Resolución de 28 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Innovación, Trabajo, Industria y Comercio, por la que se autoriza, se aprueba el proyecto de ejecución y se declara de utilidad pública una instalación eléctrica. (AT/25.383)
Electra de Autol, S.A., con NIF A26018184, al amparo de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, solicita autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de su utilidad pública, a los efectos de imposición de servidumbre de paso de la instalación eléctrica 'CRC Camino del Gallo' y línea subterránea 'LAT CRC-Cutillas', expediente AT/25.383, cuyas características a continuación se relacionan:
a) Peticionario: Electra de Autol, S.A.
b) Lugar donde se va establecer la instalación: Autol
c) Finalidad de la instalación: Distribución
d) Características principales: Nuevo centro reparto de cargas denominado 'CRC Camino del Gallo' y LAT subterránea 13,2 KV denominada 'LAT CRC-Cutillas', en término municipal de Autol. El nuevo CRC se ubicará en nuevo edificio prefabricado de hormigón (Merlin Gerin modelo EHC-7 T2L) de dimensiones 6,98x2,50x3,30. El nuevo centro constará de celdas de maniobra y protección con aislamiento SF6: una celda de línea tipo IM, 3 celdas de protección de líneas de distribución tipo DM1C dotadas de interruptor automático Fluarc SF1 motorizadas y 2 celdas de protección de líneas de abonados con interruptor y fusibles tipo QM. El centro dispondrá de un sistema de gestión de la red de alta tensión por control remoto tipo Talux T300. El nuevo CRC se conectará a las líneas de distribución de la zona de la siguiente forma: Intercalamiento en la LAT Cementerio-Yeseras AT-20.459 13,2 kV, mediante el desmantelamiento de la torre número 1 y el vano aéreo entre la torre número 1 y la torre número 2. La línea subterránea existente continuará desde la ubicación del antiguo apoyo número 1, hasta el nuevo CRC proyectado, prolongándola 42 metros. En la base de la torre número 1 se realizará una arqueta doble donde se realizará un empalme del cable actual DHV 12/20 KV 3(1x95), con un nuevo cable HEPRZ1 12/20 KV 3(1x240AI) y finalizando en una celda de línea del nuevo CRC. Del CRC y protegida por celda de MT (DM1-C motorizada) partirá una nueva línea subterránea de 27 metros de longitud con cable HEPRZ1 12/20 KV 3(1x240AI) que llegará al apoyo número 2 realizándose la transición subterráneo/aéreo. Se desmantelará del apoyo número 2 la derivación de la línea de alimentación al CT Ayecue que pasará a alimentarse directamente desde el CRC por medio de una nueva línea subterránea de AT 13,2 KV. Según lo anterior el tramo de la línea desde el CT 'Cementerio' al 'CRC Camino del Gallo' pasará a denominarse LAT 'Cementerio-CRC Camino del Gallo' perteneciendo al presente expediente AT-25.383. La línea AT 'Cementerio-Yeseras' (AT-20.459) pasará a tener su origen en el 'CTR Camino del Gallo' en una de las celdas de protección de línea motorizada del mismo.
La alimentación en anillo del nuevo CRC, se completará desde la LAT existente procedente del CT 'Fuente Higuera' AT-23104 y la nueva línea subterránea 13,2 KV proyectada denominada 'CRC-Cutillas'. La nueva línea subterránea 13,2kV 'CRC-Cutillas' partirá de una celda de línea del CRC, terminando en otra celda de línea del 'C.T. Cutillas' (AT20.717), con una longitud de 355 metros, instalación enterrada entubada empleando cable HEPRZ1 12/20 KV 3(1x240Al).
Sometido a información pública el correspondiente proyecto de la instalación que incluye relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados, y notificado individualmente a los propietarios de los mismos, no se han presentado alegaciones.
Asimismo se han solicitado los preceptivos permisos de cruce y/o paralelismos a los Organismos afectados.
Vistos: La Ley 24/2013 de 26 de diciembre del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre por la que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y su Reglamento aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957; la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás normas de aplicación.
Considerando que se han respetado en la mayor medida posible los derechos de los particulares, haciéndolos compatibles en los aspectos técnicos, económicos y medio ambientales con un trazado racional de la instalación, y sin perjuicio de las correspondientes indemnizaciones determinadas por mutuo acuerdo o en el oportuno expediente de justiprecio que haya de tramitarse.
En virtud de las atribuciones que me han sido conferidas,
RESUELVO
Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de la instalación de 'CRC 'Camino del Gallo' y línea subterránea 'LAT CRC-Cutillas', anteriormente descrita y declarar la utilidad pública de la misma, con las siguientes condiciones:
Primera:
a) La ejecución de las obras se realizará de acuerdo con el proyecto presentado, debiendo atenerse a las condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido al efecto.
b) El plazo de puesta en marcha de las instalaciones será de un año, contado a partir de la ocupación real de las fincas afectadas. Este plazo podrá ser prorrogado por un periodo de seis meses a instancia de parte.
c) El titular dará cuenta de la terminación de las obras a efecto de su reconocimiento definitivo y extensión de la Autorización de Puesta en Servicio.
Segunda.- El incumplimiento de las condiciones de la presente resolución podrá dar lugar a la revocación de la presente autorización.
Tercera.- La presente autorización no exime de la necesidad de cualesquiera otras autorizaciones, permisos o licencias previstas en la legislación vigente. Así mismo deberán respetarse todos los condicionantes derivados de las decisiones ambientales que afecten al proyecto.
Cuarta.- Conforme a lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, esta declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos afectados que posteriormente se relacionan, e implica la urgente ocupación de los mismos.
Esta resolución no agota la vía administrativa.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Económico e Innovación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114, 115 y 30 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este documento se notifica a los interesados la presente resolución, según lo establecido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.
Logroño a 28 de noviembre de 2018.- El Director General de Innovación, Trabajo, Industria y Comercio, Julio Herreros Martín.
Relación de propietarios afectados
Término municipal: Autol
Líneas subterráneas de A.T. 13,2 kV
Finca S/P | Polígono/ Parcela | Naturaleza | Titular | Longitud zanja (m) | Anchura zanja (m.) | Nº arquetas |
Camino de Gallo | Camino | Ayuntamiento de Autol | 61 | 0,44 | 2 | |
Carretera de Calahorra | Calle | Ayuntamiento de Autol | 343 m Zanja existente se utiliza 1 tubo libre para tendido cable AT de CRC hasta CT Cutillas | Existente | 1 (inicio) | |
Polígono 3 Parcela 1474 | Terreno | Ayecue, S.A.U. | 20 | 0,44 | 1 |
Emplazamiento CRC de superficie
Denominación | Polig./ Parc. | Naturaleza | Titular | Longitud (*) | Anchura (*) | Tierras |
CRC de superficie denominado 'CRC Camino del Gallo' | Camino del Gallo | Ayuntamiento de Autol | 7,00 | 2,50 | Protección 80/30/8/82 |
(*) Incrementada en las distancias mínimas reglamentarias (acerado perimetral)
La presente relación de titulares se publica sin perjuicio de tercero de mejor derecho, que deberá acreditar su título sobre los bienes y derechos afectados por cualquier medio de prueba admitido en Derecho. A tal efecto deberá personarse en el expediente, pudiendo formular, en los plazos legalmente establecidos, las alegaciones que estime pertinentes.