Acuerdo de 17 de septiembre de 2002, del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente, por el que se hace pública la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto de ampliación de explotación de la cantera de áridos denominada "Igate I" en T.M. de Cenicero (La Rioja)
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, se hace pública, para general conocimiento, la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto de ampliación de explotación de la cantera de áridos denominada "Igate I" en T.M. de Cenicero (La Rioja).
Logroño, 17 de septiembre de 2002.- El Presidente de la Comisión de Medio Ambiente, Jesús Ruiz Tutor.
Declaración de Impacto Ambiental del proyecto de ampliación de explotación de la cantera de áridos denominada Igate I, sita en el término municipal de Cenicero (La Rioja)
La Comisión de Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto 16/1997, de 21 de marzo, por el que se regulan sus competencias, su composición y funcionamiento, que en su artículo 2 c) determina que su Pleno tendrá las competencias establecidas por la legislación en materia de Evaluación de Impacto Ambiental, es el Órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, las funciones atribuidas por el Real Decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.
La Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del R.D. Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental incluye, en su Anexo I, Grupo 2 "Industria extractiva"-, el apartado y a)9ª por el que se ve afectado el proyecto de explotación.
A fin de comenzar del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, el promotor julio Angulo Arenzana-, aportó la memoria-resumen del proyecto de ampliación de explotación de la cantera de áridos denominada IGATE I, sita en el Término Municipal de Cenicero.
Examinada por la Comisión de Medio Ambiente es aceptada como documento válido para iniciar el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.
El proyecto consiste en la explotación de una cantera de áridos incluida en la Sección A de la Ley 22/73, de Minas.
Según lo dispuesto en el artículo 13 del R.D. 1131/1988, de 30 de septiembre, se inició el periodo de consultas a personas, instituciones y Administraciones con fecha 27 de diciembre de 2001.
La consulta se realizó a cuarenta y cinco entidades de la Administración estatal, autonómica, Ayuntamientos, Asociaciones ecologistas, Federaciones, Entidades agrarias, Partidos Políticos, etc.
La relación de consultados y el resumen de las respuestas se incluyen en el Anexo I.
Finalizado el plazo se facilitaron al promotor las respuestas, así como los aspectos más significativos que se deberían tener en cuenta en el Estudio de Impacto Ambiental.
Aportado el 7 de junio de 2002 el Estudio de Impacto Ambiental de la cantera, se dio inicio al periodo de información pública mediante la publicación del correspondiente anuncio en el B.O.R., de fecha 18 de junio de 2002, y notificación simultánea a las cuarenta y cinco instituciones.
Las características principales del proyecto, así como los aspectos más destacados del Estudio de Impacto Ambiental se recogen en el Anexo II.
Un resumen del resultado del trámite de información pública del Estudio de Impacto Ambiental se acompaña como Anexo III.
La Comisión de Medio Ambiente, considerando que el expediente ha tenido la tramitación adecuada, de acuerdo con el procedimiento establecido en el citado Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, formula la siguiente:
Declaración de Impacto Ambiental
Examinada la documentación contenida en el expediente, se considera que el proyecto es ambientalmente viable siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
1.- Medidas preventivas y correctoras
Se adoptarán las medidas preventivas y correctoras indicadas en el Estudio de Impacto Ambiental y su Anexo y, en especial, las que se citan a continuación:
1.1.- Protección de la actividad agrícola
Para evitar la formación de nubes de polvo y su posterior depósito sobre los cultivos agrícolas próximos a la vía de acceso a la cantera, la empresa promotora participará en el programa de mejora del firme por sectores de la Pasada de Valdesalomón, en coordinación con el Ayuntamiento de Cenicero, y humectará los tramos sin asfaltar y la Senda de Igate siempre que sea necesario.
En caso de explotar alguno de los caminos internos como parte de la cantera se habilitará un trazado alternativo para dar acceso a las parcelas agrícolas.
1.2.- Restauración del espacio afectado
Los taludes generados por la explotación se perfilarán y estabilizarán con pendientes máximas finales de 33º, y no de entre 30 y 40º como se establece en el Plan de Restauración, así como con una berma intermedia. Posteriormente se revegetarán con especies autóctonas.
2.- Plan de Vigilancia Ambiental
Con independencia de los informes de carácter interno necesarios para asegurar el funcionamiento y autocontrol del programa de vigilancia, el promotor emitirá un informe anual que hará referencia a los aspectos indicados en el Plan de Vigilancia propuesto en el Estudio de Impacto Ambiental y en este condicionado, evaluará la eficacia de las medidas correctoras adoptadas y, en su caso, propondrá medidas adicionales o modificaciones en la periodicidad de los controles a realizar.
En caso de que se presenten circunstancias excepcionales que impliquen deterioros ambientales o situaciones de riesgo, se emitirá un informe especial, sin perjuicio de las comunicaciones que procedan a los órganos competentes.
Los informes serán remitidos a la Dirección General de Calidad Ambiental y a la Sección de Minas de la Dirección General de Urbanismo y Vivienda. Del examen de esta documentación podrán derivarse modificaciones de las actuaciones previstas, en función de una mejor consecución de los objetivos de la presente Declaración de Impacto Ambiental.
3.- Documentación adicional
En el plazo de dos meses desde la publicación de esta Declaración, el promotor entregará en la Sección de Minas de la Dirección General de Urbanismo y Vivienda, para su aprobación, un proyecto específico de contaminación atmosférica como Actividad Potencialmente Contaminadora de la Atmósfera, de acuerdo con lo que establece el Real Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley de Protección del Ambiente Atmosférico, y las Órdenes de 10 de agosto y 18 de octubre de 1976 del Ministerio de Industria.
Anexo I
Consultas previas sobre el impacto ambiental del proyecto
| Entidades consultadas | Respuestas recibidas |
| Ministerio de Medio Ambiente Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental | |
| Confederación Hidrográfica del Ebro | X |
| Instituto Tecnológico Geominero de España | |
| Delegación del Gobierno en La Rioja | X |
| Dirección General de Agricultura, Ganadería e Industrias Agroalimentarias del Gobierno de La Rioja | |
| Dirección General de Calidad Ambiental del Gobierno de La Rioja | X |
| Dirección General de Cultura del Gobierno de La Rioja | X |
| Dirección General de Industria, Comercio y Consumo del Gobierno de La Rioja | X |
| Dirección General de Medio Natural del Gobierno de La Rioja | X |
| Dirección General de Salud del Gobierno de La Rioja | X |
| Dirección General de Turismo del Gobierno de La Rioja | |
| Dirección General de Urbanismo y Vivienda del Gobierno de La Rioja | |
| Ayuntamiento de Cenicero | X |
| Ayuntamiento de Fuenmayor | |
| Ayuntamiento de San Asensio | |
| Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja | |
| Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja | |
| Universidad de la Rioja | |
| Colegio Oficial de Biólogos | |
| Colegio Oficial de Ingenieros Industriales | |
| Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales | |
| Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos | |
| Colegio Oficial de Ingeniería Técnica Minera | |
| Izquierda Unida | |
| Partido Popular | |
| Partido Riojano | |
| PSOE | |
| CESIF Rioja | |
| Unión General de Trabajadores (UGT) | |
| Unión Sindical Obrera (USO) | |
| ARAG-ASAJA | |
| Asociación Riojana para la Defensa de Consumidores y Contribuyentes | |
| Cámara Oficial de Comercio e Industria de La Rioja | |
| Federación de Asociaciones de Vecinos de La Rioja | |
| Federación de Municipios de La Rioja | |
| Unión de Pequeños Agricultores (UPA-UGT) | |
| Unión de Agricultores y Ganaderos de La Rioja | |
| Colectivo Ecologista Riojano (CER) | |
| Colectivo Ecologista de Arnedo y Cidacos (CEAC) | |
| Ecologistas en Acción (ERA-AEDENAT) | |
| Federación Riojana de Pesca | |
| Federación Riojana de Caza | |
| Fundación para el Estudio y Conservación de las Aves Riojanas (FRECA) | |
| Federación de Empresarios de La Rioja | |
| Unión de Consumidores de La Rioja | |
Contestación a las consultas previas
1.-Confederación Hidrográfica del Ebro.- Envía informe del Servicio de Actuaciones Medioambientales en el que indica que:
- Hidrológicamente la zona pertenece a la cuenca del río Ebro, a quien vierte sus aguas por su margen derecha, aguas debajo de la desembocadura del Najerilla. La zona queda fuera del DPH y de su zona de policía. La calidad de las aguas es baja, con notable eutrofismo y turbidez; se clasifica como A3 y su objetivo de calidad es C2. La unidad hidrogeológica es el acuífero detrítico denominado "Aluvial de Ebro", con aguas contaminadas.
- Se incluirá plano hidrológico y cartografía temática de estados erosivos, usos del suelo y vegetación potencial.
- Se procederá a una evaluación integrada que analice los efectos sobre los elementos del entorno, tales como suelo, hidrología superficial, geomorfología, hidrogeología, vegetación, avifauna, paisaje y socioeconomía.
Es preciso establecer medidas de control de vertidos y de prevención de la contaminación de las aguas durante la explotación y tras el abandono de la misma.
- Existen riesgos hidrogeológicos sobre el acuífero "Aluvial del Ebro", ya que por las características de las obras y por la naturaleza permeable del terreno, existe la posibilidad de modificar el nivel piezométrico por la excavación, afectar a la calidad de las aguas y disminuir la capacidad de recarga. Dichos efectos podrán ser controlados con la aplicación de medidas preventivas y correctoras.
- La modificación de la topografía natural y la creación de nuevas estructuras puede inducir procesos de erosión e inestabilidad, por lo que se controlarán dichos riesgos geofísicos con medidas preventivas y correctoras.
- Existen riesgos derivados del empleo de carburantes y aceites que deberán ser controlados mediante un adecuado manejo de los mismos y un rigurosos mantenimiento de la maquinaria fuera de la zona de actuación.
- Se recomienda la creación de pantallas para atenuar el impacto paisajístico y atenuar el ruido generado que habrá de completarse don el uso de silenciadores y la ejecución diurna de los trabajos. Respecto al impacto derivado de la emisión de polvo y gases propone la instalación de pantallas y medidas de riego de pistas, de la carga de camiones y de las zonas de trabajo.
- Las aguas residuales deberán cumplir los estándares de calidad fijados en la normativa de aguas vigentes. El Organismo de cuenca determinará su destino o las condiciones de desagüe.
2.- Delegación del Gobierno en La Rioja.- Emite informe favorable del Área de Industria y Energía con las siguientes sugerencias:
- Deberían homogeneizarse los taludes y cotas de restauración con las canteras próximas o contiguas.
- Se recomienda que para completar el relleno del hueco se utilice material alóctono procedente del rechazo de otras explotaciones o movimientos de tierras o derribos, a fin de aliviar el déficit de escombreras.
3.- Dirección General de Industria, Comercio y Consumo del Gobierno de La Rioja.- Su Servicio de Industria y Energía, manifiesta que no es una actividad de su competencia.
4.- Dirección General de Cultura del Gobierno de La Rioja.- Comunica que en las parcelas a explotar no detecta afección arqueológica.
5.- Dirección General de Medio Natural del Gobierno de La Rioja.- A través de sus Servicios de Montes y Recursos Naturales, propone las consideraciones siguientes:
- Estudio de la posible visibilidad de la explotación desde la A-68 y desde la N-232.
- Afecciones a los cultivos de elevado valor productivo como las viñas, y medidas de corrección.
- Relación con otras canteras cercanas e integración de las mismas si es necesario.
- Reserva temporal de suelos fértiles para su empleo en la restauración final y ubicación de los mismos en fase de explotación.
- Empleo de especies autóctonas de la zona para la revegetación con procedencias pertenecientes a la Región de Identificación y Utilización de Material Forestal de Reproducción nº 14 y denominada "La Rioja", definida por el Ministerio de Medio Ambiente.
- Establecimiento de medidas para facilitar la movilidad de la fauna y evitar el riesgo de caídas, tanto en fase de explotación como de restauración final.
- Estudio de la repoblación forestal como alternativa final de uso para el conjunto de la zona afectada o, como mínimo, para los taludes resultantes.
6.- Dirección General de Salud del Gobierno de La Rioja.- La Sección de Sanidad Ambiental sugiere que se den considerar los siguientes contenidos específicos:
- Descripción de las posibles instalaciones.
- Descripción de la producción de todo tipo de residuos y su gestión.
- Medidas correctoras para evitar la contaminación y/o afección a las aguas subterráneas.
- Medidas correctoras para minimizar el impacto visual y por polvo y ruido.
- Plan de restauración detallado y planos de estado final.
7.- Ayuntamiento de la M.H. ciudad de Cenicero
- Sin perjuicio de su ratificación y/o complementación a efecto de la normativa del Reglamento de Actividades Molestas, Nocivas, Insalubres y Peligrosas y autorización pendiente de recibir de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja actualmente en tramitación, este Ayuntamiento está pendiente de recibir de la Dirección General de Urbanismo y Vivienda de La Rioja la información solicitada al respecto sobre Planes de Labores del interesado en cuestión del año 2001 y anteriores, a cuyos efectos el interesado abonará a este Ayuntamiento la tasa legalmente establecida con carácter anual, en función del Plan de Labores anual autorizado por la Sección de Minas del Gobierno de La Rioja o anteriormente de la Dirección Provincial de Industria, en su caso, incluidos en su caso- los años 1998, 1999 y 2000.
- El solicitante ha de cumplir cuanto al respecto prevén las Normas Urbanísticas Regionales y el Plan Especial de Protección del Medio Ambiente de La Rioja.
- En el supuesto de otorgarse en su día las preceptivas licencias municipales exigibles, el interesado habrá de avalar ante este Ayuntamiento el obligatorio Plan de Restauración a realizar.
- El interesado habrá de respetar en todo caso las actuales infraestructuras y bienes demaniales, públicos y privados, en su caso afectados por la actividad extractiva.
- El interesado Julio Angulo Arenzana habrá de respetar en todo caso la no realización de sus actividades en horario nocturno.
- El interesado autorizará renunciando a posibles indemnizaciones que pudieran corresponderle el paso de cualesquiera obras de infraestructura municipales que en un futuro proyecte este Ayuntamiento (obras de regadío, por ejemplo).
- El interesado dará exacto cumplimiento a la normativa vigente en las siguientes materias: vibraciones, residuos, vertidos, olores, ruidos, distancias mínimas de población, etc.
- El interesado evitará el esparcimiento aéreo de polvo derivado de su actividad extractiva a las fincas colindantes, responsabilizándose en caso contrario de abonar los daños ocasionados a sus legítimos propietarios, bien directamente a éstos o bien con carácter previo al Ayuntamiento de Cenicero mediante la entrega del oportuno aval bancario en cuantía libremente a determinar por éste.
- Finalmente, el interesado habrá de mantener, en su caso, su actividad extractiva siempre en perfecto estado de conformidad con el presente condicionado o con aquel otro que eventualmente este Ayuntamiento le señale con arreglo a las pendientes en la actualidad autorizaciones e informes vinculantes de la Comisión Permanente de Medio Ambiente de La Rioja, respectivamente.
8.- Dirección General de Calidad Ambiental del Gobierno de La Rioja.- Su Servicio de Inspección y Control Ambiental aporta las siguientes sugerencias:
- El proyecto deberá tener en cuenta la generación de residuos peligrosos en la explotación, así como su gestión dentro y fuera de la misma.
- En el proyecto deberá estudiarse la afección a las aguas superficiales y subterráneas en su caso.
- Entendemos que no podría dejarse un volumen de 100.000 m3 de material necesario para la restauración a expensas de una futura autorización como vertedero que no está garantizada. Entendemos que el proyecto debería ajustarse a las disponibilidades reales de material de relleno y adaptar la explotación a las necesidades de restauración.
- En la zona hay una serie de explotaciones iniciadas o solicitadas. En el caso de que la explotación sea contigua a otra, podría estudiarse por el órgano sustantivo si es posible establecer plazas de cantera en continuidad. El objeto de lo anterior sería evitar que aparezcan grandes caballones separando parcelas totalmente excavadas a uno y otro lado del mismo.
- Podrían estudiarse por la autoridad competente las posibilidades que ofrece el Real Decreto de 15 de octubre de 1982, de Restauración de espacios naturales afectados por actividades extractivas, que en su artículo 8º establece la posibilidad de que cuando razones de tipo geológico o geomorfológico aconsejen la realización de un Plan de Restauración conjunto para aprovechamientos mineros realizados por titulares distintos, la Administración podrá imponer la creación de un coto minero.
La Sección de Prevención Ambiental a la vista de las sugerencias recibidas emite informe-resumen que incluye los aspectos más importantes que deberán analizarse en el Estudio de Impacto Ambiental:
- La explotación minera a cielo abierto repercutirá sobre diversos elementos del entorno, tales como suelo, hidrología superficial, geomorfología, hidrogeología, vegetación, avifauna, aire, paisaje y socioeconomía. Los efectos sobre los citados elementos serán negativos en la mayor parte, pero también los habrá positivos, por lo que habrá de proceder a una evaluación integrada que analice simultánea y paralelamente todos ellos con el fin de adoptar una solución razonable.
- Se deberá evaluar el impacto que generará, tanto el funcionamiento de la explotación como el tránsito de maquinaria y vehículos por caminos, carreteras y cascos urbanos, sobre el medio atmosférico, atendiendo a la disminución de la calidad del aire por emisiones de polvo y gases, y se tomarán las medidas correctoras más adecuadas para minimizarlo. De igual manera se valorará el impacto acústico, y se incluirá una estimación de la frecuencia horaria de paso de vehículos de transporte y las repercusiones que la misma tendrá sobre el tráfico que los caminos y carreteras soportan actualmente.
- Estudio de cuencas visuales y evaluación del impacto paisajístico de la cantera y del camino de acceso, especialmente desde la población de Cenicero y desde la carretera N-232 y la autopista A-68.
- Descripción de las posibles instalaciones accesorias, lugares de emplazamiento de equipos, zonas de acopio,préstamos, etc., así como su desmantelamiento procediendo a la adecuación del terreno para la posterior revegetación.
- Localización de los accesos que se utilizarán y, en el caso de caminos de nueva traza o que requieran modificación de trazado o ampliación de su plataforma, valoración de los impactos que producirán y medidas correctoras entre las que se contemplará la revegetación de los taludes.
- Se evitarán los riegos derivados del empleo de carburantes y aceites que deberán ser controlados mediante un adecuado manejo de los mismos y un riguroso mantenimiento de la maquinaria y camiones fuera de la zona de actuación (siempre que sea posible), y habrán de ser retirados, junto con cualquier otra sustancia contaminante por un gestor autorizado de residuos peligrosos.
- Estudio de la afección a las aguas superficiales y subterráneas y medidas correctoras describiendo los sistemas de recogida y depuración de aguas residuales (fecales, del sistema de lavado de áridos y las procedentes de la zona de explotación) que permitan su adecuado tratamiento para el cumplimento de los estándares de calidad fijados en la normativa de aguas vigente. Su destino, o las condiciones en que se deba realizarse el desagüe, será fijado por el Organismo de Cuenca. En ningún momento podrán producir contaminación de cauces y/o de captaciones de agua potable.
- Se aportará plano hidrológico y cartografía temática del estado erosivo, de los usos del suelo y de la vegetación de la zona y se detallarán las características hidrogeológicas de las aguas superficiales que puedan ser afectadas por los efluentes de la planta o el suministro de agua.
- Se deberá contemplar la afección que la explotación de la cantera puede ocasionar en las especies faunísticas presentes en la zona y se establecerán medidas correctoras entre las que estarán aquellas que faciliten la movilidad de la fauna y eviten el riesgo de caídas, tanto en fase de explotación como de restauración final.
- Afecciones a cultivos colindantes de elevado valor productivo como viñas y medidas de corrección.
- En la zona hay una serie de explotaciones iniciadas o solicitadas. En el caso de que la explotación sea contigua a otra, podría estudiarse por el órgano sustantivo si es posible establecer plazas de cantera en continuidad. El objeto de lo anterior sería evitar que aparezcan grandes caballones separando parcelas totalmente excavadas a uno y otro lado del mismo.
- Podrían estudiarse por la autoridad competente la posibilidad que ofrece el Real Decreto de 15 de octubre de 1982, de Restauración de espacios naturales afectados por actividades extractivas, que en su artículo 8º establece la posibilidad de que cuando razones de tipo geológico o geomorfológico aconsejen la realización de un plan de restauración conjunto para asentamiento mineros por titulares distintos, la Administración podrá imponer la creación de un coto minero.
- Plan de restauración detallado que incluya las acciones de regularización del terreno eliminando cárcavas y salientes, remodelado de superficies evitando formas aristadas y rectas, refino de taludes con pendiente inferior a 30º, extendido de tierra vegetal, escarificado, siembra o plantación de especies adecuadas al medio y planos del estado final.
- Reserva temporal de suelos fértiles para su empleo en la restauración final que serán acopiados en caballones de altura inferior a dos metros y ubicación de los mismos en fase de explotación.
- Entendemos que el proyecto deberá ajustarse a la disponibilidad real de material de relleno y que no puede dejarse sin definir la procedencia de la demanda de los 100.000 m3 de material de relleno. El posterior uso de la explotación como vertedero de residuos de Construcción y Demolición no está garantizada, por lo que deberá acogerse a la normativa vigente y tener la legalización correspondiente.
- Estudiar la repoblación forestal como alternativa final de uso para el conjunto de la zona afectada, como mínimo para los taludes resultantes.
- Empleo de especies autóctonas de la zona para la revegetación con procedencias pertenecientes a la Región de Identificación y Utilización de material forestal de Reproducción nº 14 y denominación "La Rioja", definida por el Ministerio de Medio Ambiente.
- El estudio de impacto ambiental deberá incluir el Plan de Vigilancia ambiental que permita evaluar los impactos reales que se produzcan sobre el medio, desviaciones sobre las situaciones previstas, eficacia de las medidas correctoras y, en su caso, las medidas excepcionales a adoptar en caso de superarse las afecciones al medio ambiente previstas.
- Tanto el Plan de restauración como el Plan de Vigilancia dispondrán de valoración económica.
- Se deberán cumplir cuanto al respecto prevén las Normas Urbanísticas Regionales y el P.E.P.M.A.N., no realizará actividades en horario nocturno, respetará la normativa vigente en las materias de vibraciones, residuos, vertidos, olores, ruidos, distancias mínimas de población, etc. y habrá de respetar las actuales infraestructuras y bienes demaniales afectados por la actividad.
Anexo II
Resumen de impacto ambiental
Contenido.- El estudio de impacto ambiental incluye: la descripción del proyecto y sus acciones; el inventario ambiental y descripción de las interacciones ambientales claves; la identificación y valoración de impactos; la propuesta de medidas protectoras, correctoras y compensatorias; el programa de vigilancia ambiental y el documento de síntesis.
Justificación y descripción del proyecto
Se realiza un proyecto para la ampliación de una cantera, de la Sección A, que será utilizada para la extracciónde gravas destinadas a obras de infraestructura, como materia prima de ciertas plantas de clasificación y trituración y para la fabricación de hormigón.
La explotación inicialmente incluía 17 parcelas, números de 201 a 212, de 215 a 217, 504 y 505, pertenecientes al polígono catastral 19 de Cenicero. Como ampliación se adicionan 8 parcelas, números 270, 274, 275, 276, 277, 281, 282 y 481 del polígono 19, cuya superficie es de 52.930 m2. La superficie total para la explotación es de 142.388 m2 (14,25 Ha aproximadamente).
La extracción se realizará a cielo abierto por un sistema de bancos de talud forzado, en un frente único de 12 metros de potencia media, en dos bancos de 6 metros. Previamente se retirará la capa de tierra vegetal (entre 30 40 cm.), que será apilado en hileras de altura no superior a 2 metros de media en los límites de las parcelas explotadas.
El material extraído puede ser opcionalmente cribado "in situ" mediante una zaranda fija o bien mediante el empleo temporal de un sistema móvil, aceptando como útil desde 0 a 80 mm. El rechazo se utilizará para las tareas de recuperación de la plaza y restitución de los taludes.
La zona a explotar se ha dividido en 5 sectores y se extraerá el material de un sector cada año, por lo que la vida media se estima en 5 años. La producción media anual oscilará entre los 100.000 y 125.000 m3
Se va a respetar un perímetro de seguridad de 5 m. en los limites de la explotación con otras parcelas colindantes, caminos y vía pecuaria, por lo que la superficie explotable es de 50.270 m3.
Se utilizará excavadora-cargadora, retroexcavadora de cadenas, camiones de volteo y sistema móvil de clasificación.
Resumen del contenido del estudio de impacto ambiental
Inventario ambiental
1.- Medio físico.
Climatología.- Basado en los datos del observatorio de las Bodegas de Cenicero, utiliza series de 43 años para datos de temperatura y serie de 53 años para la pluviometría.
Los valores medios de sus variables climáticas más destacables son: 12,9ºC de temperatura media anual, 6-7 meses de duración media del periodo libre de heladas, 715 mm. de evapotranspiración media anual, 448 mm. de precipitación media anual y 3 meses de duración media del periodo seco.
Respecto a otros meteoros expone que los vientos predominantes son del oeste, noroeste, y norte; que es frecuente el rocío durante la primavera y el otoño; y que se producen nevadas durante los meses de noviembre y abril, 19 tormentas al año y granizo entre 2-3 días al año.
El régimen de temperaturas de los suelos lo clasifica como mésico.
Clasifica el clima según Köppen como estepa semiárida, clima seco y frío; según Thorthwaite semiárido segundo mesotérmico tipo d,b?3; según la UNESCO-FAO como templado medio moderado mesomediterráneo atenuado y,según Papadakis, mediterráneo seco tipo avena fresco, maíz templado, templado cálido mesomediterráneo templado.
Atmósfera.- Expone que según el Estudio de Zonificación Atmosférica de La Rioja, la cantera se sitúa en la zona 2 denominada Alto Valle del Ebro, donde se supera alguno de los valores límite u objetivo propuestos por la legislación comunitaria.
Describe el nivel de ruido como el resultado de una cierta actividad agrícola debido a la circulación de tractores y vehículos y laboreo, a la circulación aerea, al paso de vehículos por la autopista A-68 y a las actividades de las diferentes canteras de gravas y arenas. Expone que los niveles de ruido ambiental en el entorno de las explotaciones pueden oscilar entre 10 y 30 dB. No observa signos de transporte y sedimentación de estas partículas fuera del perímetro de las instalaciones.
Geología y litología.- Las parcelas las sitúa en la hoja nº203 del MAGNA de escala 1:50.000.
En la zona se localizan materiales del Terciario, concretamente de la Formación Nájera, la Formación Haro-
Transición y Formación Haro, y materiales del Cuaternario donde se sitúa la cantera de Igate-1, que se denomina glacis-terraza de Sanchisnal. Se trata de sedimentos detríticos gruesos regionales de procedencia transversal y de litología predominante silícea, apareciendo algún canto de arenisca, donde aparecen costras por acumulación de carbonatos fundamentalmente cálcico.
Expone que en el frente de Sanchisnal se distinguen, de arriba abajo, sedimentos heterogéneos de origen coluvial, rojizos, de bloques a gravas, con matriz detritica fina, con predominio de materiales silíceos; una segunda capa de gravas y cantos de origen fluvial (Najerilla), con matriz arenosa, rojizos; una franja estrecha de materiales finos rojizas, de origen fluvial (Najerilla), con granoclasificación; y por último gravas y cantos amarillentos, de origen fluvial (Ebro), con matriz arenosa, con mayor presencia de calizas.
Geomorfología.- Describe una zona dominada por el modelado de depósitos fluviales y de vertiente, originando un sistema de forma escalonada. En el entorno diferencia las siguientes unidades geomorfológicas: terrazas del Ebro, terrazas del Río Najerilla, plataformas residuales y vertientes en glacis, de las que aporta descripción.
Edafología.- Localiza dos tipos de suelo constituyendo una asociación: Palexeralf cálcico y Calcixerepesetas típico,de los que aporta descripción, y otros suelos considerados como inclusiones o impurezas que representan menos del 15% de la superficie que son Palexeralf petrocalcico y Haploxeralf cálcico.
Expone que en el paraje Igate los suelos se desarrollan sobre materiales detríticos gruesos con pendientes de suaves a muy suaves, moderadamente profundos, bien drenados y con abundante pedregosidad, y que se caracterizan por presentar bajos contenidos de materia orgánica y bajas capacidades de retención de agua. El horizonte superficial, de textura franca y franca arenosa, tiene un espesor de 30 cm. y el horizonte subsuperficial,de textura franca y franca arenosa llega hasta 80 cm con un horizonte arcillosos o hasta los 50 con un horizonte cálcico que por debajo presenta un horizonte ligeramente cementado por carbonatos entre los 60 y 80 cm.
Hidrología superficial y subterránea.- Caracteriza los suelos de bien drenados debido a su elevado contenido en elementos gruesos, con baja capacidad de almacenamiento de agua y moderada permeabilidad. Expone que prácticamente no existe escorrentía, lo que se traduce en ausencia de pequeños cursos de agua superficiales y que el único curso de agua que recorre Sanchisnal es el canal de la margen derecha del río Najerilla.
Indica que el material aluvial del río Ebro, cuyo cauce se encuentra próximo al área de interés, constituye el acuífero más importante.
No localiza ningún signo de perforaciones en busca de agua en la zona por lo que concluye que no existe un sistema acuífero cartografiable que mantenga un reservorio reseñable de aguas subterráneas.
2.- Medio biológico.
Vegetación.- Aporta datos teóricos de vegetación potencial obtenidos del Mapa de series de vegetación de España de Rivas Martínez, encontrando en la zona de estudio dos series dominantes, dentro del piso mesomediterráneo, ambas dominadas en la etapa climática por la carrasca o Quercus ilex ssp rotundifolia, que son:
La serie Bupleuro rigidi-Quercetum rotundifolia, donde los carrascales basófilos se acompañan de arbustos esclerófilos en sotobosque.
La serie Junipero oxicedri-Querceto rotundifolia, donde los carrascales acidófilos se acompañan de un estrato arbustivo de enebros, sabina negra y romero y de otro formado por plantas acidófilas.
Del reconocimiento de la zona concluye que los carrascales han quedado reducidos a testigos solitarios en hileras o más bien como pies sueltos o pequeñas manchas de no más de 1 ha (excepto en Riva Rey) debido a su sustitución por cultivos de vid.
Localiza en límite oriental de la parcela 270 una pequeña hilera de carrascas y coscojas y varios ejemplares de rosa silvestre, a lo que concluye que la vegetación "natural" es muy escasa.
Fauna.- Para la caracterización de la fauna recorren la zona de forma pormenorizada, realizan estaciones de escucha cada 100m. y entrevistas y encuestas a técnicos especialistas y cazadores de la zona acotada.
A partir de este estudio realizan un listado muy reducido de especies entre las cuales no catalogan ninguna de ellas como en peligro de extinción o con alguna otra figura de protección.
Las especies que citan son conejo, ratón de campo, gorrión común, jilguero, petirrojo, cogujada común, cornejas, urracas, zorzales, collalba gris, abejarucos, milano negro, aguililla calzada y águila culebrera.
Especifica que es zona de campeo de aves como busardo ratonero y cernícalo común, y probablemente de milano real, halcón peregrino y buitre leonado.
Paisaje.- El estudio señala que el paisaje es fundamentalmente antrópico y lo define como un paisaje agrario. El paisaje del valle del Najerilla lo describe como un sistema de escalones, niveles de terrazas y glacis de pendientes suaves, menores del 2%; fuertemente antropizado; segmentado en parcelas agrícolas de forma variable (cuadradas, rectangulares, triangulares) preferentemente rectangulares muy alargadas y de tamaño diverso (menor de 1 hectáreas por lo general), donde predominan las líneas rectas y los ángulos próximos a 90º. Estas divisiones del paisaje son recorridas en sus límites por otras líneas rectas más anchas (caminos) que rara vez describen formas circulares o semicirculares (curvas). Este paisaje plano y de formas rectas se rompe por la presencia de acumulaciones caóticas de cantos y bloques redondeados y subredondeados, de forma semicircular que reciben el nombre de canchales, berrocales o majanos.
Plan especial de protección del medio ambiente natural de La Rioja.- Señala cuatro espacios protegidos en el entorno del proyecto, pero afirma que la zona destinada a la extracción de gravas y arenas no forma parte de ninguno de esos espacios medioambientales protegidos. De esto concluye la inexistencia de probabilidad de interacciones entre la actuación y los espacios expuestos.
3.- Medio socioeconómico
Usos del suelo.- Incluye los usos agrícolas y ganaderos, el cultivo de la vid, los aprovechamientos cinegéticos y las infraestructuras.
- Usos agrícolas y ganaderos: Considera que los usos del suelo son fundamentalmente agrícolas. Nombra como cultivos más frecuentes el viñedo (85%), los frutales entre los que destaca el almendro, los cereales predominando trigo y cebada y los hortícolas de regadío. Respecto a la zona concreta encuentran cultivos de vid y alguna finca baldía o erial.
La actividad ganadera ha descendido, desapareciendo el ganado cabrío y disminuyendo el lanar.
- Cultivo de la vid: Aporta datos acerca del predominio del viñedo en la zona y de la normativa del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja.
- Aprovechamientos cinegéticos: Indica la existencia de un coto de caza gestionado por una Sociedad de Cazadores de Cenicero. Nombra que las actividades que se realizan en la zona del valle son, tiro al plato y repoblaciones cinegéticas. Expone que el entorno del proyecto carece de valor cinegético.
- Infraestructuras: Expone que sobre la plataforma de Sanchisnal discurren diversos caminos, sendas y carriles, de los que enumera: Camino de Igate, Senda de Sanchisnal y Pasada de Valdesalomón, el canal de la margen derecha del Najerilla y la autopista A-68. Localiza varias edificaciones en el entorno de la cantera que son casetas de aperos y parcelas dedicadas a la explotación minera.
Patrimonio arqueológico y paleontológico.- No existe patrimonio arqueológico en el área afectada ni en el entorno del proyecto.
Identificación y evaluación de impactos
Selecciona un método mixto que utiliza matrices o cuadros de doble entrada mediante el cual pretende identificar los efectos directos e indirectos, las relaciones de unos efectos con otros y las posibles sinergias.
Los impactos más significativos son:
Sobre la atmósfera.- Considera que el aumento del nivel sonoro producirá un efecto negativo leve y muy leve y que sólo superará los niveles de ruido de 70-80dB dentro de las instalaciones en las operaciones de arranque directo, en la de carga de arenas y gravas, en el movimiento de maquinaria pesada dentro de los límites de la explotación, con la circulación, entrada y salida de camiones y con la presencia temporal de un sistema móvil de clasificación. Expone que el aumento de ruido ambiental solo será perceptible en un entorno próximo en un radio de 500 m.
Debido a que durante la preparación del terreno el polvo que pueda levantarse se depositará dentro de los límites, y que en los caminos será ligero debido al buen estado y compactación de los mismos en algún tramo, y a la existencia de aglomerado asfáltico en otros tramos, califica el impacto como muy leve sobre la población y leve sobre los cultivos.
El impacto debido a la emisión de gases lo considera no significativo.
Sobre el suelo.- En el proyecto prevé un levantamiento en dos fases. El horizonte Ap será removido y almacenado casi en su totalidad para su posterior reposición, por lo que lo considera un impacto leve.
La extracción en la siguiente fase de gravas y arenas la valora como impacto severo.
Sobre las aguas superficiales y subterráneas.- Califica de no significativo el impacto que pudiera producirse sobre las aguas superficiales, ya que dice que no existe ninguna interacción entre las acciones del proyecto y los cursos de agua.
Respecto a las aguas subterráneas, dada la escasa relevancia del acuífero no considera que exista interacción y califica de leve a muy leve el impacto que pudiera tener las acciones de llenado de depósitos, cambio de aceites lubricantes, operaciones de engrase o posibles vertidos accidentales o escapes de liquido de frenos sobre la calidad de éstas, ya que el volumen es muy pequeño.
Sobre la vegetación.- Al remover la parte superior del suelo se elimina la vegetación y desaparecen los nutrientes por lo que se catalogaría como muy severo. Se eliminará una hilera de vegetación natural de carrascas, coscojas, rosas comunes y jaras blancas, pero exponen que al no existir prácticamente vegetación silvestre no existe interacción como tal.
Respecto a la producción de nubes de polvo o la existencia de partículas en suspensión que puedan afectar se desprecia el efecto debido a la escasez de especies vegetales autóctonas silvestres.
Sobre la fauna.- Cita que entra la avifauna no existen en la zona citas de especies en peligro de extinción o con planes de recuperación vigentes y tampoco encuentran dormideros ni lugares de nidificación. Clasifican de impacto leve el efecto que tiene la preparación del terreno sobre las poblaciones de insectos y gusanos, la eliminación de cultivos, eriales y barbechos sobre la avifauna, ya que les harán desplazarse a otras parcelas, y el trafico de vehículos, ya que inquietará a las aves.
Sobre el paisaje.- Cambios muy severos debido a la fase de explotación de la cantera.
Respecto al impacto visual, tiene en cuenta el concepto de intervisibilidad y la disminución de la calidad de la observación por las pequeñas nubes locales de polvo producidas por el tráfico de camiones.
El impacto sobre el paisaje en el entorno próximo lo determinan como severo.
Sobre los usos del suelo.- Expone que el uso del suelo sufrirá un cambio de forma radical, con el cual el suelo agrícola pasará a soportar una actividad de minería a cielo abierto con la extracción de gravas y arenas, que este cambio será gradual con relación al plan de explotación y lo cataloga de severo. Sin embargo la pérdida de actividad agrícola será reversible y temporal.
Respecto a la producción de nubes de polvo expone que puede ser la operación de tráfico de camiones de entrada y salida de la explotación la responsable de la misma, pudiendo depositarse sobre la superficie vegetal. Lo valora como impacto leve, debido a que se trata de elementos gruesos y los caminos están bien compactados.
Sobre la actividad cinegética.- Cita que es una zona con elevada actividad agrícola, sin vegetación y muy poco frecuentada por aficionados, por lo que califica de despreciable el efecto sobre la actividad de la caza.
Sobre la población.- Cita como impacto negativo muy leve o no significativo el que producirá el ligero aumento de tráfico por la carretera comarcal LR-113 de Cenicero a Nájera, ya que se solicita una ampliación de una explotación ya existente. Sin embargo, es posible que provoque ciertos problemas por la concentración de actividades de minería.
Respecto al impacto visual, expone que en la población de Cenicero no se observa la explotación, pero que puede observarse por los vehículos que circulen en sentido Bilbao-Logroño por la autopista A-68 durante unos segundos y de forma muy temporal, por lo que el impacto negativo visual final será prácticamente inexistente.
Prevé además de la generación de riqueza en la zona, la creación de puestos de trabajo y materia prima, que califica como impacto positivo.
Sobre los caminos y sendas.- Expone que la Pasada de Valdesalomón será utilizada como acceso para todos los camiones y que el Camino de Igate no se verá afectado. La Senda de Igate será afectada por las operaciones de arranque.
Califica el impacto de forma global como negativo y severo.
Medidas correctoras - Plan de restauración
Propone una serie de medidas con el objetivo de evitar (medidas protectoras), anular, corregir o modificar(medidas correctoras) los impactos negativos leves y severos originados por las acciones del proyecto.
Las medidas a tomar las engloba en cuatro grupos:
1º. Medidas propuestas para la protección de los acuíferos del río Ebro y del río Najerilla y de la calidad de sus aguas subterráneas.
- Prohibición de las actividades de mantenimiento preventivo en la explotación-. Prohibe el vertido de cualquier sustancia tóxica, vigilando el vertido accidental de aceite o sustancia de cualquier tipo que hubiera lugar.
Expone que los cambios de aceite y filtros, de líquido de frenos, vaciado y llenado de circuitos de refrigeración con manejo de anticongelantes, así como cualquier otra operación de mantenimiento de prevención serán realizadas en talleres mecánicos propios y ajenos por personal especializado.
Permite, únicamente y sólo si es estrictamente necesario, operaciones de reportaje, operaciones de mantenimiento correctivo (averías que impidan el movimiento de los vehículos) y operaciones de los sitemas móviles de clasificación en el entorno de la explotación, debiendo ser realizadas por personal debidamente sensibilizado, informado y entrenado.
Si fuera necesario, la maquinaria pesada será desplazada mediante camiones góndola a los talleres.
2º. Medidas propuestas para la protección de infraestructuras: conservación de las vías de servicio, Pasada de Valdesalomón, Camino de Igate, y Sendas de Igate y límites entre la cantera y otras parcelas.
Sobre la Pasada de Valdesalomón se mejorará el firme en parte de su trazado, mediante la colocación de aglomerado asfáltico y se ensanchará 6 metros. Además se estudia una posible alternativa para el tramo de la Pasada de Valdesalomón hasta el paraje Igate, mediante ensanchamiento a 6 metros y mejora del firme.
El Camino de Igate mantendrá su trazado alternativo, diseñado para la ampliación, en perfecto estado. Si fuera necesario, en el último sector de la explotación se construirá un trazado alternativo.
En relación a los límites de la explotación con otras parcelas de uso agrícola, se procederá respetando un cordón de seguridad de 5m.
En relación al estado de conservación de los caminos y sendas, prevén la realización de labores de acondicionamiento periódicas.
3º. Medidas propuestas para la protección de la atmósfera:
Aunque inicialmente no lo estima necesario, sí recomienda que con el tiempo y por el propio deterioro del firme de los caminos se establezcan medidas de humectación o mojado mediante riegos periódicos con cisternas tanto de los caminos y sendas como de las vías de acceso, que podrán ser más frecuentes en periodos anormalmente secos como el estío, es decir, el camino de Uruñuela a Cenicero será sometido a medidas de humectación periódicas.
A fin de minimizar la emisión de gases contaminantes de efecto invernadero y la producción de ruido ambiental recomiendan medidas preventivas para el mantenimiento de los motores de las palas, retroexcavadoras y camiones, así como de la parte mecánica de los sistemas móviles de clasificación y la optimización de los planes de trabajo y de los recorridos de la maquinaria pesada.
4º. Medidas propuestas para la recuperación del paisaje y del uso de los suelos: Plan de restauración de la cantera.
Para su explotación la divide en cinco sectores de dimensiones y superficies parecidas para una producción media anual de 100.000 a 125.000 m3, mediante un frente de potencia media de 12 metros en dos bancos parciales de 6 metros.
Elabora el Plan de restauración contemplando en principio varias alternativas: el relleno total, que lo descarta por la carencia de materiales inertes para el relleno y el alargo en el tiempo, y el relleno parcial que es el que propone.
Prevé la restauración de Igate-1 y los cinco sectores propuestos.
- Materiales de relleno de la plaza de cantera y taludes.- Propone aquellos procedentes del rechazo de la criba y los elementos finos y material inerte procedente de desmontes de obras de infraestructura, que mezclados ocuparán un volumen mínimo equivalente a 80cm de espesor. Expone que colocará mediante capaceo sobre el lecho de recuperación los 30 cm retirados en la fase de preparación, que conducirá a un nuevo suelo "antrópico" de un espesor aproximado de 100 cm con características parecidas al suelo original.
- Recuperación del suelo.- Recomienda mezclar los horizontes superficiales con estiércol para recuperar los niveles de materia orgánica y mejorar la estructura del suelo, preparar inmediatamente después del capaceo la tierra para el cultivo de alfalfa, veza o cereal en último término, pudiendo sustituirse posteriormente por otros cultivos como vid y evitar el suelo desnudo.
- Recuperación de los taludes explotados.- Pretende rectificar y estabilizar los taludes con pendientes máximas finales del 30-40º, concretamente 33º (relación V/H 2/3) colocando una berma de un metro de ancho a mitad del talud. Para los taludes con la parcela 503 propone una alternativa que consiste en no restituir dichos taludes mediante la adquisición de dicha parcela.
- Revegetación de taludes.- Incluye la siembra artificial mecánica o manual a voleo con veza o con una mezcla de leguminosas y gramíneas y posterior revegetación con especies autóctonas de matorral mediterráneo semiárido adquiridas en viveros oficiales por medio de ahoyado manual o mecánico con una densidad final de 200 y 300 pies por hectárea.
Aporta calendario del plan de restauración y presupuesto de las medidas tomadas incluido el plan de restauración cuyo valor líquido total asciende a doscientas treinta y seis mil trescientos cincuenta euros con ochenta y ocho céntimos
Plan de Vigilancia Ambiental
Propone la elaboración de un programa que consta de los siguientes controles:
- Cumplimiento del plan de restauración en relación al plan de explotación para lo que incluye calendario de restauración del lecho explotado por sectores, características del material de relleno, presencia del material de los horizontes ricos en materia orgánica en hileras de 2 m., estercolado o abonado orgánico, suelos cultivados no desnudos, comprobar la estabilización de taludes, implantar controles y medidas necesarias para evitar que la zona se convierta en un vertedero incontrolado, verificar la recuperación del uso agrícola del suelo, verificar la revegetación de taludes y las medidas de lucha contra la erosión hídrica, comprobar la inexistencia de impacto visual desde la autopista y cotejar que los parámetros de restauración sean similares a Valdecarnecero.
- Conservación de la Senda de Igate, Camino de Igate y Pasada de Valdesalomón, para lo cual propone ampliación de parte del trazado y recubrimiento con aglomerado asfáltico, control de su integridad, longitud y anchura, del estado final y de la frecuencia de riego y comprobación de que la Senda de Igate únicamente ha sido explotada dentro de los límites de explotación y se diseñe un trazado alternativo si fuera necesario.
- Controles periódicos sobre el estado de la atmósfera debido a la actividad industrial. En cuanto al nivel sonoro a tiempo real con mediciones con frecuencia bianual; producción de nubes de polvo con mediciones cada tres años en cuanto a frecuencia, volumen, estabilidad, transporte y sedimentación y estado de la maquinaria y de los caminos de acceso.
- Actividades de mantenimiento preventivo que no se deban realizar dentro de la explotación como cambios de aceite, vaciado y llenado de circuitos de refrigeración con anticongelantes, cambios de líquidos de freno y manipulación de sustancias o líquido contaminantes excepto gasóleo de locomoción, y la verificación de que el repostado de vehículos y maquinaria pesada de la explotación se realiza con camión-cuba o furgoneta cuba.
- Verificar que el material fértil acopiado se dispone de tal forma que constituye una barrera de seguridad en el período de explotación frente a caídas o posibles accidentes, así como una pantalla visual. Instalarán señales indicativas de aviso.
- Restitución de taludes de la parcela 503.
Aporta presupuesto cuyo valor es de trece mil setecientos cuarenta y ocho euros con diecinueve céntimos.
Anexo III
Resultado de la información pública
Relación de las entidades que han presentado informes:
Dirección General de Industria, Comercio y Consumo del Gobierno de La Rioja
Delegación del Gobierno en La Rioja
Dirección General de Medio Natural del Gobierno de La Rioja
Dirección General de Calidad Ambiental del Gobierno de La Rioja
Dirección General de Salud del Gobierno de La Rioja
Dirección General de Urbanismo y Vivienda del Gobierno de La Rioja
Resumen de los informes recibidos:
1.- Dirección General de Industria, Comercio y Consumo del Gobierno de La Rioja. Su servicio de Industria y Energía manifiesta que no es una actividad de su competencia.
2.- Delegación del Gobierno en La Rioja.- Remite informe del Área de Industria y Energía conteniendo las siguientes sugerencias:
- Como al parecer, y mediante el rebaje progresivo del camino de Valdesalomón, se pretende homogeneizar la restauración de esta cantera y la de las colindantes, "Valdecarnecero" y "Sanchisnal-2" en cuanto a cotas de plaza de cantera y taludes, no se opone ningún tipo de objeción desde el punto de vista medioambiental.
- Se recomienda que se utilice material alóctono, bien procedente del rechazo de otras explotaciones o de movimientos de tierra o derribos, para completar el relleno del hueco de la explotación.
3.- Dirección General de Medio Natural del Gobierno de La Rioja.- Envía informe del Servicio de Montes conteniendo las siguientes observaciones:
Se considera necesario disponer, previamente, de un palno topográfico en donde se refleje la situación final de la parcela, una vez restaurada, y su integración con las parcelas que la rodean, incluidas las explotaciones colindantes.
Se deberá aportar el estado final del trazado de la Senda de Igate propuesto como alternativa al tramo que desaparece por la explotación, y su integración con las parcelas explotadas.
4.- Dirección General de Calidad Ambiental del Gobierno de La Rioja. -Emite informe el Servicio de Gestión y Control Ambiental en el que encuentra las siguientes deficiencias:
No se realiza un análisis pormenorizado de los efectos sinérgicos reales que tendrá la ampliación de esta cantera en un entorno afectado ya por numerosas extracciones de áridos.
Según lo establecido en el Real Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley de Protección del Ambiente Atmosférico, el promotor deberá aportar el Proyecto Específico de Contaminación Atmosférica y se someterá a los controles periódicos determinados en él y en sus Ordenes Ministeriales.
Las residuos peligrosos generados deberán ser entregados a gestor autorizado, y se deberá inscribir en el Registro de Pequeños Productores de Residuos Peligrosos.
El llenado de depósitos y el mantenimiento de maquinaria deberán realizarse en un lugar adecuado, sólo en casos necesarios y por personal autorizado.
Para realizar el Plan de Recuperación de la Cantera por Relleno Parcial, se deberá solicitar autorización como vertedero de residuos inertes, aunque sean propios.
5.- Dirección General de Salud. - La Sección de Sanidad Ambiental expone que con las medidas correctoras, plan de restauración y plan de vigilancia ambiental propuestos, los potenciales impactos son compatibles con la protección de la Salud Pública.
6.- Dirección General de Urbanismo y Vivienda. Su Sección de Minas emite informe con relación a los taludes de la restauración, cuyas conclusiones son:
Se limitará el ángulo final de la explotación a 30º para los nuevos frentes de ampliación.
La restauración del talud se realizaría hasta conseguir un talud final con zonas de 30º que permitan acceder desde la zona elevada a la plataforma inferior, pudiendo existir zonas del talud cuyo ángulo final de restauración sea de 45-50º rompiendo así la geometría de formas.
Se establecerán bermas intermedias en el talud final de restauración.
La restauración se garantizará sin perjuicio de la posterior modificación del plan de restauración en virtud de la disponibilidad de materiales y de que se cuente con las autorizaciones administrativas necesarias.
El plano aportado no refleja la alternativa que se va a dar a la Senda de Igate, en el momento de afrontar la explotación de las parcelas 282 y 281.
Deberá a portarse plano de perfiles y planos de planta.