Caballerías, 7 y 9. Deficiencias en planta baja de pared medianera, encargo de ejecución subsidiaria. SE_2009_017
Resultando infructuosos los intentos de notificación al copropietario del bajo del inmueble nº 9 de la calle Caballerías; Alberto Ascorbe Martínez con DNI 16.563.959A; a la copropietaria del sótano del inmueble nº 9 de la calle Caballerías; Ruth Fernández Aramayo, con DNI 16.577.748S, a la propietaria del primer piso del immueble nº 9 de la calle Caballerías; María Teresa Mato Iñíguez, con DNI 16.309.730Q y al copropietario del bajo del inmueble nº 7 de la calle Caballerías, Salvador Núñez Domingo, con DNI 16.549.800N, a la propietaria del segundo derecha del inmueble nº 7 de la calle Caballerías, María Diana Bergasa Blasco con DNI 16.579.807G, a la propiedad del tercero izquierda de dicho inmueble Apuesta Inmobiliaria Riojana S. L., con CIF B26.442.400; a la propiedad del cuarto derecha de Caballerías nº 7, Zango Servicios Integrales, S. L., con CIF B26.345.512 y al propietario de la buhardilla de Caballerías nº 7, Eduardo Latorre Viguera, con DNI 16.600.546C,se pone en su conocimiento, para que conste y sirva de notificación, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, la Resolución de Alcaldía nº 01556/2011 de fecha 10 de febrero de 2011.
Esta Alcaldía, teniendo en cuenta:
1. Los acuerdos adoptados por las Resoluciones de Alcaldía nº 02013/2009 de fecha 25 de febrero del 2009 y nº 03586/2010 de fecha 25 de marzo del 2010 respectivamente, por las que se requería a la comunidad de propietarios de Caballerías, 7 (H-26.153.361) y la de Caballerías, 9 (H-26.217.042) la subsanación de las siguientes deficiencias:
Se aprecian deficiencias en la pared medianera de Caballerías, nº 9, aparentemente compartida con el edificio de Caballerías, 7, en su parte delantera a la altura de la planta baja.
Concretamente se aprecia un importante desplome, así como la existencia de elementos disgregados, lo que le hace perder consistencia y capacidad estructural para soportar las cargas de los edificios.
Se ha realizado un apuntalamiento provisional de la citada pared, a fin de garantizar su estabilidad hasta que se proceda a su reparación definitiva.
2. La Resolución de Alcaldía nº 12203/2010 de fecha 11 de octubre del 2010 por la que se requiere por última vez a la propiedad para que realicen los trabajos necesarios para subsanar las deficiencias apreciadas, advirtiéndose de que una vez transcurrido el plazo concedido, sin haberse cumplido la orden de ejecución dictada, la misma se llevará a cabo por el Ayuntamiento por el sistema de ejecución subsidiaria previsto en el artículo 98 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, con repercusión de los costes generados a los propietarios del inmueble.
3. El informe emitido por la arquitecta de la Unidad de Casco Antiguo de fecha 20 de enero de 2011 en el que manifiesta que, tras la visita de inspección girada al inmueble, se observa que no se han realizado las obras de subsanación de deficiencias requeridas por los acuerdos adoptados por las Resoluciones de Alcaldía nº 02013/2009 de fecha 25 de febrero del 2009 y nº 03586/2010 de fecha 25 de marzo del 2010 y nº 12203/2010 de 11 de octubre de 2010.
4. Lo dispuesto en los Arts. 95, 96, y 98 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, respecto a la ejecución forzosa de los actos administrativos.
5. La propuesta de resolución al efecto formulada por el T.A.G. de la Unidad del Casco Antiguo y Patrimonio Histórico.
Resuelve:
Primero: Ejecutar subsidiariamente las obras necesarias para la reparación de las deficiencias señaladas en el expositivo primero de esta Resolución, a costa de los propietarios de los inmuebles de Caballerías, 7 y Caballerías, 9 de Logroño, de conformidad con lo previsto en los Arts. 95, 96 y 98 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, ante el incumplimiento de los requerimientos efectuados.
Segundo: Conferir encargo a la Unidad de Casco Antiguo y Patrimonio Histórico para llevar a cabo los trámites oportunos para la realización de las obras ordenadas a los propietarios de los inmuebles de Caballerías, 7 y Caballerías, 9 de Logroño mediante el sistema de ejecuciónsubsidiaria, con cargo al obligado de los gastos generados.
Tercero: A los efectos de su consideración como obligados al pago de la ejecución subsidiaria de las obras, figuran en el expediente:
Caballerías nº 9 | ||
Piso | Obligado | Cuota |
Bajo | Amador Fernández Aramayo (DNI 16.559.152A) 33,33% | |
Alberto Ascorbe Martínez (DNI 16.563.959A) 33,33% | ||
Ruth Fernández Aramayo (DNI 16.577.748S) 33,33% | 23% | |
Sótano | Amador Fernández Aramayo (DNI 16.559.152A) 33,33% | |
Alberto Ascorbe Martínez (DNI 16.563.959A) 33,33% | ||
Ruth Fernández Aramayo (DNI 16.577.748S) 33,33% | 4% | |
1º | María Teresa Mato Iñíguez (DNI 16.309.730Q) | 21% |
2º | María Luz Divina Giménez Giménez (DNI 13.095.302) | |
José Antonio Jiménez Jiménez (DNI 16.551.618J) | 18,5% | |
3º | María Olga Subero Ramírez (DNI 16.498.016R) | 17,5% |
4º | Majida Sahdane (NIF X2.414.767) | 16% |
Caballerías nº 7 | ||
Piso | Obligado | Cuota |
Bajo | Salvador Núñez Domingo (DNI 16.549.800N) 12,50% | |
Tamara Núñez Domingo (DNI16.597.882R) 12,50% | ||
José Núñez Domingo (DNI16.561.315G) 12,50% | ||
Salvador Núñez Molero (DNI 30.119.733Z) 62,5% | 17% | |
1º Dr | Joel Alonso Méndez (DNI 16.641.635P) | |
Azuzena Vivanco Andino (DNI 24.405.745P) | 10,75% | |
1º Izda | Omar Núñez Alejandro (DNI 16.614.979D) | 12,75% |
2º Dr | María Diana Bergasa Blasco (DNI 16.579.807G) | 9% |
2º Izda | Jon Kepa Irigoyen Mozo (DNI 78.885.075) 50% | |
Patricia Jarauta Romero (DNI16.598.114A) 50% | 12,75% | |
3º Dr | Javier María González Fernández Quejada (DNI 16.546.420J) | |
Leire Urcola Alberdi (DNI 16.380.857G) | 12% | |
3º Izda | Apuesta Inmobiliaria Riojana S. L. (CIF B26.442.400) | 9% |
4º Dr | Zango Servicios Integrales S. L. (CIF B26.345.512) | 10% |
Buhardilla | Eduardo Latorre Viguera (DNI 16.600.546C) | 6,75% |
En Logroño, a 8 de marzo de 2011.- El Alcalde.