Resolución de 1 de agosto de 2018, de la Dirección de Recursos Humanos de la Gerencia del Servicio Riojano de Salud, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas en el concurso de traslados a plazas básicas vacantes en el Servicio Riojano de Salud de personal estatutario sanitario facultativo, correspondiente a la categoría de referencia Medicina Familiar y Comunitaria y/o categoría equivalente en el Servicio Riojano de Salud de Médico de Familia en Equipos de Atención Primaria (E053)
De conformidad con lo dispuesto en la base 6.3 de la Resolución de 29 de mayo de 2018, de la Dirección de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados a plazas básicas vacantes en el Servicio Riojano de Salud de personal estatutario sanitario facultativo, correspondientes a la categoría de referencia Medicina Familiar y Comunitaria y/o categoría equivalente en el Servicio Riojano de Salud de Médico de Familia en Equipos de Atención Primaria (E053) (BOR de 13 de junio), esta Dirección, en virtud de las competencias atribuidas por Resolución de 1 de marzo de 2013, de la Presidencia del Servicio Riojano de Salud (BOR de 8 de marzo), por la que se delegan determinadas competencias en diversos órganos,
RESUELVE
Primero.- Aprobar la relación provisional de personas admitidas y excluidas en el citado concurso de traslados, que figura como Anexos I y II, respectivamente, a esta Resolución, quedando expuesta en el tablón de anuncios virtual de la sede electrónica de la administración general de la Comunidad Autónoma de La Rioja (www.larioja.org), previsto en el artículo 13 de la Ley 5/2014, de 20 de octubre, de administración electrónica y simplificación administrativa y, a efectos exclusivamente informativos, en la dirección de internet: (www.riojasalud.es), en el apartado de recursos humanos.
Segundo.- 1. Las personas solicitantes excluidas u omitidas disponen de un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión. Las personas solicitantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen el defecto que haya motivado la exclusión o no aleguen la omisión en la relación provisional de personas admitidas y excluidas, justificando su derecho a figurar en la misma, serán definitivamente excluidas. Los escritos presentados por las personas aspirantes a estos efectos se entenderán contestados con la publicación de la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de personas admitidas y excluidas.
2. Las personas solicitantes excluidas deberán realizar la subsanación de manera exclusivamente telemática a través del enlace a la presentación en web del concurso de traslados que consta en las siguientes direcciones de Internet: (www.larioja.org/empleados/es/provisión) o (www.riojasalud.es/rrhh).
Cuando la persona solicitante haya sido excluida por no aportar documentación requerida en la convocatoria, para realizar la subsanación accederá, vía web, a la aplicación informática del concurso de traslados a través del botón Solicitud telemática (para subsanación) y utilizará la opción de enviar documentación.
3. Las personas solicitantes omitidas que no figuren en ninguna de las listas, de admitidas o excluidas, si consideran que deben aparecer deberán hacer valer su derecho de manera justificada mediante reclamación escrita ante la Dirección de Recursos Humanos, sita en la calle Bretón de los Herreros, 33, de Logroño.
Tercero.- La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de reposición potestativo ante la Presidencia del Servicio Riojano de Salud, en el plazo de un mes a contar desde su publicación, o bien ser impugnada ante la jurisdicción contencioso- administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde su publicación, todo ello de conformidad con artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Logroño a 1 de agosto de 2018.- La Directora de Recursos Humanos, Inmaculada Fernández Navajas, (P.D. Res. 01.03.13, del Presidente del SERIS, BOR 32, de 08.03.13).
ANEXO I
Categoría: Medicina Familiar y Comunitaria y/o categoría equivalente en el Servicio Riojano de Salud de Médico de Familia en Equipos de Atención Primaria (E053).
Relación provisional de personas admitidas.
Bajo Argómaniz, Esther
Bernad Martin, Jose Luis
Berrozpe Sanchez, Maria Blanca
Calavia Rueda, Nieves
Casado Blancas, Maria Olga
Cestafe Aja, Ethel
Clavijo Izquierdo, Cristina
Corzo Dominguez, Beatriz
Crespo Martínez, Angel
Cubián Gonzalez, Ignacio
De Las Heras Dueña, Maria Ester
De Madariaga Hidalgo, Angel Ramon
Escobar De Las Heras, Maria Nieves
Fernandez Garcia, Silvia
Fernandez Rueda, Yolanda
Garcia Cueva, Angel
Garcia Lazaro, Jose Maria
Garcia Mozún, Beatriz
Garcia Palacios, Maria Jose
Garrido Calvo, Avelina Maria
Gassent Ramos, Carmen
Gomez Garcia, Victoria
Gonzalez Diez, Silvia
Gracia Bonel, Patricia
Guerrero Alonso, Paula
Gurucharri Zurbano, Nerea
Hernandez Ledesma, Maria Belen
Hervías CamprovÍn, Montserrat
Larrode Pellicer, Cristina
Lasheras Maroto, M. Concepción
Latorre Saiz, Silvia
Leciñana Burgos, Maria Jose
Marín Nalda, Maria Gemma
Martín Martín, Maria Belen
Martínez Cervell, Maria Del Carmen
Martínez Losa Saenz De Tejada, Ernesto
Martínez Soba, Alfredo
Moreno Fernandez, Laura
Múgica Mallaviabarrena, Miren Itziar
Obregón Díaz, Ruben Esteban
Ochagavia Palacios, Mónica
Ornia Rodriguez, Sabino
Ortega Martínez, Jesus
Palomo Larrieta, Maria Jose
Perez Alonso, Edith
Pinillos Martínez, Maria Jose
Ponce Nolla, Jose Luis
Puente Martínez, Antonio
Ramírez Alonso, Maria Estela
Ramírez Gonzalez, Lucia
Rodero Garrido, Angel
Sainz Breton, Gonzalo
Soler Llorens, Rosa Maria
Tejada Argaiz, Maria
Treviño Urbina, Maria Eugenia
Ugalde Olano, Mikel
Urueña Guzman, Amaya
Valle San Martin, Maria
Villareal Caballero, Maria Blanca
Zabala Santolaya, Ruth
Zangróniz Uruñuela, Rosario
ANEXO II
Categoría: Medicina Familiar y Comunitaria y/o categoría equivalente en el Servicio Riojano de Salud de Médico de Familia en Equipos de Atención Primaria (E053).
Relación provisional de personas excluidas.
Ninguna.