El Repertorio de Normativa Autonómica de La Rioja contiene las disposiciones legislativas VIGENTES en la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como aquellas que se encuentran EN TRAMITACIÓN. Desde la IX Legislatura, a partir del 18 de junio de 2015, incluye también las disposiciones DEROGADAS. Los textos están CONSOLIDADOS, es decir, integran en el original las modificaciones y las correcciones que han tenido desde su origen.
La información que ofrece el Repertorio no sustituye a la publicidad legal de las leyes, disposiciones normativas u otros actos que deban ser objeto de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, cuya edición es la única versión oficial y auténtica.
- Creador:
- Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno
- Temas:
- Agricultura y Ganadería, Medio ambiente
- Número de disposición:
- 12/2023
- Fecha de la disposición:
- 05/04/2023
- Rango:
- Decreto
- Estado:
- Modificada
- Fecha entrada en vigor:
- 13/04/2023
Resumen
Aprueba el Plan de Gestión del lobo (Canis lupus) en La Rioja y su coexistencia con la ganadería extensiva, así como el Protocolo para la extracción y captura de ejemplares de lobo en La Rioja de forma excepcional y selectiva.
Huella normativa
Recoge la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones sobre un proyecto normativo. El objetivo es recabar, antes de su elaboración y durante un plazo de tiempo determinado, su opinión acerca acerca de la propuesta inicial y de los objetivos de dicho proyecto.
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1.1
Ficha de consulta previa
Es la ficha que se publica en el portal de participación y que recoge: - Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa. - La necesidad y oportunidad de su aprobación. - Los objetivos de la norma - Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
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1.2
Informe que excluye la consulta previa
En los casos establecidos por la normativa, puede omitirse la consulta previa de manera motivada.
A diferencia de la fase de Consulta Previa, en esta se ofrece un borrador inicial con el articulado completo para que la ciudadanía se pronuncie. El objetivo es recabar, durante un plazo de tiempo determinado, la opinión de personas y colectivos acerca de la estructura y el contenido dispositivo de la norma que se está tramitando.
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2.1
Información pública
El objetivo es recabar, durante un plazo de tiempo determinado, la opinión de personas y colectivos acerca de la estructura y el contenido dispositivo de la norma cuya tramitación se va a continuar.
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2.2
Audiencia corporativa
Ayuntamientos, asociaciones, agentes sociales y otras entidades consultas
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2.3
Participación de las entidades locales
El órgano responsable de la tramitación del proyecto normativo debe adoptar las medidas que hagan posible la participación de los entes locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja cuando dicho proyecto afecte a sus competencias.
Se detallan en este apartado los informes recibidos, una vez remitido el anteproyecto de Ley o Reglamento a los órganos correspondientes
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4.1
Informe de la Dirección General de Control Presupuestario
La Dirección General de Control Presupuestario informa sobre anteproyectos de Ley, proyectos de disposiciones generales y planes generales que impliquen aumento o disminución de los ingresos y gastos públicos, o afecten a medios de pago, y sobre toda propuesta de la que puedan derivarse consecuencias económicas en materia de sistema retributivo y de costes de personal.
Concluidas las actuaciones de instrucción y con carácter previo a la emisión del dictamen del Consejo Consultivo de La Rioja que en su caso deba emitirse, la Secretaría General Técnica encargada de la tramitación elabora una memoria sucinta de todo el procedimiento
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5.1
Memoria inicial
En ella se reseñan los antecedentes, los trámites practicados y su resultado, las modificaciones introducidas en el texto del anteproyecto como consecuencia del contenido de los documentos e informes resultantes de los trámites de consulta previa, audiencia e informes preceptivos, así como una exposición motivada de aquellas que hayan sido rechazadas. La memoria deberá recoger expresamente una declaración motivada de la adecuación al ordenamiento jurídico del texto del anteproyecto.
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5.2
En aquellos casos en que proceda la emisión de dictámenes, una vez recibido los mismos, se procederá a introducir las modificaciones que procedan en el texto del anteproyecto.
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6.1
Dictamen del Consejo Consultivo
El Consejo Consultivo vela por la observancia de la Constitución, del Estatuto de Autonomía y del resto del ordenamiento jurídico. Asimismo, valora aspectos de oportunidad y conveniencia, si así lo solicita expresamente la autoridad consultante.
Texto actualmente vigente
Publicación
- BOR nº 71, de 12 de abril de 2023: PDF
Expediente normativo
Expediente normativoVersiones anteriores
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Texto vigente desde 13/04/2023 hasta 21/07/2024.PDF (184 Kb)
- DOC (262 Kb)
Publicación de las modificaciones en el BOR
- Resolución 404/2024, de 18 de julio, de la... (BOR 141)