Gobierno de La Rioja

El Repertorio de Normativa Autonómica de La Rioja contiene todas las disposiciones legislativas VIGENTES en la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como aquellas que se encuentran EN TRAMITACIÓN. Desde la IX Legislatura, a partir del 18 de junio de 2015, incluye también las disposiciones DEROGADAS.

La información que ofrece no sustituye a la publicidad legal de las leyes, disposiciones normativas u otros actos que deban ser objeto de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, cuya edición es la única versión oficial y auténtica.

ÚLTIMO BOLETÍN ANALIZADO: nº 250, de 20 de diciembre de 2024
Creador:
Consejería de Salud
Temas:
Sanidad
Rango:
Decreto
Estado:
No Modificada
Fecha de creación:
27/09/2018
Última actualización:
23/08/2022

Resumen

Regula la instalación y la utilización, fuera de los centros o entornos sanitarios, de los desfibriladores semiautomáticos externos y establece los requisitos de formación para la utilización de los desfibriladores por personal no sanitario, así como los requisitos de las entidades formadoras.

Marco

  • Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior;
  • Decreto 48/2008, de 18 de julio, por el que se regula el uso de desfibriladores semiautomáticos externos por personal no médico en la Comunidad Autónoma de La Rioja;
  • Real Decreto 365/2009, de 20 de marzo, por el que se establecen las condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario.

Oportunidad

La actuación ante una parada cardiaca exige la acción integral entre varios intervinientes en la cadena de supervivencia, siendo muy importante la figura del primer interviniente mientras llegan los equipos de asistencia urgente extrahospitalarios. Los desfibriladores semiautomáticos externos (DESA), por sus características, son los equipos idóneos para ser utilizados por personal no sanitario fuera del entorno sanitario.

El avance de la evidencia científica y la práctica son los mejores aliados de quien tiene entre sus planes la mejora continua y ello hace recomendable la necesidad de sustituir el Decreto anterior.

Datos económicos

De la aplicación del Decreto no se prevé que se vayan a derivar derechos u obligaciones de carácter económico.

Número de disposición

8/2019

Publicación

  • BOR nº 55, de 8 de mayo de 2019: PDF

Fecha de la disposición

03/05/2019

Entrada en vigor

14/09/2018

Expediente normativo

Expediente normativo

Texto actualmente vigente

Dato Abierto

Localización

Logroño

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