El Repertorio de Normativa Autonómica de La Rioja contiene las disposiciones legislativas VIGENTES en la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como aquellas que se encuentran EN TRAMITACIÓN. Desde la IX Legislatura, a partir del 18 de junio de 2015, incluye también las disposiciones DEROGADAS. Los textos están CONSOLIDADOS, es decir, integran en el original las modificaciones y las correcciones que han tenido desde su origen.
La información que ofrece el Repertorio no sustituye a la publicidad legal de las leyes, disposiciones normativas u otros actos que deban ser objeto de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, cuya edición es la única versión oficial y auténtica.
- Creador:
- Consejería de Educación, Cultura y Turismo
- Temas:
- Turismo

Resumen
Para que un establecimiento sea clasificado como casa rural deberá cumplir lo establecido en los artículos 117 a 130, ambos inclusive, del Decreto 14/2011, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 2/2001, de 31 de mayo, de Turismo de La Rioja. Para los establecimientos de turismo rural o casas rurales se establecen cinco categorías, representadas por una, dos, tres, cuatro o cinco estrellas, en función a sus instalaciones, equipamientos y servicios que presten en los mismos, de acuerdo con el sistema de categorización que establece la Orden.
Número de disposición
2/2015
Publicación
- BOR nº 14, de 30 de enero de 2015: PDF
Fecha de la disposición
22/01/2015
Entrada en vigor
31/01/2015 - 22/05/2017
Última versión
Publicación de las modificaciones en el BOR
- Decreto 10/2017, de 17 de marzo, por el que... (BOR 34)
Dato Abierto
Localización
Logroño