El Repertorio de Normativa Autonómica de La Rioja contiene las disposiciones legislativas VIGENTES en la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como aquellas que se encuentran EN TRAMITACIÓN. Desde la IX Legislatura, a partir del 18 de junio de 2015, incluye también las disposiciones DEROGADAS. Los textos están CONSOLIDADOS, es decir, integran en el original las modificaciones y las correcciones que han tenido desde su origen.
La información que ofrece el Repertorio no sustituye a la publicidad legal de las leyes, disposiciones normativas u otros actos que deban ser objeto de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, cuya edición es la única versión oficial y auténtica.
- Rango:
- Orden
- Estado:
- No Modificada
- Fecha de creación:
- 22/05/2022
- Última actualización:
- 28/08/2024
Resumen
Establece las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de animales de reposición de determinadas razas de ganado, con el fin de incrementar la calidad de los productos mediante una mejora de la base genética de la cabaña ganadera de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Las ayudas consisten en una subvención por la adquisición de hembras y machos de reposición de ganado bovino (excepto ganado de lidia), ovino, caprino, porcino o equino.
Marco
- Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de La Rioja (artículos 8.Uno.4 y 8.Uno.19);
- Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros (artículos 42.1.e y 46.1);
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (artículo 17);
- Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (artículos 9, 10 y 17);
- Orden 22/2010, de 6 de agosto, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de animales de reposición en la Comunidad Autónoma de La Rioja;
- Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja (artículos 179 y 180.1);
- Reglamento (UE) 2019/316 de la Comisión, de 21 de febrero de 2019, por el que se modifica el Reglamento (UE) n° 1408/2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola;
- Decreto 49/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (artículo 6.2.3.b);
- Ley 6/2021, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2022 (artículo 17).
Oportunidad
En la ganadería riojana, la introducción de razas foráneas, sin un adecuado programa de mejora genética, ha supuesto la formación de un amplio abanico racial, predominando en la mayoría de las ganaderías los cruces absorbentes de distintas razas. En este sentido, sería interesante que las ganaderías se especializasen en la raza que más se adapte a su sistema de producción, tendiendo a uniformizar la base genética de los reproductores de la explotación.
La utilización de razas autóctonas y españolas constituye una fuente de riqueza incalculable, tanto desde el punto de vista económico como social y medioambiental. Por ello, son objeto de una especial protección por parte de las administraciones públicas, no sólo como parte del patrimonio genético animal, sino también porque mayoritariamente se crían en régimen extensivo, con las beneficiosas consecuencias que aporta al medio ambiente y al medio rural.
La orden propuesta tiene como objeto establecer un régimen de ayudas para la adquisición de animales de reposición de las especies ganaderas bovina (excepto ganado de lidia), ovina, caprina, porcina y equina, con el fin de mejorar nuestro patrimonio genético ganadero, que constituye una parte importante de nuestra economía agraria y para la conservación de nuestro entorno en las mejores condiciones.
Datos económicos
El gasto que derive de la presente norma se concretará en las respectivas convocatorias conforme a las disponibilidades presupuestarias establecidas en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Está ayuda está contemplada el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población 2020-2022 (ABC nº 00860-2020/097756) en la línea 1.1.3 dentro de la Acción "Ayudas a explotaciones agrarias y a la producción agraria" dentro del Eje de "Creación de empleo".
Número de disposición
23/2022
Publicación
- BOR nº 96, de 20 de mayo de 2022: PDF
Fecha de la disposición
18/05/2022
Entrada en vigor
21/05/2022