Gobierno de La Rioja

Núm. 16
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Jueves 31 de enero de 2008
JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 3 DE EL FERROL
III.E.61

Edicto

D./Dña. Secretario del Juzgado de Instrucción número 3 de El Ferrol Doy fe y testimonio que en el juicio de faltas nº 505 /2007 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia nº

En Ferrol, a 3 de enero de 2008.

Habiendo visto y oído Doña Mónica Ramírez Encinas, Juez del Juzgado de Instrucción nº 3de Ferrol de, los presentes autos de Juicio de Faltas, seguidos bajo el núm. 505/07, por una falta de hurto en los que han intervenido: el Ministerio Fiscal en ejercicio de la acción pública, D. Enrique Santalla Souto, Benigno Yañez Ardao, Fernando Filgueira Otero como denunciantes y D. George Bogueradze, Giorgi Saveliev, Vladimir Khazhalia como denunciados.

Fallo

Condeno a D. George Bogueradze, Giorgi Saveliev, Vladimir Khazhalia como autores penalmente responsable de una falta continuada de hurto del artículo 623.1 del Código Penal en relación con el artículo 74 del mismo cuerpo legal, a la pena de 2 meses de multa con una cuota diaria de cinco euros, y que indemnicen conjunta y solidariamente al Representante Legal de del establecimiento Comercial Jamonería el Mundo sito en la Calle María de esta ciudad la cantidad de 250 euros, así como

Condeno a D. Vladimir Dhazhalia como autor penalmente responsable de una falta de daños del artículo 625.1 del Código Penal a la pena de 20 días de multa con una cuota diaria de cinco euros, y que indemnice al representante legal del supermercado Gadis sito en la Plaza de Ultramar de esta ciudad la cantidad de 220 euros, así como al abono de las costas procesales causadas.

Dedúzcase testimonio de la presente resolución que se unirá a los autos.

La presente resolución, que se notificará a las partes, es susceptible de recurso de apelación que habrá de interponerse por escrito ante este Juzgado, en el plazo de cinco días desde su notificación, cumpliendo con lo preceptuado en el artículo 790 y 973 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a George Bogueradze, Vladimir Khazhalia, Giorgi Saveliev, actualmente paradero desconocido y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido la presente en Ferrol a quince de enero de dos mil ocho.- El/la Secretario.

¿Te ha resultado útil el contenido de esta página?
¡Gracias por tu valoración!
Al 61% de las personas esto les resultó útil.
Subir