Gobierno de La Rioja

Núm. 82
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Jueves 3 de julio de 2003
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ECONOMÍA
III.A.9

Resolución por la que se aprueba el modificado de proyecto de ejecución y se declara de utilidad pública la instalación "Parque Eólico Raposeras"

I.- Antecedentes:

Con fecha 24 de enero de 2002, BOR nº 13 de 29 de enero, se sometió a pública competencia el proyecto de construcción de parque eólico "Raposeras", en los términos municipales de Pradejón y Calahorra. En el periodo habilitado al efecto, las mercantiles Eurovento, S.L. y Enerfin, S.A. presentaron sendos proyectos alternativos. Los tres proyectos referenciados fueron sometidos al trámite de información pública y evaluación de impacto ambiental. Como consecuencia de dicha tramitación administrativa el día 11 de octubre de 2002 se dictó resolución por la que se procede a la selección de solicitudes en competencia a favor de Energías Alternativas Eólicas Riojanas, S.L., se autorizó el proyecto presentado y se practicó la inscripción previa en el Registro de Productores de energía eléctrica en régimen especial de la instalación "Parque eólico Raposeras".

La propia resolución, atendiendo a lo determinado en la Declaración de Impacto Ambiental otorgada al proyecto con fecha 17 de septiembre de 2002, exigía la redacción de un modificado de proyecto en los siguientes términos:

1º) Presentación de un proyecto completo del parque eólico en el que se incluyan los siguientes aspectos:

- Reubicación de la subastación y de los aerogeneradores nºs. del 22 al 25.

- Nuevo trazado de las líneas subterráneas que enlazan los aerogeneradores con la subastación y redimensionamiento de la instalación (secciones de las mismas)

2º) Presentación de proyecto de la subastación en su nuevo emplazamiento en la zona baja, debajo del molino nº 1.

3º) Presentación de proyecto de línea subterránea de 66 KV de la subastación del parque a la subastación de Quel

4º) Aportación de una relación detallada de las afecciones y desafecciones derivadas de las modificaciones introducidas en el proyecto inicial como consecuencia de la Declaración de Impacto Ambiental.

Presentado el modificado de proyecto, ha sido sometido a la consideración de la Dirección General de Calidad Ambiental quien ha emitido informe favorable. Así mismo, y por lo que respecta a las modificaciones de bienes y derechos afectados por la instalación derivados del modificado de proyecto, la empresa solicitante justifica haber alcanzado un acuerdo amistoso con la totalidad de los propietarios actualmente afectados.

El modificado de proyecto que se somete a aprobación de esta Dirección General responde a las características técnicas siguientes

a) Peticionario: Energías Alternativas Eólicas Riojanas, S.L.

b) Lugar donde se va establecer la instalación: Pradejón y Calahorra

c) Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica

d) Características principales: Parque eólico formado por 26 aerogeneradores de 1.560 KW, 690 V, con una potencia total de 40,56 MW, con centro de transformación en cada uno de 1600 KVA 0,69/20 KV. Línea de enlace de los aerogeneradores con la subastación, subterránea, a 20 KV con cable RHZ1 12/20 KV, de 95/150/240/300 mm2 de aluminio, con aislamiento exterior de polietileno reticulado (XLPE). Subestación Transformadora de exterior, con transformador de 50 MVA; 20/66 KV.

e) Presupuesto: 32.619.611,00 euros

Se han solicitado los preceptivos permisos de cruce y/o paralelismos a los Organismos afectados.

Vistos: La Ley 54/97, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre por la que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 48/1998, de 24 de julio, por el que se regula el procedimiento para la autorización de las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de la energía eólico en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja; la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y su Reglamento aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957; la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás normas de aplicación.

Considerando que los interesados no aportan datos para rectificar posibles errores ni alegaciones que prohíban o limiten la ocupación,

Considerando que se han respetado en la mayor medida posible los derechos de los particulares, haciéndolos compatibles en los aspectos técnicos, económicos y medio ambientales con un trazado racional de la instalación.

En virtud de las atribuciones que me han sido conferidas, resuelvo:

Primero.- Aprobar el modificado del proyecto de ejecución de la instalación de "Parque Eólico Raposeras", anteriormente descrita y declarar la utilidad pública de la misma, con las siguientes condiciones:

- La ejecución de las obras se realizará de acuerdo con el modificado de proyecto presentado, debiendo atenerse a las condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido al efecto.

- El plazo de puesta en marcha de las instalaciones será de seis meses, contados a partir de la ocupación real de las fincas afectadas.

Gobierno de La Rioja

- El titular dará cuenta de la terminación de las obras a efecto de su reconocimiento definitivo y extensión delActa de Puesta en marcha.

Segundo.- La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

Tercero.- La presente autorización no exime de la necesidad de cualesquiera otras autorizaciones, permisos o licencias prevenidas en la legislación vigente.

Cuarto.- Conforme a lo establecido en los artículos 53 y 54 de la Ley 54/97, esta declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos afectados que posteriormente se relacionan, e implica la urgente ocupación de los mismos.

Esta resolución no agota la vía administrativa.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Economía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114, 115 y 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14).

Mediante este documento se notifica a los interesados la presente resolución, según lo establecido en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999.

Logroño, a 13 de junio de 2003.- El Director General de Industria, Comercio y Consumo, Ramón Galán Cazallas



Relación de propietarios afectados
Termino municipal: Calahorra
D. Catastrales Afección
Finca Pol. Parc. Titular (*) Nº Aeroge- M2 Aeroge-
neradores neradores
1 25 433 Desconocido ? 268
2 25 867 Hnos. Pastor Murgui ? 164
3 25 430 Carmelo Pérez Pérez ? 1929
4 25 417 Eugenio Llorente Herce A-20 3227
5 25 412 Hnos. Antoñanzas San Emeterio A-21 6837
6 25 424 Hilario Baño Antoñanzas A-22 3639
7 25 431 Mª Carmen Garrido Calvo A-23 3281
8 25 707 Felipa Vega Lafuente ? 1826
9 25 708 Arturo Pérez Gómez ? 135
10 25 841 Felipa Vega Lafuente ? 734
11 25 712 Jesús García Arenzana A-24 4190
12 25 713 Jesús Llorente Concepción A-25 5986
13 25 753 Ángel Escorza Antoñanzas ? 764
14 25 754 Domingo Peña Escarza A-26 2252
15 25 751 Felipe Ezquerro Antoñanzas ? 1835
16 25 755 Pedro Ochoa Michavila ? 594
17 25 911 Ayuntamiento de Calahorra ? 2206
18 25 419 Eugenio Llorente Herce ? 30
Término municipal: Pradejón
1 7 7793 Hnos. Fernández Cordón A-01 6016
2 7 7792 Santiago Fernández Cordón A-02 7051
3 7 7791 Jesús Izquierdo Preciado A-03 3286
4 7 177 julio Vicioso Fernández ? 2656
5 7 789 Santiago Fernández Cordón ? 1888
6 7 736 Santiago Fernández Cordón A-04,A-15 7073
7 7 735 Antonio Ezquerro García ? 1873
8 7 729 Santiago Fernández Cordón A-05,A-16,A-17 18130
9 7 726 Juan Cruz Ezquerro Ezquerro A-06 4221
10 7 725 Mª Soledad Ezquerro Preciado ? 2356
11 7 695 Ángel Ezquerro Fdez-Saturnino A-18 3080
12 7 696 Ayuntamiento de Pradejón ? 1782
13 7 646 Humberto Martínez Barbastro A-07,A-08,A-19 15152
14 7 674 Tomás Marín Marín ? 1135
15 7 645 Hnos. Pastor Murgui A-09 4106
16 7 644 Ayuntamiento de Pradejón ? 1485
17 7 613 Hnos. Pastor Murgui A-10 5140
18 7 585 José San Casimiro Ezquerro A-11 3646
19 7 572 Mª Pilar Ezquerro Concepción ? 50
20 7 587 Miguel Ángel Ezquerro Ezquerro ? 97
21 7 609 Miguel Ángel Ezquerro Ezquerro ? 150
22 7 607 Miguel Ángel Ezquerro Ezquerro ? 144
22 7 588 José Miguel Ezquerro Fernández ? 300
23 7 597 Hnos. Pastor Murgui ? 156
24 7 557 José Ramón Ruiz A-12 6925
25 7 534 Hnos. Pastor Murgui ? 2092
26 7 548 Hnos. Pastor Murgui ? 386
27 7 445 Ayuntamiento de Pradejón A-13 2908
28 7 444 Hnos. Pastor Murgui ? 3049
29 7 280 Bodegas Valsacr, S.A. A-14 2600
30 7 322 Piedad Cordón Ruiz ? 414
31 7 261 Bodegas Valsacro, S.A. ? 67
32 7 222 Bodegas Valsacro, S.A. ? 354
33 7 252 Simón San José Mangado ? 64
34 7 246 Bodegas Valsacro, S.A. ? 424
35 7 245 Carmelo Ezquerro Ezquerro ? 154
36 10 377 Mª Asunción Ezquerro Ezquerro ? 95

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