El Repertorio de Normativa Autonómica de La Rioja contiene todas las disposiciones legislativas VIGENTES en la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como aquellas que se encuentran EN TRAMITACIÓN. Desde la IX Legislatura, a partir del 18 de junio de 2015, incluye también las disposiciones DEROGADAS.
La información que ofrece no sustituye a la publicidad legal de las leyes, disposiciones normativas u otros actos que deban ser objeto de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, cuya edición es la única versión oficial y auténtica.
- Rango:
- Decreto
- Estado:
- No Modificada
- Fecha de creación:
- 17/05/2019
- Última actualización:
- 23/08/2022
Resumen
Regula la formación en materia de protección de los animales para los siguientes operadores: conductores o cuidadores de los animales vertebrados durante su transporte; personal de los centros de concentración autorizados de acuerdo con la normativa veterinaria de la Unión Europea; personal de las granjas encargado del cuidado de los cerdos; personal de las granjas encargado de cuidar y manipular las aves para la producción de carne; y personal de otras granjas, cuando así lo obligue la legislación.
Marco
- Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de La Rioja (artículo 8.uno.19);
- Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos (artículo 5);
- Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros (artículo 46.1);
- Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja (artículo 30.3);
- Real Decreto 1084/2005, de 16 de septiembre, de ordenación de la avicultura de carne (Anexo I);
- Reglamento (CE) n° 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas y por el que se modifican las Directivas 64/432/CEE y 93/119/CE y el Reglamento (CE) n° 1255/97 (artículos 6 y 17);
- Real Decreto 692/2010, de 20 de mayo, por el que se establecen las normas mínimas para la protección de los pollos destinados a la producción de carne y se modifica el Real Decreto 1047/1994, de 20 de mayo, relativo a las normas mínimas para la protección de terneros (artículo 6);
- Decreto 28/2015, de 21 de julio (derogado), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (artículo 7.2.3.e);
- Real Decreto 542/2016, de 25 de noviembre, sobre normas de sanidad y protección animal durante el transporte;
- Decreto 41/2019, de 10 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (artículo 6.2.3.e).
Oportunidad
En el bienestar de los animales en las granjas y durante su transporte, resulta de vital importancia que el personal encargado del cuidado de los animales tenga competencia profesional y formación adecuada. Por otro lado, existe legislación que obliga al personal al cuidado de los animales en determinadas granjas a la realización de un curso reconocido por la autoridad competente.
No existe una norma anterior en la Comunidad Autónoma de La Rioja que regule estas cuestiones. La experiencia adquirida con el procedimiento seguido estos años y la aprobación del Real Decreto 542/2016, de 25 de noviembre, sobre normas de sanidad y protección animal durante el transporte, han puesto de manifiesto la conveniencia de publicar una norma en el ámbito de esta Comunidad Autónoma.
Datos económicos
La norma cuya aprobación se propone carece de contenido económico. Las tareas que va a desarrollar el personal del Servicio de Ganadería no van a verse incrementadas sustancialmente ya que hasta la fecha se viene realizando un procedimiento similar y aunque lo contemplado en el nuevo decreto implica alguna actuación añadida, se considera asumible por el personal actual.
Número de disposición
1/2020
Publicación
- BOR nº 9, de 24 de enero de 2020: PDF
Fecha de la disposición
21/01/2020
Entrada en vigor
25/01/2020
Expediente normativo
Expediente normativoTexto actualmente vigente
Versiones anteriores
-
Borrador inicial.PDF (101 Kb)
- DOC (133 Kb)
Publicación de las modificaciones en el BOR
- Corrección de errores del Decreto 1/2020,... (BOR 11)