Gobierno de La Rioja

Núm. 55
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Sábado 3 de mayo de 2003
JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 4 DE LOGROÑO
III.E.52

Edicto de subasta

Dª María Aranzazu Chocarro Ucar, Secretario/a del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Logroño, hago saber: Que en el procedimiento de ejecución dineraria con el nº 30/02-C seguido en dicho Juzgado a instancia de la Procuradora Sra. Fernández Torija en nombre y representación de Bankoa S.A. contra Ángel Gómez Montelio y herederos desconocidos de Doña Mª Josefa Latorre Iturrioz sobre reclamación de 10.825,56 de principal, 3247,67 de intereses y costas, por el presente se anuncia la venta en pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:

Bienes que se sacan a subasta y su valoración:

Uno.- Urbana núm. 25.- vivienda o piso 50 puerta D, de la casa de Logroño, sita en la Calle Duques de Nájera Número 103. Inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 1 de Logroño al tomo y libro 946 folio 15, finca 2.746.

Valoración final 65.789,28 euros

Dos.- Garaje núm.4, y trastero núm.2, del local en planta sótano número uno de la casa en Logroño en la calle Duques de Nájera, 105,103,101 y 99 y calle nueva sin número, Inscrita en el registro de la Propiedad núm. 1 de Logroño al tomo y libro 984, folio 43 finca registral núm. 2.698.

Valoración Final 8.866,86 euros

La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado Bretón de los Herreros 5-7, 3ª planta, el día 3 de junio a las 10,00 horas.

Condiciones de la subasta:

1.- Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

1º.-Identificarse de forma suficiente.

2º.-Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

3º.-Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banesto, Sucursal 8029 con nº 2261 0000 05 0030/02 o de que han prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con las cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

2.- Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultas de ceder el remate a un tercero.

3.- Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente.

4.- Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el articulo 670 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

5.- Que la certificación registral y la titulación sobre los inmuebles que se subastan, está de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado, entendiéndose por el mero hecho de participar en la subasta que todo licitador acepta como bastante la titulación existente, así como que las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, a crédito del actor continuarán subsistentes que el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.

6.- Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un domingo día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al día siguiente hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.

7.- Para el caso de que resulte negativa la notificación del señalamiento de la subasta a los ejecutados, sirva el presente edito de notificación en forma.

El edicto con todas las condiciones generales y especiales está expuesto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en los lugares públicos de costumbre hasta la fecha de celebración de la subasta.

En Logroño a veinticuatro de abril de dos mil tres.- El/la Secretario/a Judicial

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