Orden del consejero de Hacienda y Empleo de 8 de agosto de 2003, por la que se establece y regula el precio público por prestación del servicio de laboratorio para control de calidad de materiales de solicitud voluntaria
La Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, establece que son precios públicos las contraprestaciones pecuniarias que se satisfagan por la prestación de servicios, la realización de actividades o la entrega de bienes, efectuadas en régimen de Derecho Público por la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja cuando, prestándose también dichos servicios, actividades o bienes por el sector privado, sean de solicitud voluntaria por los administrados.
La Consejería de Vivienda, Obras Públicas y Transportes dispone de un laboratorio de para control de calidad de materiales. Cuando los particulares solicitan voluntariamente de la Administración el control de calidad de materiales en vez de recabar los servicios de laboratorios privados, concurren los criterios delimitativos del concepto de precio público establecidos por la Ley 6/2002, de 18 de octubre, puesto que se trata de servicios prestados también por el sector privado, y son de solicitud voluntaria para los interesados.
El Decreto del Gobierno 87/2003, de 18 de julio, establece que la prestación de servicios de laboratorio dependientes de la Comunidad Autónoma de La Rioja, cuando su solicitud sea voluntaria, es susceptible de ser retribuida mediante precio público.
En virtud de lo expuesto, dispongo
Artículo 1. Objeto
Es objeto de la presente Orden el establecimiento y regulación del precio público por la prestación del servicio de control de calidad de materiales verificado por laboratorios, centros o técnicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, cuando su solicitud sea voluntaria para los interesados.
Artículo 2. Elemento objetivo
Constituye el hecho generador del precio público la prestación del servicio de control de calidad de materiales verificado por laboratorios, centros o técnicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, cuando su solicitud sea voluntaria para los interesados.
Artículo 3. Sujetos obligados al pago
1. Son sujetos obligados al pago las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas que soliciten la prestación del servicio de control de calidad de materiales.
2. A tal fin, deberán formular la correspondiente solicitud dirigida al Director General de Obras Públicas de la Consejería de Vivienda, Obras Públicas y Transportes.
Artículo 4. Exigibilidad.
La obligación de pago nace en el momento de la prestación del servicio.
Artículo 5. Administración.
La Consejería de Vivienda, Obras Públicas y Transportes girará la correspondiente liquidación, que deberá ser debidamente notificada al interesado, con expresión de los plazos para su ingreso en período voluntario, de conformidad con lo establecido en la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y en el Reglamento General de Recaudación.
Artículo 6. Cuantía del precio público
El precio público a percibir por la prestación del servicio de control de calidad de materiales se determina de acuerdo con lo establecido en las tarifas que se indican en Anexo I a la presente Orden. Dichas tarifas serán objeto de actualización anual según la evolución del Índice de Precios al Consumo.
Artículo 7. Forma de pago
El pago del precio público establecido en la presente Orden, así como el resto de cantidades a que hacen referencia los artículos siguientes, se efectuará mediante transferencia en la cuenta de Caja Rioja número 2037 0070 79 01/015822/11.
Artículo 8. Gastos de desplazamiento
El solicitante deberá abonar asimismo los gastos de desplazamiento aplicados de conformidad con las disposiciones vigentes para el personal de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Disposición Adicional Única
La Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, será de aplicación en todo aquello no previsto en la presente Orden.
Disposición Final Única
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Logroño, 8 de agosto de 2003.- El Consejero de Hacienda y Empleo (El Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, p/s según Decreto 23/2003, de 1 de agosto), Antonino Burgos Navajas
Anexo I
Tarifas por la prestación del servicio de laboratorio para control de calidad de materiales de solicitud voluntaria
El precio público se exigirá según las siguientes tarifas:
1. Áridos para morteros y hormigones: | Euros | ||
1.1. Ensayos de áridos según EH-82 | |||
1.1.1. Análisis granulométrico (UNE 7132) | 35,20 | ||
1.1.2. Compuestos de azufre (UNE 7245) | 87,31 | ||
1.1.3. Terrones de arcilla (UNE 7133) | 24,40 | ||
1.1.4. Contenido de finos (UNE 7135) | 34,72 | ||
1.1.5. Partículas ligeras (UNE 7244) | 41,76 | ||
1.1.6. Estabilidad frente a soluciones de sulfato sódico o magnesio (UNE 7136) | 154,02 | ||
1.1.7. Reactividad potencial con alcalís cemento (UNE 7137) | 107,93 | ||
1.1.8. Partículas blandas (UNE 7134) | 62,91 | ||
1.1.9. Coeficiente de forma (UNE 7238) | 73,21 | ||
1.1.10. Materia orgánica (UNE 7082) | 27,67 | ||
1.2. Otros ensayos de áridos y materiales pétreos | |||
1.2.1. Humedad natural | 16,17 | ||
1.2.2. Absorción de agua | 27,67 | ||
1.2.3. Densidad real y aparente de los áridos | 24,40 | ||
1.2.4. Equivalente de arenas | 19,20 | ||
1.2.5.Ensayo de desgaste Los Ángeles | 66,18 | ||
1.2.6. Composición de áridos (granulometrías aparte) | 22,42 | ||
1.2.7. Índice de lajas y agujas | 48,81 | ||
1.2.8. Peso específico y absorción | 30,01 | ||
1.2.9. Sílice | 25,76 | ||
1.2.10. Carbonatos | 25,76 | ||
1.2.11. Pulimento acelerado de los áridos | 204,63 | ||
1.2.12. Caras fracturadas | 34,72 | ||
2. Hormigones y estabilizaciones de cemento: | |||
2.1. Hormigones: | |||
2.1.1. Curado, refrentado y ensayo a compresión de una probeta de hormigón (UNE 7240 y 7242) | 12,21 | ||
2.1.2. Estudio teórico y comprobación experimental de una desoficación de hormigón, incluyendo la fabricación de cuatro series amasadas distintas, de tres probetas cilíndricas de 15x30 cms. Curado, refrentado y ensayo a compresión sin incluir los ensayos necesarios de áridos. | 421,24 | ||
2.1.3. Determinación de la consistencia (Cono Abrams), cada determinación | 7,05 | ||
2.1.4. Determinación de aire ocluido | 20,62 | ||
2.1.5. Elaboración y ensayo de una serie de cuatro probetas con desplazamiento a obra distancia menor de 5 km. | 73,21 | ||
2.1.6. Control periódico obra S/EH-88 | según presupuesto | ||
2.1.7. Control de obras con esclerómetro | según presupuesto | ||
2.1.8. Humedad Natural | 10,30 | ||
2.1.9. Densidad aparente por inmersión | 24,40 | ||
2.1.10. Absorción de agua | 20,62 | ||
2.1.11. Extracción de testigos de hormigón mediante sonda mecánica de 100 mm. de diámetro | 111,72 | ||
2.1.12. Tallado, curado, refrentado y ensayo a compresión de un testigo de hormigón | 24,40 | ||
2.1.13. Prueba de carga | según presupuesto | ||
2.1.14. Medida esclerómetros (3 medidas) | 5,15 | ||
2.1.15. Módulo elasticidad hormigón (3 probetas) | 147,91 | ||
2.1.16. Módulo de Poisson hormigón (3 probetas) | 147,91 | ||
2.2. Estabilizaciónes de cemento: | |||
2.2.1. Fabricación y conservación de una serie de tres probetas de mezclas de suelo | 34,72 | ||
2.2.2. Estudio de una dosificación del suelo o grava-cemento (sin ensayos) | 20,62 | ||
2.2.3. Rotura de compresión simple de una probeta de suelo o grava-cemento 6"x7" | 10,29 | ||
2.2.4. Ensayo de apisonado para mezclas de suelo o grava-cemento. | 77,01 | ||
2.2.5. Humedad Natural | 10,29 | ||
3. Suelos: | |||
3.1. Clasificación: | |||
3.1.1. Por la apertura, descripción y preparación de muestras | 7,05 | ||
3.1.2. Análisis granulométrico por tamizado | 33,29 | ||
3.1.3. Análisis granulométrico sedimentación | 41,76 | ||
3.1.4. Material que pasa por tamiz Nº 200 | 20,62 | ||
3.1.5. Límites de Atterberg | 27,03 | ||
3.1.6. Comprobación de la no plasticidad | 15,46 | ||
3.1.7. Humedad natural | 10,30 | ||
3.1.8. Densidad aparente | 29,56 | ||
3.1.9. Peso específico | 34,72 | ||
3.1.10. Equivalente de arena | 20,62 | ||
3.1.11. Clasificación del suelo (H.R.B.) | 5,15 | ||
3.2. Análisis químicos | |||
3.2.1. Presencia de sulfatos | 10,30 | ||
3.2.2. Sulfatos | 30,92 | ||
3.2.3. Carbonatos | 30,92 | ||
3.2.4. Materia orgánica | 30,92 | ||
3.2.5. pH | 20,62 | ||
3.3. Compactación: | |||
3.3.1. Proctor normal | 52,60 | ||
3.3.2. Proctor modificado | 66,70 | ||
3.3.3. Índice de C.B.R. (proctor aparte) tres puntos | 109,98 | ||
3.3.4. Comprobación del grado de compactación, un punto | 19,25 | ||
3.3.5. Comprobación para campañas grandes, según presupuesto | |||
3.3.6. Determinación módulo de deformación con placa carga VSS | 91,11 | ||
4. Ligantes bituminosos | |||
4.1. Betunes asfálticos | |||
4.1.1. Densidad | 27,67 | ||
4.1.2. Contenido de agua | 27,67 | ||
4.1.3. Penetración a 25ºC | 27,67 | ||
4.1.4. Ductilidad a 25ºC | 45,02 | ||
4.1.5. Punto de inflamación Cleveland | 20,62 | ||
4.1.6. Pérdida de calentamiento | 20,62 | ||
4.1.7. Solubilidad en disolventes orgánicos | 55,33 | ||
4.1.8. Punto de fragilidad Frass | 55,33 | ||
4.1.9. Índice de penetración | 20,62 | ||
4.1.10. Punto reblandecimiento A y B | 27,67 | ||
4.1.11. Viscosidad Saybolt | 69,43 | ||
4.1.12. Índice de acidez | 20,62 | ||
4.1.13.Recuperación de gigantes para su caracterización | 82,47 | ||
4.1.14. Envejecimiento térmico de betunes | 82,47 | ||
4.1.15.Ductilidad a 5ºC | 65,64 | ||
4.1.16. Recuperación elástica betunes modificados | 61,85 | ||
4.1.17. Observación microscópica betunes modificados | 20,62 | ||
4.1.18. Ensayo flotador betunes | 41,23 | ||
4.2. Betunes asfásticos fludificados | |||
4.2.1. Viscosidad Saybolt-Furol | 69,43 | ||
4.2.2. Destilación | 82,47 | ||
4.2.3. Contenido de agua (en volumen) | 30,92 | ||
4.2.4. Ensayos sobre el residuo de destilación: los indicados para betunes asfálticos incrementados en el precio de la destilación | según presupuesto | ||
4.3. Emulsiones asfálticas: | |||
4.3.1. Viscosidad Saybolt-Furol | 69,43 | ||
4.3.2. Carga de las partículas | 20,62 | ||
4.3.3. pH | 30,92 | ||
4.3.4. Contenido de agua (en volumen) | 30,92 | ||
4.3.5. Destilación | 75,95 | ||
4.3.6. Sedimentación | 20,62 | ||
4.3.7. Tamizado | 20,62 | ||
4.3.8. Mezcla de cemento | 30,92 | ||
4.3.9. Envuelta con áridos | 20,62 | ||
4.3.10. Residuo por evaporación | 20,62 | ||
4.3.11. Resistencia al desplazamiento por agua | 30,92 | ||
4.3.12. Ensayos sobre el residuo de destilación: los indicados para betunes asfálticos, incrementados en el precio de la destilación | |||
5. Mezclas bituminosas: | |||
5.1. Filler | |||
5.1.1. Superficie específica | 20,62 | ||
5.1.2. Granulometría por tamizado | 33,29 | ||
5.1.3. Granulometría por sedimentación | 41,23 | ||
5.1.4. Densidad aparente en tolueno | 30,92 | ||
5.1.5. Peso específico | 41,23 | ||
5.1.6. Coeficiente de emulsibilidad | 41,23 | ||
5.1.7. Coeficiente actividad hidrofílica | 30,92 | ||
5.2. Mezclas: | |||
5.2.1. Estudio de dosificación de áridos (granulometría aparte) | 55,95 | ||
5.2.2. Fabricación de tres probetas Marshall | 31,46 | ||
5.2.3. Peso específico de tres probetas Marshall | 20,62 | ||
5.2.4. Rotura de tres probetas Marshall | 20,62 | ||
5.2.5. Cálculo huecos mezclas (tres probetas) | 20,62 | ||
5.2.6. Fabricación de tres probetas de inmersión compresión | 48,81 | ||
5.2.7. Peso específico de tres probetas de inmersión compresión | 20,62 | ||
5.2.8. Rotura de las probetas de compresión simple (tres probetas) | 20,62 | ||
5.2.9. Inmersión y rotura de probetas a compresión simple (tres probetas) | 96,57 | ||
5.2.10. Contenido de gigante en mezclas con disolvente | 55,49 | ||
5.2.11. Granulometría áridos extraídos de mezcla | 34,72 | ||
5.2.12. Peso específico de los áridos impregnados en betún | 43,13 | ||
5.2.13. Adhesividad | 34,72 | ||
5.2.14. Fabricación y cálculo de características Marshall de laboratorio | 168,86 | ||
5.2.15. Ensayo completo de inmersión-compresión | 186,60 | ||
5.2.16. Extracción de testigos con sonda mecánica | 56,39 | ||
5.2.17. Extracción en campañas grandes, según presupuesto | |||
5.2.18. Desgaste cántabro | 90,05 | ||
5.2.19. Resistencia al deslizamiento con Péndulo TRRL (6 puntos) | 30,92 | ||
5.2.20. Medida textura con círculo de arena (6 puntos) | 34,72 | ||
5.2.21. Resistencia a compresión diametral de mezclas bituminosas (ensayo Brasileño) | 69,43 | ||
5.2.22. Contenido de betún. Método incineración | 22,42 |