Gobierno de La Rioja

Núm. 33
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Sábado 10 de marzo de 2007
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
III.A.8

Resolución de 20 de febrero de 2007, de la Dirección General de Educación, por la que se modifica la autorización del centro docente privado "La Salle-El Pilar" de Alfaro

Examinado el expediente iniciado a instancia de D. Carmelo Oteo Novoa, actuando en nombre y representación del Centro Privado Concertado "La Salle-El Pilar", con domicilio en Plaza Bretón, nº 1 de Alfaro (La Rioja), solicitando modificación de la autorización del centro, para ampliación de una unidad de segundo ciclo de Educación Infantil.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación ("Boletín Oficial del Estado" del 4); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación ("Boletín Oficial del Estado" del 4); el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 10), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas escolares de régimen general; el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril ("Boletín Oficial del Estado" del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y el Informe emitido por el Área Técnica.

La Dirección General de Educación, en ejercicio de las facultades legalmente atribuidas, resuelve:

Primero.- Modificar, de acuerdo con los artículos 13 y 14 del Real Decreto 332/1992, la autorización de apertura y funcionamiento del Centro docente privado "La Salle-El Pilar", de Alfaro (La Rioja), por ampliación de una unidad de segundo ciclo de Educación Infantil. La configuración definitiva del centro queda de la siguiente manera:

A) Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación específica: "La Salle-El Pilar"

Titular: Religiosas de Nuestra Señora del Pilar e Instituto de Hermanos de las Escuelas Cristianas

Código: 26003040



Domicilio: Plaza Bretón, nº 1 Localidad: Alfaro
Municipio: Alfaro Provincia: La Rioja.

Enseñanzas autorizadas: Educación Infantil.

Capacidad: 4 unidades, 100 puestos escolares.

B) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.

Denominación específica: "La Salle-El Pilar"

Titular: Religiosas de Nuestra Señora del Pilar e Instituto de Hermanos de las Escuelas Cristianas

Código: 26003040



Domicilio: Plaza Bretón, nº 1 Localidad: Alfaro
Municipio: Alfaro Provincia: La Rioja.

Enseñanzas autorizadas: Educación Primaria.

Capacidad: 7 unidades, 175 puestos escolares.

C) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: "La Salle-El Pilar"

Titular: Religiosas de Nuestra Señora del Pilar e Instituto de Hermanos de las Escuelas Cristianas

Código: 26003040



Domicilio: Plaza Bretón, nº 1 Localidad: Alfaro
Municipio: Alfaro Provincia: La Rioja.

Enseñanzas autorizadas: Educación Secundaria Obligatoria

Capacidad: 7 unidades, 210 puestos escolares

Segundo.- La modificación de la autorización administrativa de los centros afecta a niveles de enseñanza incluidos en el Régimen de Concierto Educativo con esta Administración.

Tercero.- La presente modificación de la autorización surtirá efectos a partir del curso escolar 2007/2008 y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de La Rioja a los efectos oportunos.

Cuarto.- Los centros deberán cumplir la Norma Básica de Edificación NBE-CPI/96 de condiciones de protección contra incendios de los edificios, aprobada por Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre ("Boletín Oficial del Estado" del 29). Todo ello sin perjuicio de que hayan de cumplirse otros requisitos exigidos por la normativa municipal o autonómica correspondiente.

Quinto.- El personal que atienda las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil autorizadas deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el artículo 92.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE del 4), el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre (BOE del 10) y la Orden Ministerial de 11 de octubre de 1994 (BOE del 19).

Sexto.- Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Resolución.

Séptimo.- Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el excelentísimo Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución; todo ello de conformidad con lo previsto en el Art. 52.1 de la Ley 4/2005 de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en relación con los artículos 114 y ss de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Logroño, 20 de febrero de 2007.- El Director General de Educación, Juan Antonio Gómez Trinidad.

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