Cédula de notificación
D/ña. Izaskun Ortuzar Abando, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Ocho de Bilbao (Vizcaya), hago saber:
Que en autos nº 377/04, Ejecución nº 32/05 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de D/ña. Nicra 7 S.L. contra la empresa Tomas de Diego Angulo, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente:
Providencia Del Ilmo. Sr. Magistrado D/ña. Ana Isabel Morata Escalona
En Bilbao (Vizcaya), a veintitrés de septiembre de dos mil cinco.
Únase a los autos de su razón el precedente exhorto del Juzgado de Paz de Burela, sin cumplimentar por no haber sido localizado en dicha localidad el ejecutado Tomás de Diego Angulo.
Visto el estado de las presentes actuaciones, y resultando que aún queda pendiente de satisfacer un principal, intereses legales y costas provisionales por importe, respectivamente, de 152'63 euros y 30'53 euros, se acuerda dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial por plazo de quince días, al amparo de lo dispuesto en el artículo 274 de la Ley de Procedimiento Laboral, a fin de que inste la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe los bienes del deudor de los que tenga constancia.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, con expresión de la infracción que se imputa a la resolución impugnada (artículo 452 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil) sin que su mera interposición suspenda la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Lo manda y firma S.Sª. Doy fe.
El/La Magistrado-Juez. El/La Secretario Judicial
Y para que le sirva de Notificación en legal forma a Tomas de Diego Angulo, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de La Rioja, en Bilbao (Vizcaya) a veintitrés de septiembre de dos mil cinco.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
El/La Secretario Judicial.