Gobierno de La Rioja

Núm. 135
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 17 de octubre de 2008
AYUNTAMIENTO DE ARNEDO
III.C.6

Información pública de la aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal Reguladora de las Sanciones en materia de Tráfico y Seguridad Vial

«Información pública de la aprobación definitiva de la «Ordenanza Municipal Reguladora de las Sanciones en materia de Tráfico y Seguridad Vial».

Sometido a exposición pública el acuerdo de aprobación inicial de la «Ordenanza Municipal Reguladora de las Sanciones en materia de Tráfico y Seguridad Vial», adoptado por el Ayuntamiento Pleno en la sesión de fecha 30 de julio de 2008, mediante la publicación de anuncios en el Boletín Oficial de La Rioja nº 107, de 11 de agosto de 2008, y en el Tablón de Edictos de esta Corporación, el plazo de exposición pública de 30 días ha finalizado el pasado día 17 de septiembre de 2008, sin que hayan sido formuladas alegaciones, sugerencias o reclamaciones por los interesados, elevándose a definitivo el acuerdo hasta entonces provisional.

La vigencia del presente Reglamento se iniciará una vez transcurridos 15 días desde la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de La Rioja, en atención a los artículos 151 de la Ley 1/2003 de Administración Local de La Rioja, y 65.2. de la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local.

Ordenanza Municipal Reguladora de las Sanciones en Materia de Tráfico y Seguridad Vial.

Exposición de Motivos

El artículo 25.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local establece como competencia de los Municipios la «Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas»; así mismo, el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial regula, como competencias de los Municipios, en sus apartados a): la ordenación y control del tráfico en las vías urbanas de su titularidad, así como su vigilancia por medio de agentes propios, la denuncia de las infracciones que se cometan en dichas vías y la sanción de las mismas cuando no esté expresamente atribuida a otra Administración, y b) La regulación mediante Ordenanza Municipal de Circulación, de los usos de las vías urbanas, haciendo compatible la equitativa distribución de los aparcamientos entre todos los usuarios con la necesaria fluidez del tráfico rodado y con el uso peatonal de las calles, así como el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, con el fin de garantizar la rotación de los aparcamientos, prestando especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad que tienen reducida su movilidad y que utilizan vehículos, todo ello con el fin de favorecer su integración social.

En el municipio de Arnedo no existe una Ordenanza reguladora de las sanciones por infracción al reglamento general de circulación, situación que aconseja dotar de una mínima regulación para su adaptación a la evolución normativa en materia de Tráfico y Seguridad Vial.

Como en esta materia las normas son modificadas o incluso derogadas en breves espacios de tiempo, lo que obliga a hacer constar su reflejo en la propia normativa municipal, se propone una articulación que no hace sino efectuar una remisión genérica a normativa en materia de Tráfico y Seguridad Vial para garantizar su vigencia y la posibilidad de aplicar siempre la legislación en vigor en una materia tan fundamental como es la que nos ocupa.

El principal objetivo de este texto normativo es la fijación de la cuantía sancionadora aplicable a los diversos tipos de infracción, dentro de los umbrales previstos en la legislación aplicable y, del mismo modo, garantizar la plena aplicabilidad en Arnedo del carné por puntos.

En consecuencia, se trata de regular la potestad sancionadora en materia de tráfico del Excmo. Ayuntamiento de Arnedo en el marco de los cambios legislativos que se han producido y que evolucionan rápidamente.

Texto Articulado

Artículo 1.

La presente ordenanza tiene como objetivo regular las infracciones en materia de Tráfico y Seguridad Vial cuya sanción es competencia del Excmo. Ayuntamiento de Arnedo, así como el establecimiento de la cuantía de las multas dentro de los umbrales previstos la legislación vigente y su adecuación a la regulación del carné por puntos.

Artículo 2.

Compete al Excmo. Ayuntamiento de Arnedo, por medio de los Agentes de la Policía Local, la denuncia de las infracciones que se cometan en las vías urbanas del Término Municipal de Arnedo, así como la sanción de las mismas, cuando no esté expresamente atribuida a otra Administración, ello sin perjuicio de las denuncias de carácter voluntario recogidas en el artículo 7 del Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial.

Artículo 3.

Las infracciones sancionables por el Excmo. Ayuntamiento de Arnedo serán aquellas que se establezcan en la normativa vigente en materia de Tráfico y Seguridad Vial y cuya competencia sancionadora pertenezca a este Ayuntamiento.

La sanción por infracciones a normas de circulación cometidas en vías urbanas corresponderá al Alcalde, el cual podrá delegar esta facultad de acuerdo con la legislación aplicable.

En los casos previstos en los apartados anteriores de este artículo, la competencia para imponer la suspensión del permiso o licencia de conducción corresponde al Jefe Provincial de Tráfico.

Artículo 4.

Los Agentes de la Policía Local, observada una infracción en materia de Tráfico y/o Seguridad Vial, comprobarán si el hecho es uno de los recogidos en la legislación vigente en la materia que nos ocupa, extendiendo el correspondiente boletín de denuncia en el que hará constar provisionalmente, y sin perjuicio de la instrucción del expediente, si la infracción es leve, grave o muy grave,así como la cuantía de la sanción aplicable.

Artículo 5.

1. Recibida la denuncia en el Negociado correspondiente del Ayuntamiento de Arnedo, se procederá a la calificación de los hechos y graduación de la multa en base a la verificación de la calificación consignada en la misma por el Agente denunciante, impulsándose la ulterior tramitación o proponiéndose por el órgano instructor a la autoridad competente bien la correspondiente resolución sancionadora o bien la declaración de inexistencia de infracción en aquellos casos de que los hechos denunciados no fuesen constitutivos de la misma.

En aquellos casos que no fuera posible identificar al autor de los hechos en el momento de la comisión de la infracción, se procederá en primer término a su identificación mediante requerimiento al titular del vehículo, en la forma y con las consecuencias reguladas en la normativa de tráfico y seguridad vial.

2. Sin perjuicio de que los órganos competentes puedan comprobar los hechos a que se refieran, en los casos en que puedan suponer un riesgo para la seguridad vial, las denuncias de carácter anónimo serán archivadas sin que deban efectuarse ulteriores trámites al respecto.

Artículo 6.

1. El cuadro de infracciones y sanciones aplicables es el contenido en el ANEXO a la presente Ordenanza, trata de establecer una graduación adecuada entre la gravedad y trascendencia del hecho, sin perjuicio de las consecuencias que puedan derivarse de los antecedentes del infractor y su condición de reincidente, al peligro potencial creado para él mismo y para los demás usuarios de la vía y al criterio de proporcionalidad, de acuerdo con los límites establecidos en el artículo 67 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

2. No tendrán el carácter de sanciones las medidas cautelares o preventivas que se puedan acordar con arreglo a la normativa reguladora en materia de Tráfico y Seguridad Vial y conforme se establece en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 7.

En el caso que la persona autora de los hechos que han dado lugar a la incoación del correspondiente procedimiento sancionador, quisiera hacer efectivo el pago de la sanción, previamente a la notificación de la resolución del expediente, podrá hacerlo abonando las cantidades propuestas en la instrucción del mismo.

Las sanciones de multa podrán hacerse efectivas con una reducción del 30 por ciento sobre la cuantía correspondiente que se haya consignado correctamente en el boletín de denuncia por el agente o, en su defecto, en la notificación posterior de dicha denuncia realizada por el instructor del expediente, siempre que dicho pago se efectúe durante los 30 días naturales siguientes a aquel en que tenga lugar la citada notificación. El abono anticipado con la reducción anteriormente señalada, salvo que proceda imponer además la medida de suspensión del permiso o de la licencia de conducir, implicará únicamente la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos correspondientes.

Artículo 8.

En el caso de infracciones graves y muy graves el Instructor del expediente comunicará a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente los hechos que han motivado la incoación del correspondiente procedimiento sancionador en materia de tráfico, a los efectos de la procedencia de imponerse, además de la sanción pecuniaria, en su caso, la de suspensión del permiso o licencia de conducción así como la pérdida de los puntos que correspondiese descontar del crédito que posea el infractor en su permiso o licencia de conducción.

Artículo 9.

Las cuestiones relativas a la tramitación del procedimiento sancionador y régimen de recursos se regirán por lo dispuesto en la normativa vigente en materia de Tráfico y Seguridad Vial.

Disposición Adicional.

Será de aplicación la normativa vigente en materia de Tráfico y Seguridad Vial, así como en materia de Régimen Sancionador, en todo aquello que no sea regulado por esta Ordenanza.

Disposición Derogatoria.

Queda derogada cualquier disposición municipal de carácter general que se oponga a la presente.

Disposicion Final.

La vigencia del presente Reglamento se iniciará una vez transcurridos 15 días desde la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de La Rioja, en atención al artículo 151 de la Ley 1/2003 de Administración Local de La Rioja, que se realizará una vez aprobada definitivamente, y seguirá en vigor en tanto no se acuerde su modificación o derogación.

Anexo

Cuadro de Infracciones y Sanciones en Materia de Tráfico y Seguridad Vial.

Infracciones a señales de circulación

Cuando el incumplimiento de una señal suponga trasgresión a otra norma específica, se denunciará conforme a dicha norma. En caso contrario, se denunciará el incumplimiento de la señal correspondiente

Relación Codificada de Infracciones



Usuarios
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
002 1 1 A L Comportarse indebidamente en la circulación (Deberá indicarse detalladamente el comportamiento y/o el tipo de molestia causado) 90
Conductores
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
003 1 2 A MG 6 Conducir de forma manifiestamente temeraria.(Describir con detalle la conducta merecedora del calificativo de temeraria) 301
003 1 2B G 4 Conducir de forma negligente creando un riesgo para otros usuarios de la vía (Deberá detallarse, de modo sucinto y claro, la conducta y el
riesgo de implica) 150
Actividades que afectan a la seguridad en la circulación
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
004 0 01 L Dejar sobre la vía objetos o materias que pueden entorpecer la libre circulación. (Deberá indicarse el objeto o materia depositada y la molestia causada) 45
004 0 02 L Dejar sobre la vía objetos o materias que pueden entorpecer la parada y el estacionamiento. (Deberá indicarse el objeto o materia depositada y la
molestia causada). 45
Señalización de obstaculos o peligros
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
005 1 1 A L No hacer desaparecer lo antes posible un obstáculo o peligro de la vía por quien lo ha creado. (Deberá indicarse el obstáculo o peligro existente). 45
005 3 1 A L No señalizar de forma eficaz un obstáculo o peligro en la vía por quien lo ha creado. (Deberá indicarse la señalización empleada o la falta de la misma). 45
Prevención de incendios
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
006 0 2 B G 4 Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes. (Deberá detallarse el objeto y el tipo de riesgo creado) 91
Emisión de perturbaciones y contaminantes: Se denunciará por el Artículo 11del Reglamento General de Vehículos
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
007 2 1 A L Circular con el vehículo reseñado con el escape libre, sin silenciador de explosiones o con este ineficaz 45
007 2 1 B L Circular con el vehículo reseñado de combustión interna, lanzando humos que pueden dificultar la visibilidad a los conductores de otros vehículo o
resultar nocivos 45
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
009 1 2 A L Transportar en el vehículo reseñado un número de personas superior al de plazas autorizadas, sin que el exceso de ocupación supere en
un 50% dicha plazas 90
009 3 2 A MG 4 Conducir un vehículo ocupado por un número de personas que exceda del 50% del número de plazas autorizadas, excluido el
conductor. (No aplicable a los conductores de autobuses urbanos ni interurbanos) 301
Emplazamiento y acondicionamiento de las personas
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
10 1 1 A L Transportar personas en un vehículo en emplazamiento distinto al destinado y acondicionado para ellas 45
Transporte colectivo de personas
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
011 1 01 L Efectuar paradas o arrancadas bruscas el conductor de un transporte colectivo de personas 45
011 1 02 L No parar lo mas cerca posible del borde derecho de la calzada el conductor de un transporte colectivo de personas 45
011 1 03 L No respetar el conductor o encargado de un vehículo destinado al servicio público de transporte las obligaciones establecidas
reglamentariamente (Especificar el incumplimiento) 45
011 2 01 L No respetar el viajero de un vehículo destinado al servicio público de transporte las obligaciones establecidas reglamentariamente
(Especificar el incumplimiento) 45
Normas relativas a ciclos, ciclomotores y motocicletas
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
012 1 3 A L Circular 2 personas en un ciclo en condiciones distintas a las reglamentarias (Especificar el incumplimiento) 45
012 2 2 A L Circular 2 personas en el vehículo reseñado en condiciones distintas a las reglamentarias (Especificar el incumplimiento) 45
012 2 2 C G 2 Circular con menores de doce años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores en condiciones distintas a las reglamentarias.
(Deben tenerse en cuenta las excepciones reglamentarias para mayores de 7 años). Especificar el incumplimiento 91
012 4 1 A L Circular el vehículo reseñado arrastrando un remolque en condiciones distintas a las reglamentarias (especificar el incumplimiento) 45
Dimensiones del vehículo y su carga: Se denunciará por el Reglamento General de Vehículos Art 14
Disposición de la carga
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
014 1 A 1 A L Circular con el vehículo reseñado cuya carga puede caer sobre la vía a causa del indebido acondicionamiento de la misma
(Atención a las infracciones contempladas en la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres) 45
014 1 C 1 A L Circular con el vehículo reseñado cuya carga transportada produce polvo y molestias para los demás usuarios 45
014 1D 1 A L Circular con el vehículo reseñado en el que la indebida disposición de las carga oculta los dispositivos de señalización 45
014 2 1 A L Circular con un vehículo sin cubrir, total y eficazmente, las materias transportadas que producen polvo o pueden caer. 45
Dimensiones de la carga
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
015 1 1 A L Circular con el vehículo reseñado cuya carga sobresale de la proyección en planta, incluida la carga indivisible. 45
015 6 1 A L No señalizar reglamentariamente la carga que sobresale longitudinalmente del vehículo reseñado 45
015 7 1 A L No señalizar reglamentariamente la carga que sobresale lateralmente del gálibo del vehículo reseñado 45
Operaciones de cargay descarga
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
016 0 01 L Realizar en la vía operaciones de carga y descarga ocasionando peligro y/o perturbando a otros usuarios (Detallar el incumplimiento)
(Tener en cuenta OO.MM) 45
Control de vehículos o animales
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
017 2 01 L Comportarse indebidamente el conductor de caballerías, ganado o vehículos de carga de tracción animal (Deberá detallarse el comportamiento) 45
Obligaciones del conductor
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
018 1 1 A L Conducir el vehículo reseñado sin mantener la propia libertad de movimientos (Deberán indicarse, los hechos en que se concreta la infracción) 45
018 1 1 B L Conducir un vehículo sin mantener el campo de visión (Deberán indicarse, los hechos en que se concreta la infracción) 45
018 1 1 C L Conducir un vehículo sin mantener la atención permanente a la conducción (Deberá indicarse, los hechos en que se concreta la infracción) 45
018 1 1 D L Conducir un vehículo sin cuidar de la adecuada colocación de los objetos transportados para que no interfieran la conducción
(Deberá indicarse, los hechos en que se concreta la infracción) 45
018 1 1 E L Conducir un vehículo sin cuidar de la adecuada colocación de algún animal transportado para que no interfiera la conducción
(Deberán indicarse, los hechos en que se concreta la infracción) 45
018 1 1 F G 3 Circular con un vehículo utilizando el conductor dispositivos visuales incompatibles con la atención permanente a la conducción.
(deberá especificarse el dispositivo utilizado) 91
018 2 2 C G 3 Conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido 91
018 2 2 D G 3 Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo incompatible con la obligatoria atención permanente a la
conducción.(Deberá especificarse el dispositivo utilizado) 91
018 3 1 A G 2 Circular con el vehículo reseñado llevando instalado un mecanismo o sistema encaminado a eludir la vigilancia del tráfico.
(Deberá concretarse el mecanismo o sistema y si se trata de un sistema de detección de radares) 91
Visibilidad en el vehículo
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
019 1 2 A G Conducir con un vehículo cuya superficie acristalada no permite a su conductor la visibilidad diáfana de la vía por la colocación de
láminas adhesivos, cortinillas u otros elementos no autorizados. 91
Tasas de alcohol en sangre
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
020 1 3 A MG 6 Circular con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,25 mg/l, que es la reglamentariamente establecida, sobrepasando
los 0,50mg/l.(Para conductores en general).(Pruebas siempre con etilómetros homologados, y tomando como referencia el valor de la segunda prueba)* 600
020 1 3 B MG 6 Circular con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,15mg/l, que es la reglamentariamente establecida, sobrepasando
los 0,30mg/l. (Para conductores profesionales y noveles).(Pruebas siempre con etilómetros homologados, y tomando como
referencia el valor de la segunda prueba).* 600
020 1 3C1 MG 4 Circular con una tasa de alcohol en aire espirado de 0,26mg/l a 0.31mg/l. (Para conductores en general).(Pruebas siempre con etilómetros
homologados, y tomando como referencia el valor de la segunda prueba)* 450
020 1 3C2 MG 4 Circular con una tasa de alcohol en aire espirado de 0,32mg/l a 0,34mg/l. (Para conductores en general). (Pruebas siempre con etilómetros
homologados, y tomando como referencia el valor de la segunda prueba)* 520
020 1 3C3 MG 4 Circular con una tasa de alcohol en aire espirado de 0,35mg/l a 0,50mg/l.(Para conductores en general). (Pruebas siempre con etilómetros
homologados, y tomando como referencia el valor de la segunda prueba)* 600
020 1 3D1 MG 4 Circular con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,16mg/l a 0,21mg/l.(Para conductores profesionales y noveles).(Pruebas
siempre con etilómetros homologados, y tomando como referencia el valor de la segunda prueba)* 450
020 1 3D2 MG 4 Circular con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,22mg/l a 0,24mg/l.(Para conductores profesionales y noveles). (Pruebas
siempre con etilómetros homologados, y tomando como referencia el valor de la segunda prueba).* 520
020 1 3D3 MG 4 Circular con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,25mg/l a 0,30mg/l. (Para conductores profesionales y noveles). (Pruebas
siempre con etilómetros homologados, y tomando como referencia el valor de la segunda prueba).* 600
Señalar fecha de antigüedad del permiso de conducir
Investigacion de la alcoholemia
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
021 0 2 A MG 6 Negarse a someterse a las pruebas de detección del grado de alcoholemia.(Especificar si el conductor presenta o no síntomas evidentes
de estar bajo la influencia de bebidas alcohólicas, a los posibles efectos penales) 450
Obligaciones del personal sanitario
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
026 1 01 G Negarse el personal sanitario de un centro médico a la toma de muestras para determinar el grado de alcoholemia de la persona que
desea someterse a tal prueba 300
026 1 02 G Negarse el personal sanitario de un centro médico a remitir al laboratorio las muestras obtenidas para la determinación del grado de
alcoholemia de la persona que desea someterse a tal prueba 300
026 1 03 G No dar cuenta el personal sanitario de un centro médico a la autoridad correspondiente del resultado de análisis clínico realizado para
determinar el grado de alcoholemia 300
026 1 04 G Omitir el personal sanitario en la comunicación los datos exigidos 150
Estupefacientes y sustancias análogas
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
027 1 1 A MG 6 Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias análogas.(Especificar las condiciones y
los síntomas del denunciado) 301
Investigacion de estupefacientes y sustancias análogas
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
028 1 1 A MG 6 Negarse a someterse a las pruebas de detección de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias análogas. 301
Sentido de la circulación
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
029 1 1 C L Circular por una vía de doble sentido de circulación, sin arrimarse lo más cerca posible al borde derecho de la calzada para mantener
la separación lateral suficiente que permita cruzarse con seguridad 90
029 1 2 A MG 6 Circular por la izquierda en vía de doble sentido de la circulación en sentido contrario al establecido sin efectuar adelantamiento alguno 301
Calzadas con doble sentido
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
030 1 1 A L Circular por el arcén, no existiendo razones de emergencia, con el vehículo automóvil reseñado 45
030 1 B 1 A L Utilizar el carril central de una calzada con doble sentido de circulación y tres carriles separados por marcas longitudinales
discontinuas, sin deberse a un adelantamiento ni a un cambio de dirección 45
030 1 B 2 B MG 6 Circular por el carril más a la izquierda en sentido contrario al estipulado, en una calzada de doble sentido de circulación y tres
carriles separados por marcas viales 301
Calzadas con mas de un carril para el mismo sentido
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
031 0 1 A L Circular fuera de poblado por un carril distinto del situado más a la derecha, en calzada con mas de un carril para el mismo sentido
de marcha, entorpeciendo la circulación de otro vehículo que le sigue 45
Calzadas con tres o más carriles
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
032 0 1 A L Circular fuera de poblado con el reseñado vehículo por un carril distinto del situado mas a la derecha, en calzada de tres o más
carriles para el mismo sentido, entorpeciendo la marcha de otro que le sigue 45
032 0 1 B L Circular fuera de poblado por un carril distinto de los dos situados mas a la derecha en calzada de tres o más carriles para el mismo
sentido.(Sólo afecta a determinados vehículos descritos en este precepto) 45
Calzadas en poblado con mas de un carril
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
033 0 01 L Circular con el vehículo reseñado por calzada de poblado con al menos dos carriles para el mismo sentido delimitados por marcas
longitudinales, entorpeciendo la circulación de otro vehículo que le sigue. (Tener en cuenta el artículo 3) 45
033 0 02 L Circular con el vehículo reseñado por calzada de poblado con al menos dos carriles para el mismo sentido delimitados por marcas
longitudinales, cambiando de carril sin motivo justificado 45
Utilización de carriles reservados
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
035 2 1 B G 6 Circular por un carril de alta ocupación (VAO), en sentido contrario al establecido 300
Utilización de los arcenes
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
036 1 1 A L No circular por el arcén transitable o utilizando más de la parte imprescindible de la calzada el conductor del vehículo reseñado
estando obligado a utilizarlo 45
036 2 1 A L Circular en posición paralela con otro vehículo, teniendo ambos prohibida dicha forma de circular 45
Ordenación especial del tráfico
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
037 1 3 A MG Circular sin autorización por una vía contraviniendo la ordenación determinada por la autoridad competente por razones de
fluidez y seguridad del tráfico (sancionable conforme al artículo 67.2 de la L.S.V.) 301
037 1 2 B MG 6 Circular en sentido contrario al ordenado por la autoridad competente por razones de fluidez o seguridad del tráfico 301
Circulación en autopistas y autovias
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
038 1 2 A G 4 Circular por autopistas o autovías con vehículos con los que está expresamente prohibido 300
038 2 1 A L No abandonar una autopista por la primera salida el conductor del vehículo reseñado cuando por razones de emergencia se vea
obligado a circular a velocidad anormalmente reducida 90
038 3 3 A G 4 Circular por autopistas o autovías con el vehículo especial reseñado careciendo de autorización 300
Limitaciones a la circulación
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
039 4 2 A MG Circular contraviniendo las restricciones temporales a la circulación impuestas por los agentes encargado de la vigilancia del
tráfico.(Sancionable conforme al artículo 67.2 de la L.S.V., según redacción dada por la Ley 19/2001, de 19 de Diciembre) 301
039 5 2 A MG Circular con el vehículo reseñado en un tramo restringido careciendo de la autorización especial correspondiente
(Sancionable conforme al artículo 67.2 de la L.S.V., según redacción dada por la ley 19/2001 de 19 de Diciembre) 301
039 8 1 A MG Circular con un vehículo sometido a restricciones de circulación en sentido contrario al estipulado por la autoridad 301
Carriles reservibles
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
040 1 2 A G Circular por un carril reversible sin llevar encendido el alumbrado de cruce 91
040 2 2 A MG 6 Circular por un carril reversible en sentido contrario al estipulado (Válido para cualquier carril reversible, excepto VAO) 301
Carriles en sentido contrario
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
041 1 2 A MG Circular por un carril habilitado para la circulación en sentido contrario al habitual con un vehículo no autorizado reglamentariamente 301
041 1 3 A MG Circular en sentido contrario al estipulado (se denunciarán por este concepto, tanto a los que circulando por el carril
habilitado invaden el contiguo en sentido contrario, como los que circulando por este invaden el habilitado) 301
041 1 1 B G Circular por un carril habilitado para la circulación en sentido contrario al habitual sin llevar encendido el alumbrado de cruce 91
041 1 3 C MG 6 Desplazarse lateralmente a un carril contiguo destinado al sentido normal de la circulación desde otro carril habilitado para la
circulación en sentido contrario al habitual 301
041 1 2 D MG Desplazarse lateralmente a un carril contiguo, reservado para la circulación en sentido contrario al habitual, desde otro carril
destinado al sentido normas de la circulación 301
041 1 1 E G Circular por un carril destinado al sentido normal de circulación, contiguo al habilitado para la circulación en sentido
contrario, sin llevar encendido el alumbrado ce cruce 91
Carriles adicionales de circulación
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
042 1 1 A L Circular por un carril adicional de circulación sin llevar encendido el alumbrado de cruce 45
042 1 2 B G Desplazarse lateralmente a un carril destinado al sentido normal de la circulación desde un carril adicional, invadiendo el sentido contrario 91
042 1 2 C G Desplazarse lateralmente desde un carril de sentido normal de circulación a un carril adicional, invadiendo el sentido contrario 91
042 1 2 D MG 6 Circular por un carril adicional en sentido contrario al estipulado (Se denunciarán por este concepto tanto, a los que circulando
por el carril adicional invaden el contiguo en sentido contrario, como los que circulando por éste invaden el adicional) 301
Refugios, isletas o dispositivos de guía
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
043 1 2 A MG 6 Circular en sentido contrario al estipulado en vía de doble sentido de circulación, donde existe una isleta, un refugio o un dispositivo de guía 301
043 2 2 A MG 6 Circular por una plaza, glorieta o encuentro de vías en sentido contrario al estipulado 301
Calzadas: utilización
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
044 0 2 A MG 6 Circular en sentido contrario al estipulado en vía dividida en más de una calzada 301
Moderación de la velocidad
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
046 1 1 A G Circular con un vehículo sin moderar la velocidad y, en su caso, sin detenerse cuando lo exigen las circunstancias,
(Deberán indicarse sucintamente tales circunstancias, presencia de peatones, ciclistas, etc) 150
Velocidades máximas en vias fuera de poblado
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
048 1 1 A G Circular a .....Km/h, estando limitada la velocidad a ...Km/h *
048 1 1 B MG Circular a ......Km/h estando limitada la velocidad a....Km/h *
Velocidades mínimas
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
049 1 1 A G Circular a velocidad anormalmente reducida, sin causa justificada, entorpeciendo la marcha de otro vehículo 91
049 1 1 B G Circular con un vehículo a motor a una velocidad inferior a 60Km/h por la autopista o autovía reseñada 91
049 3 1 A G Circular a velocidad inferior a la mínima exigida sin utilizar las luces indicadoras de dirección con señal de emergencia 91
Limites de velocidad en vías urbanas y travesias
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
050 1 1 A G Circular a .....Km/h, estando limitada la velocidad a ...Km/h *
050 1 1 B MG Circular a ......Km/h estando limitada la velocidad a....Km/h *

VELOCIDADES PREVALENTES



Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
052 1 2 A G Circular a .....Km/h, estando limitada la velocidad a ...Km/h *
052 1 2 B MG Circular a ......Km/h estando limitada la velocidad a....Km/h *
052 2 2 C G Circular sin llevar visible, en la parte posterior del vehículo, la señal reglamentaria de limitación de velocidad fijada a su
conductor o, en su caso, al vehículo reseñado 91
Limite de velocidad importe
Exención de multa 30 40 50 60 70 80 90 100 110 120 +3500kg
+9Viaje Resto vehículos
Hasta 40 Hasta 50 Hasta 60 Hasta 70 Hasta 80 Hasta 90 Hasta 100 Hasta 110 Hasta 121 Hasta 132 Sobreseer
Sin retirada de puntos 41 60 51 70 61 80 71 90 81 100 91 110 101 120 111 130 122 141 133 152 120 100
Graves 2 61 70 71 80 81 90 91 100 101 110 111 120 121 130 131 140 142 151 153 162 150 140
3 101 105 111 120 121 130 131 140 141 150 152 161 163 172 220 200
4 131 135 141 150 151 165 162 181 173 198 300 300
Muy graves 6 71 77 81 87 91 97 106 112 121 128 136 143 151 158 166 174 182 190 199 208 450 380
6 78 84 88 94 98 104 113 119 129 136 144 151 159 166 175 183 191 199 209 218 520 450
6 85 ó más 95 ó más 105 ó más 120 ó más 137 ó más 152 ó más 167 ó más 184 ó más 200 ó más 219 ó más 600 520
Reducción de velocidad
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
053 1 2 A G Reducir considerablemente la velocidad sin advertirlo previamente 91
053 1 1 B G Reducir bruscamente la velocidad con riesgo de colisión para los vehículos que le siguen 150
Distancia entre vehículos
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
054 1 1 A G 3 Circular detrás de otro vehículo sin dejar espacio libre que el permita detenerse, sin colisionar, en caso de frenada
brusca del que le precede. (No se denunciará por este precepto a los ciclistas que circulen en grupo) 91
054 2 1 A G Circular detrás de otro vehículo sin señalizar el propósito de adelantarlo con una separación que no permite, a su vez, ser
adelantado con seguridad (No se denunciará por este precepto a los ciclistas que circulen en grupo) 91
054 2 1 B G Circular con el vehículo reseñado detrás de otro sin señalar su propósito de adelantarlo, manteniendo una separación inferior a
50 metros (señalar tipo de vehículo) 91
Competiciones
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
055 2 1 A MG 6 Celebrar una competición entre vehículos sin autorización 301
055 2 1 B MG Celebrar una prueba deportiva competitiva sin autorización 301
055 2 1 C MG Realizar una marcha ciclista sin autorización 301
Prioridad en interseccicones señalizadas
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
056 2 2 A G 4 No ceder el paso en intersección señalizada, obligando al conductor de otro vehículo que circula con prioridad a frenar o
maniobrar bruscamente (indicar señalización) 150
Prioridad en intersecciones sin señalizar
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
057 1 2 A G 4 No ceder el paso en una intersección al vehículo que se aproxima por su derecha, obligando a su conductor a maniobrar bruscamente 150
057 1 C 2 A G 4 Acceder a una glorieta sin ceder el paso a un vehículo que circula por la misma 150
057 1 D 1 A G 4 Acceder a una autopista o autovía sin ceder el paso a un vehículo que circular por la misma 150
Normas generales sobre prioridad de paso
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
058 1 2 A G No mostrar con suficiente antelación, por su forma de circular y especialmente con la reducción paulatina de la velocidad,
que va a ceder el paso en una intersección 91
Intersecciones
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
059 1 1 A G Entrar con el vehículo reseñado en una intersección, quedando detenido de forma que impide la circulación transversal 91
059 1 1 B G Entrar con el vehículo reseñado en un paso de peatones, quedando detenido de forma que impide la circulación de los peatones 91
059 1 1 C G Entrar con el vehículo reseñado en un paso de ciclistas, quedando detenido de forma que impide la circulación de los ciclistas 91
Prioridad en tramos en obras y estrechamientos
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
060 1 1 A G No respetar la prioridad de paso de otro vehículo que ha entrado primero en un tramo estrecho no señalizado al efecto 150
060 5 1 A G No seguir las indicaciones del personal destinado a regular el paso en tramos en obras 91
Prioridad en puentes y obras señalizadas
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
061 0 1 A G No respetar la prioridad de paso en un estrechamiento de la calzada señalizado al efecto 91
Prioridad en ausencia de señalización
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
062 0 1 A G No respetar el orden de preferencia en estrechamiento no señalizado el conductor del vehículo reseñado que reglamentariamente debe dar marcha atrás 91
Prioridad en tramos de gran pendiente
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
063 0 1 A G No respetar la prioridad de paso el conductor del vehículo reseñado en tramo estrecho de gran pendiente 91
Normas generales y prioridad de paso de ciclistas
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
064 0 2 A G 4 No respetar la prioridad de paso para ciclistas, con riesgo para éstos (deberá indicarse la prioridad) 91
064 0 2 B G No respetar la prioridad de paso para ciclistas. (Sólo para supuestos en los que el agente perciba ausencia de riesgo inmediato para ciclistas) 91
Prioridad de los conductores sobre los peatones
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
065 1 2 A G 4 No respetar la prioridad de paso de los peatones, con riesgo para éstos (deberá indicarse la prioridad) 91
065 1 2 B G No respetar la prioridad de paso de los peatones.(Sólo para supuestos en los que el agente perciba ausencia de riesgo inmediato para peatones) 91
Prioridad de paso de los conductores sobre los animales
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
066 1 1 A G No respetar la prioridad de paso de los animales, con riesgo para éstos (deberá indicarse la prioridad) 91
Condcutores de vehículos prioritarios
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
068 1 1 A G Conducir un vehículo prioritario, en servicio urgente, sin adoptar las precauciones precisas para no poner en peligro a los
demás usuarios (Deberá indicarse sucintamente la maniobra realizada y peligro creado) 150
068 1 1 B G No situarse en el lugar señalado por los agente de la autoridad (en relación con el Art. 5.4 del presente reglamento) 150
Comportamiento de los demás conductores
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
069 0 1 A L No facilitar el paso a un vehículo prioritario que circula en servicio de urgencia, después de percibir las señales que anuncian su proximidad 90
069 0 1 B L No detener el vehículo reseñado con las debidas precauciones en el lado derecho cuando un vehículo policial manifiesta su presencia
reglamentariamente (si concurrieran circunstancias que permitieran calificar la conducta de negligente o temeraria se denunciaría por el
Art. 3 del presente reglamento) 90
Vehiculos no prioritarios en servicio de urgencia
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
070 2 01 L No facilitar el paso a un vehículo no prioritario en servicio de urgencia 45
070 3 01 G No justificar el conductor de un vehículo no prioritario en servicio de urgencia, las circunstancias especialmente graves existentes 91
Vehículos y transportes especiales
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
Nota: Las infracciones a este precepto relativas a instalación de señalización luminosa específica se denunciarán por el Art. 16 del Reglamento General de Vehículos
071 2 1 A L Utilizar la señal luminosa V-2 sin justificación 45
Obligaciones de los conductores que se incorporen a la circulación
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
072 1 1 A G Incorporarse a la circulación sin ceder el paso a otro vehículo, obligando a su conductor a maniobrar bruscamente 150
072 4 1 A G Incorporarse a la calzada procedente de un carril de aceleración, sin ceder el paso a otro vehículo, obligando a su conductor a maniobrar bruscamente 150
Obligaciones de los demás conductores de facilitar la maniobra
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
073 1 1 A L No facilitar la incorporación a la circulación de otro vehículo 45
073 1 1 B L No facilitar la incorporación a la circulación de un vehículo de transporte colectivo de viajeros desde una parada señalizada 45
Normas sobre cambios de dirección
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
074 1 2 A G Efectuar un cambio de dirección sin advertirlo con suficiente antelación a los conductores de los vehículos que circulan detrás del suyo 91
074 1 1 B G Efectuar un cambio de dirección a la izquierda con peligro para los vehículos que se acercan en sentido contrario 150
074 1 1 C G Efectuar un cambio de dirección a la izquierda sin visibilidad 150
074 2 1 A G Cambiar de carril sin respetar la prioridad del que circula por el carril que se pretende ocupar 150
Maniobra de cambio de dirección
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
075 1 2 A G No advertir la maniobra de cambio de dirección con suficiente antelación 91
075 1 1 B G Efectuar un cambio de dirección sin colocar el vehículo en el lugar adecuado 91
075 1B 07 G No realizar la maniobra de cambio de dirección en el menor espacio y tiempo posible 91
Supuestos especiales
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
076 1 01 G No adoptar el conductor las precauciones necesarias para evitar todo peligro al realizar un cambio de dirección (Deberán indicarse
las dimensiones del vehículo y las circunstancias existentes) 91
076 2 1 A G No situarse a la derecha el conductor del vehículo reseñado para efectuar un giro a la izquierda, sin existir un carril especialmente
acondicionado para efectuar dicho giro (aplicable a ciclos y ciclomotores de 2 ruedas en vías interurbanas)) 91
Carril de deceleración
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
077 0 1 A L No entrar lo antes posible en el carril de deceleración al abandonar una vía 45
Maniobra de cambio de sentido
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
078 1 2 A G Efectuar el cambio de sentido de marcha sin advertir a otros usuarios dicha maniobra 91
078 1 1 B G 3 Realizar un cambio de sentido creando peligro para los demás usuarios de la vía 150
Supuestos especiales de cambio de sentido
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
079 1 1 A G 3 Efectuar un cambio de sentido en lugar prohibido (Deberá concretarse la maniobra) 150
Normas generales sobre marcha atrás
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
080 1 2 A G Circular hacia atrás pudiendo evitarlos con otra maniobra 91
080 3 2 B G 4 Efectuar la maniobra de marcha atrás en una autovía o autopista 150
080 4 1 A MG 6 Circular hacia atrás en sentido contrario al estipulado.(Sólo se denunciará por este apartado recorridos extensos que exceden de
la maniobra normal de marcha atrás) 301
Maniobra de marcha atrás
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
081 1 2 B G Efectuar la maniobra de marcha atrás sin adoptar las precauciones necesarias para no causar peligro a los demás usuarios de la vía 150
081 1 01 G No efectuar lentamente la maniobra de marcha atrás 91
081 2 2 A G No advertir la maniobra de marcha atrás con la señalización reglamentaria 91
Adelantamiento por la izquierda. Excepciones
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
082 2 1 A G Adelantar a un vehículo por la derecha sin que su conductor este indicando claramente su propósito de desplazarse lateralmente a la izquierda 91
082 3 01 G Adelantar en poblado por la derecha, en calzada de varios carriles de circulación en el mismo sentido, con peligro para otros usuarios 150
Adelantamientos en calzadas de varios carriles
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
083 1 1 A G Adelantar a un vehículo en calzada de varios carriles en el mismo sentido de circulación permaneciendo en el carril utilizado,
entorpeciendo a otros vehículos que circulan detrás más velozmente 91
083 2 1 A G Adelantar a un vehículo cambiando de carril cuando la densidad de circulación es tal que los vehículos ocupan toda la anchura de la calzada 91

Obligaciones del que adelanta antes de iniciar la maniobra *



Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
084 1 2 A G Efectuar un adelantamiento, que requiere un desplazamiento lateral, sin advertirlo con la suficiente antelación 91
084 1 3 B G 4 Efectuar un adelantamiento con peligro para quienes circulan en sentido contrario obligándoles a maniobrar bruscamente 300
084 1 1 C G Efectuar un adelantamiento entorpeciendo a quienes circulan en sentido contrario 150
084 1 1 D G Adelantar a varios vehículos no existiendo espacio entre ellos que le permita, si fuese necesario, desviarse hacia el lado derecho sin peligro 150
084 2 1 A G Adelantar a un vehículo que se ha desplazado lateralmente para adelantar a otro, invadiendo para ello la parte de la calzada
reservada a la circulación en sentido contrario 150
084 3 1 A G Adelantar cuando otro conductor que le sigue ha iniciado la maniobra de adelantamiento 150
* No se consideran adelantamientos los producidos entre ciclistas que circulen en grupo
Obligaciones del que adelanta durante la ejecución de la maniobra
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
085 1 1 A G Adelantar a otro vehículo sin dejar entre ambos una separación lateral suficiente para realizar con seguridad dicha maniobra 150
085 3 1 A G Adelantar sin reintegrarse a su carril lo antes posible y de modo gradual, obligando al adelantado a maniobrar bruscamente 150
085 4 1 B G Adelantar fuera de poblado, a un peatón sin ocupar la parte o la totalidad del carril contiguo y, en todo caso, sin dejar la
separación lateral mínima de 1,50 m 150
085 4 1 A G 4 Adelantar, fuera de poblado, a un vehículo de dos ruedas sin ocupar una parte o la totalidad del carril contiguo y, en todo caso,
sin dejar la separación lateral mínima de 1,50 m 150
085 4 1 C G 4 Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario 300
085 5 1 A G Adelantar, fuera de poblado, el conductor de un vehículo de dos ruedas a otro vehículo dejando entre ambos una separación inferior a 1,50 metros 150
Obligaciones del conductor adelantado
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
086 1 1 A G No ceñirse al borde derecho de la calzada al ser advertido por el conductor que le sigue del propósito de adelantar a su vehículo 150
086 2 2 A G 4 Aumentar la velocidad cuando va a ser adelantado 150
086 2 2 B G 4 Efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento cuando va a ser adelantado (Describir sucintamente la maniobra) 150
086 3 1 A G No facilitar el adelantamiento el conductor del vehículo reseñado cuando las circunstancias no permiten ser adelantado con
facilidad y sin peligro (Deberán indicarse las circunstancias concurrentes) 150
Prohibiciones de adelantamiento
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
087 1 3 A G 4 Adelantar en un tramo de visibilidad reducida invadiendo la zona reservada al sentido contrario (aplicable a curvas y cambios
de rasante de reducida visibilidad) 150
087 1 3 B G 4 Adelantar sin que la visibilidad disponible sea suficiente, invadiendo la zona reservada al sentido contrario (Deberá especificarse
sucintamente la causa de la insuficiente visibilidad) 150
087 1 1 C G Adelantar en un paso de peatones señalizado 91
087 1 1 D G Adelantar en intersección (Deberá denunciarse cuando no concurran las excepciones que lo permiten) 91
087 1 1 E G Adelantar en una intersección con vía para ciclistas 91
087 1 1 F G Adelantar en un túnel o tramo de vía afectado por la señal «Túnel»(S5) invadiendo el sentido contrario 150
Vehículos inmovilizados
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
088 1 2 A G Rebasar a un vehículo inmovilizado por causas ajenas al tráfico, ocupando la parte de la calzada destinada al sentido contrario,
en tramo en que esta prohibido adelantar, ocasionando peligro (no se denunciarán adelantamientos a bicicletas, ciclo, ciclomotores,
peatones, animales y vehículos de tracción animal, salvo que exista riesgo) 150
Adelantamientos: obstáculos
Art. Apt Opc Gra Pun Descripción euros
089 1 01 G Rebasar un obstáculo ocupando el carril izquierdo de la calzada, ocasionando peligro a otros usuarios de la vía 150
Parada y estacionamiento
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
090 1 1 A L Parar el vehículo dentro de la calzada o parte transitable del arcén en vía interurbana 45
090 1 1 B L Estacionar el vehículo dentro de la calzada o parte transitable del arcén en vía interurbana 90
Parada y estacionamiento: maniobra
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
091 2 01 G Parar el vehículo obstaculizando gravemente o constituyendo un riesgo para la circulación y los usuarios de la vía (Deberá
indicarse el obstáculo o riesgo creado) 91
091 2 02 G Estacionar el vehículo obstaculizando gravemente o constituyendo un riesgo para la circulación y los usuarios de la vía
(Deberá indicarse el obstáculo o riesgo creado) 150
Colocación del vehículo en parada y estacionamiento
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
092 2 1 A L Estacionar un vehículo de forma que no permite la mejor utilización del restante espacio disponible 90
092 3 1 A L Abandonar el puesto de conductor del vehículo sin tomar las medidas reglamentarias que eviten que se ponga en movimiento 90
Lugares prohibidos para la parada y estacionamiento
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
094 1 1 C L Parar en un paso destinado a la circulación transversal de otros usuarios sin afectar gravemente a la misma 45
094 1 1 D L Parar en carriles o partes de la vía reservados a otros usuarios sin afectar gravemente a su uso (indíquese el uso previsto para dicha parte de la vía) 45
094 1 2 E G Parar en la intersección indicada o en sus proximidades dificultando el giro de otros vehículos 91
094 1 2 F G 2 Parar en la intersección indicada generando peligro por falta de visibilidad 120
094 1 2 G G Parar en el lugar indicado impidiendo la visibilidad de la señalización a otros usuarios a quienes afecte 91
094 1 2 H G 2 Parar en la autovía o autopista indicada fuera de la zona habilitada para ello 120
094 1 2 I G Parar en zonas destinadas al transporte público urbano 91
094 1 3 A G 2 Parar en una zona de visibilidad reducida (Deberán concretarse las características del lugar de la parada y el riesgo creado) 120
094 1 3 B G 2 Parar en un túnel o tramo de la vía afectando por la señal de túnel (S5) 120
094 1 3 C G 2 Parar en pasos de nivel, pasos inferiores y pasos para peatones 120
094 2 1 A G 2 Estacionar en una zona de visibilidad reducida (Deberán concretarse las características del lugar del estacionamiento y el riesgo creado) 150
094 2 1 C L Estacionar en un paso destinado a la circulación transversal de otros usuarios sin afectar gravemente a la misma 45
94 2 1 D L Estacionar en carriles o partes de la vía reservado a otros usuarios sin afectar gravemente a su uso (Indíquese el uso previsto para dicha parte de la vía) 45
094 2 1 E G Estacionar en la intersección indicada o en sus proximidades dificultando el giro de otros vehículos 150
094 2 1 F G 2 Estacionar en la intersección indicada generando peligro por falta de visibilidad 150
094 2 1 G G 2 Estacionar en el lugar indicado impidiendo la visibilidad de la señalización a otros usuarios a quienes afecte 150
094 2 1 H G 2 Estacionar en la autovía o autopista fuera de la zona habilitada para ello 150
094 2 1 I G Estacionar en zonas destinadas al transporte público urbano (se denunciará por este artículo en caso de que no se afecte el servicio del transporte público) 91
094 2 1 K L Estacionar en lugar prohibido por la autoridad competente en zona urbana sin afectar gravemente a la circulación (Indíquese
características del lugar y su señalización) 45
094 2 1 L G 2 Estacionar en un túnel o tramo de vía afectado por la señal de túnel (S5) 150
094 2 2 B G 2 Estacionar en pasos a nivel, pasos inferiores y pasos para peatones 150
094 2 2 I G 2 Estacionar en carriles destinados al transporte público urbano 150
094 2 3 A L Estacionar en zona azul sin ticket o no tenerlo visible. (Tener en cuenta la Ordenanza Reguladora) 15
094 2 3 B L Estacionar en zona azul rebasando el tiempo máximo contratado.(Tener en cuenta la Ordenanza Reguladora) 15
094 2 3 C L Estacionar en zona reservada a carga y descarga sin afectar gravemente a su uso 45
094 2 3 D L Estacionar en zona reservada a minusválidos sin afectar gravemente a su uso 45
094 2 3 E L Estacionar sobre acera, paseo o zona peatonal sin afectar gravemente a su uso 45
094 2 3 F L Estacionar delante de un vado sin afectar gravemente a su uso 45
094 2 3 G L Estacionar en doble fila sin afectar gravemente a la circulación 45
Normas generales sobre pasos a nivel, puentes móviles y túneles. Obligaciones de los usuarios y titulares de las vías
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
095 2 2 A L Cruzar un paso a nivel cerrado o con la barrera en movimiento 90
Barreras, semibarreras y semáforos
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
096 1 01 L Entrar en un paso a nivel con semáforos que indican la obligación de detenerse 90
096 2 01 L Entrar en un paso a nivel cuando se aproxima un vehículo que circula sobre raíles 90
Detención de un vehículo en paso a nivel
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
097 3 1 A L Quedar inmovilizado el vehículo reseñado dentro de un túnel o paso inferior sin adoptar la medias reglamentarias
(Deberán especificarse las medidas omitidas) 90
Uso obligatorio del alumbrado
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
098 2 1 A L Circular emitiendo luz un solo proyector 45
098 3 1 A L Circular con una bicicleta por vía interurbana cuando sea obligatorio el uso de alumbrado, sin llevar colocada alguna prenda reflectante reglamentaria 90
Alumbrados de posición y de gálibo
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
099 1 1 A G 2 Circular con el vehículo reseñado sin ningún tipo de alumbrado en situación de falta o disminución de visibilidad.
(Deberá concretarse la infracción. No aplicable a destellos no reglamentarios, ni a carencia de luz en placa de matrícula, ni a
utilización inadecuada de alumbrado de niebla) 150
099 1 1 B G 2 Circular con el vehículo reseñado sin llevar encendido el alumbrado de gálibo estando obligado a ello 150
Alumbrado de largo alcance o carretera
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
100 1 2 A G 2 Circular con un vehículo de motor en vía insuficientemente iluminada y fuera de poblado, a más de 40 km/h, sin llevar
encendido el alumbrado de carretera entre el ocaso y la salida del sol 150
100 1 2 B G 2 Circular con un vehículo de motor a más de 40 km/h, en un túnel o tramo de vía afectado por la señal de túnel,
insuficientemente iluminado sin llevar encendido el alumbrado de carretera 150
100 2 2 A L Utilizar las luces en forma de destellos para fines distintos a los previstos reglamentariamente 45
100 4 1 A G 2 Circular con el vehículo reseñado llevando encendido el alumbrado de largo alcance o carretera produciendo
deslumbramiento a los demás usuarios de la vía 150
Alumbrado de corto alcance o cruce
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
101 1 3 B G 2 Circular con el vehículo reseñado por un tramo de vía afectado por la señal de túnel (S5), suficientemente iluminado, sin
llevar encendido el alumbrado de corto alcance o de cruce 150
101 1 3 C G 2 Circular con el vehículo reseñado por una vía suficientemente iluminada sin llevar encendido el alumbrado de corto alcance o
de cruce entre el ocaso y la salida del sol 150
101 3 1 A G 2 Circular con el alumbrado de corto alcance o de cruce produciendo deslumbramiento 150
Deslumbramiento
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
102 1 1 A G 2 No sustituir el alumbrado de carretera por el de cruce, produciendo deslumbramiento a otros usuarios (aplicable a supuestos de
deslumbramiento tanto de frente como a través de retrovisores) 150
Alumbrado de placa de matrícula
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
103 1 1 A L No llevar iluminada la placa posterior de matrícula siendo obligatoria la utilización de alumbrado 45
Uso del alumbrado durante el día
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
104 1 2 A G 2 Circular durante el día con una motocicleta sin llevar encendido el alumbrado de corto alcance o cruce 150
Inmovilizaciones
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
105 1 1 A G 2 No tener encendidas las luces de posición un vehículo inmovilizado, estando obligado a ello 150
Supuesto especiales de alumbrado
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
106 2 1 A G No utilizar la luz delantera de niebla ni la de corto o largo alcance existiendo condiciones que disminuyen sensiblemente la
visibilidad Deberán indicarse las condiciones existentes) 150
106 2 3 B L Llevar encendida la luz de niebla sin existir condiciones meteorológicas o ambientales especialmente desfavorables 45
106 2 1 C G Llevar encendida la luz de niebla sin existir condiciones meteorológicas o ambientales especialmente desfavorables produciendo deslumbramiento 150
106 3 1 A G 2 Circular sin ningún tipo de alumbrado en situación de falta o disminución de visibilidad por las condiciones meteorológicas o ambientales existentes 150
Advertencias ópticas
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
109 1 1 A L No señalizar con antelación suficiente la realización de una maniobra 45
109 2 1 A L Mantener la advertencia luminosa después de finalizar la maniobra 45
109 2 1 B L No utilizar la luz de emergencia para señalizar la presencia de un vehículo inmovilizado en la vía reseñada 45
109 2 2 C L No señalizar con la luz de emergencia la presencia de un vehículo inmovilizado cuando la visibilidad está sensiblemente disminuida 90
Advertencia s acústicas
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
110 1 1 A L Usar las señales acústicas sin motivo reglamentariamente establecido 45
Advertencias de otros vehículos
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
113 1 2 A G No advertir la presencia del vehículo reseñado con la señal luminosa especial ni con el alumbrado específicamente determinado para tal vehículo 150
Puertas
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
114 1 2 A L Circular llevando abiertas las puertas del vehículo reseñado 45
114 1 1 B L Abrir las puertas del vehículo reseñado antes de su completa inmovilización 45
114 1 1 C L Abrir las puertas del vehículo reseñado sin haberse cerciorado previamente de que ello no implica peligro o entorpecimientos para otros usuarios 45
114 1 1 D L Abrir las puertas del vehículo sin haberse cerciorado previamente de la presencia de conductores de bicicletas 45
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
117 1 1 A G 3 No utilizar las personas denunciadas el cinturón de seguridad (Deberá denunciarse en concreto al conductor u ocupantes que
no lleven abrochado correctamente el cinturón) 91
117 1 1 B G No utilizar adecuadamente la persona denunciada el cinturón de seguridad (Señálese el incumplimiento) 91
117 2 2 A G 3 Circular con un menor de 12 años situado en el asiento delantero sin utilizar un dispositivo homologado al efecto (Deberá concretarse y
describirse sucintamente la infracción) 91
117 2 1 B G 3 Circular con un menor de 3 años situado en el asiento trasero sin utilizar un sistema de sujeción adaptado a su talla y peso 91
117 2 1 C G Circular en el asiento trasero del vehículo reseñado una persona mayor de 3 años cuya estatura no alcanza 135cm, sin utilizar un
sistema de sujeción homologado adaptado a su talla y su peso u otro reglamentario 91
Cascos y otros elementos que protección
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118 1 2 A G 3 No utilizar el casco de protección homologado (Se denunciará al conductor. (Si carece de casco el acompañante, debe hacerse constar) 91
118 1 1 B G No utilizar adecuadamente el casco de protección homologado (Señálese el incumplimiento) (Se denunciará al conductor del
vehículo por la utilización inadecuada del casco obligatorio por el acompañante) 91
118 3 1 C G 3 No utilizar el chaleco reflectante reglamentario ocupando la calzada o el arcén en una vía interurbana 91
Tiempos de conducción y descanso
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120 1 1 A MG 6 Conducir un camión o autobús de SP de viajeros con un exceso de más del 50% en los tiempo de conducción establecidos en la
legislación de transportes terrestres (No aplicable a vehículos no obligados a utilizar tacógrafo) 450
120 1 1 B MG 6 Conducir un camión o autobús de SP de viajeros con una minoración de más del 50% en los tiempos de descanso establecidos en
la legislación de transportes terrestres. (No aplicable a vehículos no obligados a utilizar tacógrafo) 450
Circulación por zonas peatonales
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121 1 1 A L Transitar un peatón por un lugar no autorizado (Describir la norma incumplida) 45
121 4 1 A L Circular sobre un monopatín, patín, o aparato similar por lugar no autorizado (Describir la norma infringida) 45
121 5 1 A L Circular con el vehículo reseñado por zona peatonal 45
Circulación por la calzada o el arcen
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122 6 1 A L Permanecer un peatón detenido en la cazada o arcén existiendo refugio, zona peatonal u otro espacio adecuado 45
122 7 1 A L No despejar el peatón la calzada al apercibirse de las señales ópticas o acústicas del vehículo prioritario 45
122 8 1 A L Estorbar a los conductores de vehículos en una calle residencial 45
Circulación nocturna de peatones
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123 1 2 A L Transitar un peatón en condiciones de visibilidad insuficiente fuera de poblado sin ir provisto de elementos luminosos o reflectante 45
Pasos para peatones y cruces de calzadas
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124 1 A L Atravesar la calzada de forma antirreglamentaria (Deberá indicarse el incumplimiento) 45
Circulación de peatones en autopistas y autovías
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125 1 2 A L Transitar un peatón por la autopista o autovía reseñada 90
Normas especiales sobre circulación de animales
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127 2 3 A L Dejar animales sin custodia en la vía o en sus inmediaciones 90
Normas relativas a autopistas y autovias
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128 0 1 A L Circular con animales o vehículo de tracción animal por autopistas o autovías 90

OBLIGACIÓN DE AUXILIO



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129 2 2 A G No facilitar su identidad ni los datos del vehículo solicitados por los afectados en un accidente de circulación, estando
implicado en el mismo (El resto de las posib les infracciones están contempladas en el Art. 195 del C.P) 150
Inmovilización del vehículo y caída de la carga
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130 1 2 A L No señalizar eficazmente el vehículo inmovilizado en la vía (deberá indicarse, en su caso, la señalización empleada) 45
130 1 1 B L No retirar de la calzada un vehículo inmovilizado en el menor tiempo posible 45
130 5 1 A L Remolcar un vehículo averiado por otro no destinado a ese fin 45
Obediencia de las señales
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132 1 1 A L Circular con el vehículo reseñado utilizando un carril señalizado para el sistema de peaje dinámico o telepeaje sin estar
provisto del medio técnico que posibilita su uso en condiciones operativas 45
Responsabilidad de la señalización en las vías
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139 3 1 A G No comunicar al órgano responsable de la gestión de tráfico la realización de obras en vías públicas antes de su inicio 150
139 3 1 B G Incumplir las instrucciones dictadas por el órgano responsable de la gestión de tráfico (Especificar incumplimiento) 150
Obligaciones relativas a la señalización
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142 1 01 L No obedecer la orden de retirada de las señales de circulación antirreglamentariamente instaladas 90
142 2 01 L Instalar o trasladar la señalización de la vía sin permiso y sin causa justificada 90
142 2 02 G Retirar, deteriorar, ocultar o modificar la señalización de una vía sin permiso y sin causa justificada 150
142 3 01 G Colocar sobre las señales de circulación objetos que produzcan confusión, reduzcan su visibilidad o puedan deslumbrar o
distraer la atención de los usuarios de la vía 150
Señales de los agentes
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143 1 2 A G 4 No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación (Deberá describirse sucintamente la señal desobedecida)a 91
Señales circunstacionales y de balizamiento
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144 1 3 A L No respetar las instrucciones de obligado cumplimiento inscritas en un panel de mensajes variable (Especificar la instrucción incumplida) 45
144 2 1 A L No respetar la prohibición de paso establecida mediante señal de balizamiento (Deberá indicarse el tipo de señal no respetada) 45
Semáforos para peatones
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145 1 1 A L No respetar el peatón la luz roja de un semáforo 45
Semáforos para vehículos
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146 1 1 A G 4 No respetar el conductor de un vehículo la luz roja de un semáforo 91
146 3 2 A L No detenerse el conductor de un vehículo ante la luz amarilla no intermitente de un semáforo 45
Semáforos cuadrados para vehículos o de carril
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147 2 A G 4 No respetar un semáforo de carril señalizado con aspa roja (Si la infracción supone circulación en sentido contrario, sería
infracción al Art. 40 del Reglamento) 91
Señales de prioridad
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151 2 2 A G 4 No detenerse en el lugar prescrito por una señal de Stop 91
Señales de prohibición de entrada
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
152 2 A L No obedecer una señal de circulación prohibida 45
152 2 B L No obedecer una señal de entrada prohibida 45
Señales de restricción de paso
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
153 1 A L No obedecer una señal de restricción de paso (indíquese la nomenclatura de la señal) 45
Otras señales de prohibición o restricción
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
154 2 A L No obedecer una señal de prohibición o restricción (Deberá indicarse la señal desobedecida)) 45
Señales de obligación
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
155 1 A G No obedecer una señal de obligación (Deberá indicarse la señal desobedecida) 45
Señales de indicaciones generales*
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
159 0 01 L No respetar la señal de estacionamiento reservado para determinada clase de vehículos (Especificar el incumplimiento 45
Señales de carriles
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
160 1 A L Incumplir la obligación establecida por una señal de carril 45
Marcas blancas longitudinales
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
167 0 2 A L No respetar una línea longitudinal continua 45
167 0 1 B L Circular sobre una línea longitudinal discontinua 45
Marcas blancas transversales
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
168 0 1 A L No respetar una marca vial transversal continua 45
Señales horizontales de circulación
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
169 2 2 A G No detenerse en el lugar prescrito por una señal horizontal de STOP 91
169 D 1 A L No obedecer la obligación impuesta por una flecha de selección de carriles 45
Otras marcas e inscripciones de color blanco
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
170 C 1 A L Circular por un carril o zona reservada para determinados vehículos señalizada como tal 45
170 G 1 A L Entrar en zona excluida de la circulación (cebreado) enmarcada por una línea continua 45
Marcas de otros colores
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
171 0 1 A L No respetar la indicación de una marca vial amarilla (Indíquese la marca correspondiente) 45
Señales en los vehículos
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
173 2 Las infracciones a este precepto se denunciarán por el Art. 18 del Reglamento General de Vehículos, en función de la señal omitida)
Relación codificada de infracciones al seguro obligatorio de automóviles
(Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro de la Circunvalación de vehículos a Motor, aprobada por Decreto 632/1968, modificada por la Ley 62/2003)
NOTA: La Carencia de seguro conllevará el depósito del vehículo por el tiempo mínimo de 1 mes. Este extremo deberá consignarse en el boletín que se formule por los hechos
que se relacionan a continuación
Deber de suscripción del seguro obligatorio
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002 1 1 A Carecer del seguro obligatorio el vehículo reseñado para cuya conducción se exige la licencia de conducción 310
002 1 1 B Carecer del seguro obligatorio el vehículo reseñado para cuya conducción se exige el permiso de las clases A1 ó A 700
002 1 1 C Carecer del seguro obligatorio el vehículo reseñado cuya conducción se exige el permiso de la clase B 800
002 1 1 D Carecer del seguro obligatorio el vehículo reseñado para cuya conducción se exige el permiso de las clases C1, C1+E, C, C+E, D1,D1+e, D ó D+E 1.500
002 1 1E Carecer del seguro obligatorio el vehículo reseñado para cuya conducción se exige la autorización a que se refiere el
Art. 7.3 del Reglamento General de Conductores 1.500
Incumplimiento de la obligación de asegurarse
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
003 A 1 A Circular con un vehículo sin tener concertado el seguro obligatorio, cuando su conducción requiere licencia de conducción 1.010
003 A 1 B Circular con un vehículo sin tener concertado el seguro obligatorio, cuando su conducción requiere permisos de las clases A1 ó A 1.250
003 A 1 C Circular con un vehículo sin tener concertado el seguro obligatorio, cuando su conducción requiere permiso de la clase B 1.500
003 A 1D Circular con un vehículo sin tener concertado el seguro obligatorio, cuando su conducción requiere C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D, ó D+E 2.600
003 B 1B No presentar el justificante de estar en posesión del seguro obligatorio a requerimiento del agente 60
Relación codificada de infracciones al reglamento general de vehículos
Autorizaciones y sus efectos
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
001 1 1 A Circular si haber obtenido la correspondiente autorización administrativa del vehículo reseñado (Para cuya conducción es precisa licencia de conducción) 150
001 1 1 F Circular sin haber obtenido la correspondiente autorización administrativa del vehículo reseñado (para cuya conducción son
precisos permisos de conducción de las clases A1 y A) 300
001 1 1 D Circular sin haber obtenido la correspondiente autorización administrativa del vehículo reseñado (para cuya conducción son
precisos permisos de conducción de las clases B, B+E, C1, C1+E, D1 y D1+E) 450
001 1 1 E Circular sin haber obtenido la correspondiente autorización administrativa del vehículo reseñado (parda cuya conducción son
precisos permisos de conducción de las clases C, C+E, D y D+E) 900
Reformas e improtancia
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
007 2 1 A Efectuar en el vehículo reseñado una reforma de importancia sin autorización (Especifíquese la reforma) 150
Conjuntos de vehículos
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
009 2 1 A Circular con el vehículo reseñado arrastrando más de un remolque o semirremolque 450
009 3 0 Las infracciones a esta norma se denunciarán por el artículo 130.5 del Reglamento General de Circulación 150
Inspecciones técnicas de vehículos
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
010 1 1 A No haber presentado a la inspección técnica periódica, en el plazo debido, el vehículo reseñado 150
010 1 1 B Circular con el vehículo reseñado cuya Tarjeta de Inspección Técnica se encuentra retenida por la Estación de I.T.V. 450
Generalidades. Condiciones técnicas
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
011 0 1 A Circular con el vehículo reseñado cuyos órganos de dirección no se ajustan a las prescripciones técnicas fijadas reglamentariamente.
(Especifíquese el incumplimiento).Si la infracción afecta manifiestamente a la seguridad vial deberá además denunciarse como
conducción temeraria (Art. 3 del Reglamento General de Circulación) 450
011 0 1 B Circular con el vehículo reseñado cuyo sistema de frenado no se ajusta a las prescripciones técnicas fijadas reglamentariamente.
(Especifíquese el incumplimiento).Si la infracción afecta manifiestamente a la seguridad vial deberá además denunciarse como
conducción temeraria (Art. 3 del Reglamento General de Circulación) 450
11 0 1 C Circular con el vehículo reseñado cuyos órganos motores no se ajustan a las prescripciones técnicas fijadas reglamentariamente
(Especifíquese el incumplimiento).Si la infracción afecta manifiestamente a la seguridad vial deberá además denunciarse como
conducción temeraria (Art. 3 del Reglamento General de Circulación) 450
11 0 1 D Circular con el vehículo reseñado provisto de depósitos que contengan materia inflamable que no cumplan las prescripciones
técnicas fijadas reglamentariamente. (Especifíquese el incumplimiento).Si la infracción afecta manifiestamente a la seguridad vial
deberá además denunciarse como conducción temeraria (Art. 3 del Reglamento General de Circulación) 450
11 2 1 A Circular con un vehículo que carece del reglamentario número de espejos retrovisores 150
011 12 1 A Circular con el vehículo reseñado que no lleva instalado limitador de velocidad 150
011 13 1 A Circular con un automóvil sin llevar instalados cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados 150
011 16 1 A Circular con el vehículo reseñado careciendo de dispositivo que evite el empotramiento de otros vehículos en caso de alcance 150
011 19 1 A Circular con el vehículo reseñado con el escape libre, sin silenciador de explosiones o con éste ineficaz 150
011 19 1 B Circular con el vehículo reseñado de combustión interna, lanzando humos que puedan dificultar la visibilidad a los conductores de
otros vehículos o resultar nocivo 450
Otras condiciones
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
012 0 1 A Circular con el vehículo reseñado incumpliendo las condiciones reglamentarias (especifíquese el incumplimiento) 150
012 4.2 1 A No llevar instalada la protección reglamentaria de la carga en el vehículo reseñado 150
012 5.1 1 A Circular con el vehículo reseñado cuyos neumáticos no presentan dibujos en las ranuras principales de la banda de rodamiento.
(Se graduará en función del número de neumáticos en el mal estado, a razón de 150euros por cada uno de ellos, hasta 300euros,
reflejando en el boletín tanto la ubicación de los mismos como su numeración. Si se tratara de un camión de más de 7500 kg. o un
autobús con 3 o más neumáticos defectuosos, estando mojada la calzada, se denunciará por conducción temeraria) 150
Masas y dimensiones
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
014 2 1 A Circular sin autorización especial con el vehículo reseñado cuyas dimensiones, incluida la carga, exceden de los límites reglamentarios.
(Detallar medida en anchura, altura o longitud) 450
014 2 1 B Circular con el vehículo reseñado incumpliendo las condiciones establecidas en la autorización especial (Detallar sucintamente la condición incumplida) 450
Condiciones técnicas de los dispositivos de alumbrado y señalización óptica
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
015 4 1 A Circular con el vehículo reseñado llevando instaladas luces no reglamentarias 150
015 5 1 A Circular con el vehículo reseñado llevando instaladas más luces que las reglamentarias 150
015 5 1 B Circular con el vehículo reseñado llevando instalados dispositivos reflectantes no autorizados 150
015 5 1 C Circular con el vehículo reseñado llevando instalados dispositivos luminosos no autorizados 150
Dispositivos obligatorios alumbrado y señalización óptica
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
016 1 1 A Circular con el vehículo reseñado sin estar provisto de los dispositivos de alumbrado y señalización óptica obligatorios (especifíquese el incumplimiento) 150
Señales en los vehículos
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
018 1 1 A Instalar dispositivos de señales especiales sin autorización de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente 150
018 1 1 B No llevar instalada en el vehículo la señal reglamentaria correspondiente (Deberá indicarse la señal omitida) 150
Accesorios,repuestos y herramientas de los vehículos en circulación
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
019 1 1 A No llevar en el vehículo reseñado los dispositivos portátiles de preseñalización de peligro 150
Homologación y características técnica
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
021 1 1 A Circular con el ciclomotor reseñado cuyas condiciones técnicas, partes o piezas, no se ajustan a las prescripciones técnicas fijadas
reglamentariamente (Especifíquese el incumplimiento) 150
021 1 1 B Circular con el ciclomotor reseñado que carece de espejo retrovisor 150
021 2 1 A Circular con el ciclomotor reseñado sin estar provisto del alumbrado y señalización óptica obligatorios (Especifíquese el incumplimiento) 150
Normas generales
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
025 1 1 A Circular con el vehículo reseñado sin las placas de matrícula (Sólo se denunciará por este concepto cuando se trate de vehículos
matriculados. En otro caso de denunciará por carecer de la autorización correspondiente o por haber caducado ésta) 150
Documentación de los vehículos
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
026 1 1 A No exhibir al Agente de la autoridad la documentación reglamentaria del vehículo reseñado 10
Duplicados y renovaciones del permiso o licencia de conducción
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
030 2 1 B No comunicar el cambio de domicilio el titular del vehículo reseñado en el plazo reglamentario 90
Transmisiones entre personas que no se dedican a compraventa de vehículos
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
032 1 1 A No haber efectuado el titular del vehículo reseñado la notificación de transferencia en el plazo reglamentario 60
032 3 1 A No haber solicitado el adquiriente del vehículo reseñado la renovación del permiso circulación dentro del plazo reglamentario 150
032 3 1 B Circular con el vehículo reseñado dado de baja temporal 150
Transmisiones en las que intervienen personas que se dedican a compraventa de vehículos
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
33 1 1 A No haber solicitado el titular del vehículo reseñado la baja temporal, en el plazo reglamentario, una vez entregado a un
establecimiento de compraventa de vehículos 60
Pérdida de vigencia del permiso o licencia
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
034 1 1 A Circular con el vehículo reseñado que ha causado baja en el Registro de Vehículos 450
Normas generales
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
042 1 1 A Circular sin haber obtenido el permiso temporal correspondiente del vehículo reseñado. (Para cuya conducción es precisa licencia de conducción) 150
042 1 1 B Circular sin haber obtenido el permiso temporal correspondiente del vehículo reseñado.(Para cuya conducción son precisos permiso de
conducción de las clases A1 y A) 150
042 1 1 C Circular sin haber obtenido el permiso temporal correspondiente del vehículo reseñado (Para cuya conducción es preciso permiso de
conducción de las clase B) 300
042 1 1 D Circular sin haber obtenido el permiso temporal correspondiente del vehículo reseñado (Para cuya conducción son precisos permisos de
conducción de las clases C1, C1+E, D y D1+E) 450
042 1 1 E Circular sin haber obtenido el permiso temporal correspondiente del vehículo reseñado (Para cuya conducción son precisos permisos de
conducción de las clases C, C+E, D y D+E) 900
042 1 1 F Circular con el permiso temporal correspondiente caducado 150
Boletines de circulación
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
045 1 1 a No llevar el correspondiente boletín de circulación o llevarlo con los datos incompletos o inexactos, acompañando a un permiso
temporal para vehículos no matriculados (Placa «S») 60
Condiciones para circular con estos permisos
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
046 2 1 A Conducir un vehículo no matriculado con permiso temporal para uso de empresas, por un conductor que no reúne las condiciones exigidas (Placa «S») 60
046 3 1 A Transportar carga útil en un vehículo con permiso temporal para empresas o entidades relacionadas con los vehículos (Placa «S» y «V») 60
Supuestos y requisitos para su concesión
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
048 4 1 a No llevar el correspondiente boletín de circulación o llevarlo con los datos incompletos o inexactos acompañando a un permiso
temporal para vehículo previamente matriculados (Plaza «V») 60
48 4 1 B Conducir un vehículo con permiso temporal para uso de empresa, previamente matriculado, por un conductor que no reúne las
condiciones exigidas (Placa «V») 60
Placas de matrícula
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
049 4 1 a Llevar placas de matrícula que no son perfectamente visibles o legibles 150
Relación codificada de infracciones al reglamento general de conductores
Permisos y licencias de conducción
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
001 2 1 A Conducir el vehículo reseñado careciendo de la licencia de conducción correspondiente (Sólo aplicable a la conducción de
vehículos para los que sea preciso poseer licencia de conducción) 150
001 2 1 C Conducir el vehículo reseñado careciendo del permiso de conducción correspondiente (Sólo aplicable a la conducción de
vehículos para los que sea preciso el permiso de la clase B y B+E) 450
001 2 1 D Conducir el vehículo reseñado careciendo del permiso de conducción correspondiente (Sólo aplicable a la conducción de
vehículos para los que sean precisos los permisos de las clases C1, C1+E, D1, D1+E y la autorización a que se refiere el
artículo 7.3 del Reglamento General de Conductores) 450
001 2 1 E Conducir el vehículo reseñado careciendo del permiso de conducción correspondiente (Sólo aplicable a la conducción de
vehículos para los que sean precisos los permisos de las clases C, C+E, D y D+E) 900
001 2 1 F Conducir el vehículo reseñado careciendo de autorización administrativa de conducción válida en España, siendo titular de un
permiso extranjero equivalente susceptible de ser canjeado (Si el permiso fuera de la U.E. no inscrito en el Registro de Conductores,
se denunciará por el Art. 22) 150
001 2 1 G Conducir el vehículo reseñado careciendo del permiso de conducción correspondiente (Sólo aplicable a conducción de vehículos
para los que sea preciso los permisos de las clases A1 y A) 300
001 4 1 A No exhibir al Agente de la autoridad la autorización administrativa para conducir el vehículo reseñado 10
Expedición de permisos y licencias de conducción
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
002 3 1 A Conducir el vehículo reseñado con una licencia de conducción incumpliendo las condiciones restrictivas o menciones
especiales que figuran en la misma (especifíquese el incumplimiento) 150
002 3 1 B Conducir el vehículo reseñado incumpliendo las condiciones restrictivas o menciones especiales que figuran en el permiso de
conducción (especifíquese el incumplimiento) 300
Vigencia
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
016 4 1 A Conducir el vehículo reseñado con la autorización administrativa para conducir caducada, susceptible de ser prorrogada
(aplicable a las licencias de conducción y permisos de clase A1 y A. En el caso de conducción con un permiso caducado no
susceptible de prórroga (Art. 17.3 y Disposición Transitoria Cuarta del Reglamento General de Conductores), se denunciará por
circular careciendo de dicho permiso o licencia, con la multa prevista para el supuesto de no haberlo obtenido) 150
016 4 1 B Conducir el vehículo reseñado con la autorización administrativa para conducir caducada, susceptible de ser prorrogada
(aplicable a los permisos de conducción de las clases B, C1, D1 D y E. En el caso de conducción con un permiso caducado
no susceptible de prórroga (Art. 17.3 y Disposición Transitoria Cuarta del Reglamento General de Conductores), se denunciará
por circular careciendo de dicho permiso o licencia, con la multa prevista para el supuesto de no haberlo obtenido 150
Variación de datos
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
018 1 3 A No comunicar el cambio de domicilio el titular del permiso o licencia de conducción reseñado dentro del plazo reglamentario 90
Permisos expedidos en estados miembros de la unio europea
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
022 1 1 A Conducir el vehículo reseñado con un permiso expedido en un Estado miembro de la Unión Europea sin hacer solicitado la
inscripción de sus datos en una Jefatura de Tráfico 150
Autorización especial
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
032 2 1 A Conducir un vehículo destinado al transporte escolar o de menores sin haber obtenido la autorización especial 150
Autorización especial
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
033 2 1 A Conducir un vehículo que transporta materias peligrosas sin haber obtenido la autorización especial correspondiente 150
Relación codificada de infracciones sobre escuelas particulares de conductores
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
005 A 2 A No haber dado cuenta a la Jefatura de Tráfico de las incidencias relacionadas con los elementos mínimos de la escuela de la que es titular 150
005 C 2 A No colaborar el titular con los funcionarios de la Jefatura de Tráfico en la inspección de la escuela 450
Obligaciones del personal directivo
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
007 B 2 A No colaborar el director con los funcionarios de la Jefatura de Tráfico en la inspección de la escuela 450
007 C 2 B No estar presente el director de la escuela en la zona donde se desarrollan las pruebas de aptitud, habiendo sido requerido para ello 450
Personal docente
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
008 2 A 2 A Ejercer como profesor careciendo del certificado de aptitud. (sin que haya transcurrido un tiempo mayor de tres meses desde la
constatación de los hechos) 450
008 2 A 2 B Ejerce como profesor careciendo del certificado de aptitud (Habiendo transcurrido un tiempo mayor de tres meses desde la
constatación de los hechos) 900
008 2 B 2 C Ejercer como profesor sin disponer de la autorización de ejercicio (sin que haya transcurrido un tiempo mayor de tres meses
desde la constatación de los hechos) 450
008 2 B 2 D Ejerce como profesor sin disponer de la autorización de ejercicio (habiendo transcurrido un tiempo mayor de tres meses desde la
constatación de los hechos) 900
Obligaciones de los profesores
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
009 B 2 A No colaborar el profesor con los funcionarios de la Jefatura de Tráfico en la realización de las pruebas de aptitud 450
Vehículos
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
016 B 2 A Dedicar a la enseñanza de la conducción el vehículo reseñado que no figura dado de alta en la escuela 450
Alcance de la autorización de funcionamiento
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
024 1 1 A Ejerce la actividad de escuela de conductores careciendo de la autorización de funcionamiento (sin que haya transcurrido un
tiempo mayor de tres meses desde la constatación de los hechos 450
024 1 2 B Ejerce la actividad de escuela de conductores careciendo de la autorización de funcionamiento (habiendo transcurrido un
tiempo mayor de tres meses desde la constatación de los hechos) 900
Modificación de las autorizaciones
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
026 1 2 A No solicitar el titular de la escuela la modificación de la autorización de apertura o de funcionamiento en el plazo de 10 días,
desde la fecha en que el cambio de produjo (deberá especificarse en qué consistió el cambio) 150
Registro de alumnos
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044 0 2 A No cumplimentar el libro de registro de alumnos matriculados 150
Distintivos
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
046 0 2 A No llevar el distintivo reglamentario 150
Contrato de enseñanza
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
047 0 2 A No suscribir con el alumno o alumnos reseñados el contrato de enseñanza 150
Libro de reclamaciones
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
048 0 2 A No tener a disposición del público el libro de reclamaciones reglamentario, por cada Escuela o Sección 150
Relación codificada de infracciones sobre centros de reconocimiento de conductores
R.D. 2272/1985, de 4 de Diciembre (B.O.E. de 9 de Diciembre de 1985)
Art Apt Opc Gra Pun Descripción euros
001 0 1 A Emitir un informe de aptitud un centro de reconocimiento de conductores sin la previa inscripción en el registro 450
004 0 1 A Emitir informes de aptitud psicofísica sin haber sometido al interesado a la correspondiente exploración 450
005 0 1 A No comunicar inmediatamente a la Jefatura de Tráfico los informes de aptitud en los casos en los que es obligatorio 150
005 0 1 B No conservar en el centro los dictámenes parciales emitidos por los facultativos intervinientes en el reconocimiento 150
009 0 1 A No estar presentes en el centro los facultativos durante el horario de apertura al público 450
011 0 1 A No ajustarse a la tarifas reglamentarias autorizadas 150
012 0. 1 A No cumplimentar reglamentariamente el libro de registro de los informe emitidos 150
Orden de 13 de Mayo de 1986 (B.O.E. de 21 de Mayor de 1986)
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004 0 1 A No comunicar a la Jefatura de Tráfico antes de la fecha en que haya de tener efectividad, cualquier modificación en el régimen de funcionamiento 150
006 0 1 A No colaborar con los funcionarios de la Jefatura de Tráfico en la realización de la inspección del centro 150

Contra la presente disposición de carácter general, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de dicha jurisdicción.

En Arnedo, a 25 de septiembre de 2008.- El Alcalde, Juan-Antonio Abad Pérez.

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