ALB-002/1$18$453$Suelo$Carmen Santidrián García$25$220

ALB-003$18$82$Suelo$Bodegas Los Tinos$44$396

ALB-003/1$?$?$Acequia$Cdad. Regantes Alberite$2$20

ALB-004$18$79$Suelo$Magdalena Remón García$45$0

ALB-004bis$18$79$Suelo$Jesús Menchaca Miguel$0$395

ALB-006$18$78$Suelo$SAT Iregua (Luis I. Jadraque Sáenz)$30$140

ALB-006/1$?$?$Crtra. Antigua LA/AL$Ayto. Alberite$60$416

ALB-006/2$?$118$Suelo$Ayto. Alberite$0$100

ALB-006/3$?$?$Ctra. Lard./Alb. OOPP$Servicio Carreteras$15$120

ALB-007$19$82$Suelo$Hdos. Antonia Sáenz Pérez$15$90

ALB-008$19$81$Suelo$Juan A. Sicilia Ausejo$25$250

ALB-008/1$?$?$Camino$Ayto. Alberite$2$20

ALB-009$19$80$Suelo$Esteban y Ana Pastor Menchaca$120$0

y Mª Ángeles Yangüela

ALB-009 bis$19$80$Suelo$Coop. Albiregua (Marcial Menchaca)$0$1200

ALB-009/1$?$?$Acequia$Cdad. Regantes Alberite$2$20

ALB-010$19$76$Suelo$Hdos. Pelayo Yangüela Blanco$50$500

ALB-010/1$?$?$Camino$Ayto. Alberite$4$40

ALB-010/2$?$?$Acequia$Cdad. Regantes Alberite$2$20

ALB-011$20$2$Suelo$Esperanza Ortíz Martínez$28$280

ALB-012$?$?$Río Iregua$Conf. Hidrográfica del Ebro$63$503

ALB-013$20$218$Labor regadío$Hdos. Luis M. Miguel Ruiz Clavijo$8$90

ALB-014$20$217$Labor regadío$Jesús Menchaca Miguel$16$160

ALB-015$?$?$Camino$Ayto. Alberite$3$30

ALB-016$?$?$Acequia$Cdad. Regantes Alberite$2$20

ALB-017$?$18$Suelo$Jesús Menchaca Miguel$92$920

ALB-018$?$?$Camino$Ayto. Alberite$3$30

ALB-019$?$?$Acequia$Cdad. Regantes Alberite$2$20

ALB-020$?$15$Suelo$Hds. Luis M. Miguel Ruiz Clavijo$22$220

(*) La presente relación de titulares se publica sin perjuicio de tercero de mejor derecho, que deberá acreditar su título sobre los bienes y derechos afectados por cualquier medio de prueba admitido en Derecho. A tal efecto deberá personarse en el expediente, pudiendo formular, en los plazos legalmente establecidos, las alegaciones que estime pertinentes.

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