Gobierno de La Rioja

Núm. 63
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 24 de mayo de 2010
JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 4 DE LOGROÑO
III.E.55

Edicto

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Logroño Juicio Juicio Verbal 0000921/2009

Parte Demandante: Ambrosio Rodríguez Tabernero.

Parte Demandada: Sandra Yanet Arala, Rigoberto Salazar.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

Don Javier Pegenaute Allo, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Logroño y su partido ha pronunciado la siguiente

Sentencia Nº 113/2010

En la ciudad de Logroño, a 13 de mayo de 2010; habiendo visto y oído los presentes autos de juicio verbal, tramitado ante este Juzgado bajo el número 921/2009, y entre partes; como demandante don Ambrosio Rodríguez Tabernero, representado por la Procurador de los Tribunales doña Teresa Zuazo Cereceda, y asistida por el Letrado don Alberto Ibarra Cucalón; y como demandados don Rigoberto Salazar y doña Sandra Yanet Arala, en situación procesal de rebeldía; sobre reclamación de cantidad, y

Fallo

Que estimando la demanda presentada por la Procurador de los Tribunales doña Teresa Zuazo Cereceda, en nombre y representación de don Ambrosio Rodríguez Tabernero, debo condenar y condeno a don Rigoberto Salazar y doña Sandra Yanet Arala, a abonar solidariamente a la actora la suma de 1.366,67 euros, más los intereses legales desde la fecha de la presente resolución y al pago de las costas procesales causadas.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación, que habrá de prepararse ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación. Se le hace saber que para recurrir la presente resolución, deberá Cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Juzgado 2261 0000 03 0921 09 de Banesto, la suma de 50 euros. En el campo "concepto" del Resguardo de ingreso deberá indicar que se trata de ingreso para recurso y el tipo de recurso que interpone.

Líbrese y únase certificación literal a las actuaciones, incluyéndose el original en el Libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la anterior sentencia a Sandra Yanet Arala, Rigoberto Salazar por encontrarse en ignorado paradero.

En Logroño a trece de mayo de dos mil diez

El/la Secretario Judicial.

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