Edicto
D. Jose Javier Marcos Sola Secretario del Juzgado de Instrucción Número 3 de Logroño, doy fe y testimonio que en el Juicio de Faltas nº 0001433/2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
En la Ciudad de Logroño, a 9 de diciembre de 2009.
Dª Olga Ruiz Madrona, Juez en régimen de sustitución del Juzgado de Instrucción número Tres de Logroño y su Partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio de Faltas nº 1433/08 seguidos en este Juzgado siendo partes Encarnación Perea Blázquez y Santiago Blanco Ortega, como denunciantes asistidos del Letrado Sr. Irazola y Miguel Ángel Sánchez Jiménez como denunciado, y la compañía Groupama como responsable civil directo asistida por la Letrada Sra. Vázquez Parga, ha pronunciado, en nombre del Rey, la presente
Que debo condenar y condeno a Miguel Ángel Sánchez Jiménez como autor de una falta del Art. 621.3 del vigente Código Penal a la pena de multa de treinta días de multa con una cuota diaria de 6 euros -con responsabilidad personal en caso de impago en los términos previstos en los artículos 53 y concordantes del Código Penal-, 180 euros) pago de las costas procesales, y a indemnizar a Santiago Blanco Ortega en la cantidad de 6.378,68 euros Encarnación Perea Blázquez en la cantidad de 6.116,38 euros, con los intereses legales pertinentes.
De estas cantidades responderá igualmente en su condición de responsable civil directo la compañía de seguros Seguros Groupama, con el interés del Art. 20 de la LCS.
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de expido la presente en Logroño a veintiséis de abril de dos mil diez.
El/la Secretario.