El Repertorio de Normativa Autonómica de La Rioja contiene las disposiciones legislativas VIGENTES en la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como aquellas que se encuentran EN TRAMITACIÓN. Desde la IX Legislatura, a partir del 18 de junio de 2015, incluye también las disposiciones DEROGADAS. Los textos están CONSOLIDADOS, es decir, integran en el original las modificaciones y las correcciones que han tenido desde su origen.
La información que ofrece el Repertorio no sustituye a la publicidad legal de las leyes, disposiciones normativas u otros actos que deban ser objeto de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, cuya edición es la única versión oficial y auténtica.
- Creador:
- Presidencia del Gobierno
- Temas:
- Administración pública
- Rango:
- Decreto
- Estado:
- Modificada
- Fecha de creación:
- 05/07/2018
- Última actualización:
- 23/08/2022
Resumen
En sus relaciones con los ciudadanos, la Administración General de la Comunidad Autónoma se regirá por los principios de transparencia, proximidad, coordinación, eficacia, gratuidad, accesibilidad e igualdad de acceso a los servicios en todo el territorio. Corresponde a la Secretaría General Técnica de la Consejería competente en materia de Administraciones Públicas la dirección y coordinación de la atención al ciudadano en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja a través de los distintos canales.
Marco
- Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de La Rioja (artículos 8.uno.1 y 26.uno);
- Decreto 44/2001, de 19 de octubre, por el que se organiza y regula la presencia de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja en la red internet [derogado]
- Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja (artículos 3.1 h), 3.1 i) y 5).
Oportunidad
El presente Decreto asume un concepto amplio de la atención al ciudadano, que integra las funciones de información, de resolución de servicios automatizados de respuesta inmediata y de registro de escritos, solicitudes y comunicaciones y se contempla desde la perspectiva de los tres canales a través de los cuales ésta función puede prestarse: presencial, telefónico y telemático.
Todos los canales comparten la misma base de datos de información, otorgando al ciudadano la libertad de elección del canal para su relación con la Administración en el ámbito de la atención al ciudadano. Se avanza de esta forma en el primero de los compromisos del "Decálogo de Compromisos con el Ciudadano para una Administración de Calidad" aprobado por Acuerdo de Gobierno de 19 de noviembre de 2003.