El Repertorio de Normativa Autonómica de La Rioja contiene todas las disposiciones legislativas VIGENTES en la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como aquellas que se encuentran EN TRAMITACIÓN. Desde la IX Legislatura, a partir del 18 de junio de 2015, incluye también las disposiciones DEROGADAS.
La información que ofrece no sustituye a la publicidad legal de las leyes, disposiciones normativas u otros actos que deban ser objeto de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, cuya edición es la única versión oficial y auténtica.
- Rango:
- Decreto
- Estado:
- No Modificada
- Fecha de creación:
- 19/08/2022
- Última actualización:
- 26/08/2022
Resumen
Ampliar Espacios Protegidos de la Red Natura 2000 en la Comunidad Autónoma de La Rioja, declara como Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) el Espacio Protegido de la Red Natura 2000 (ES2300006) 'Sotos y Riberas del Ebro' y aprueba los Planes de Gestión y Ordenación de los Recursos Naturales de los respectivos Espacios Protegidos de la Red Natura 2000
Marco
- Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de La Rioja (artículo 9.1);
- Ley 4/2003, de 26 de marzo, de Conservación de Espacios Naturales de La Rioja (artículo 8);
- Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros (artículo 46.3);
- Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja (artículo 33.2);
- Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (artículos 17 y 30);
- Decreto 55/2021, de 22 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (artículo 7.2.4 c).
Oportunidad
Mediante Decreto 9/2014, de 21 de febrero, fueron declarados como Zonas Especiales de Conservación (ZEC) los seis Lugares de Importancia Comunitaria designados en la Comunidad Autónoma de La Rioja y, simultáneamente, fueron aprobados sus correspondientes Planes de Gestión y Ordenación de los Recursos Naturales.
En la disposición adicional primera de dicho Decreto se establecía que los planes de gestión y ordenación de los recursos naturales tendrían una vigencia indefinida en lo que respecta al régimen de protección -zonificación general de los espacios, normativa y regulación de usos, y criterios orientadores de la gestión-, mientras que los programas de actuación tendrían una vigencia de seis años desde la fecha de aprobación de los planes de gestión. Transcurrido este periodo, en febrero de 2020, se ha procedido a la elaboración de la Memoria de Seguimiento de los Planes de Gestión de los espacios protegidos Red Natura 2000 en la que se revisa el grado de ejecución de las acciones y medidas contempladas en el Programa de Actuaciones y se evalúa el grado de consecución de los objetivos de conservación a partir de un sistema de indicadores.
La aprobación del presente Decreto viene motivada en dicha Memoria de Seguimiento, elaborada a partir de los resultados obtenidos de la medición del grado de consecución de los objetivos de conservación, una vez transcurridos seis años de la entrada en vigor del Decreto 9/2014, de 21, de febrero.
Datos económicos
La aprobación de esta norma supondrá que los futuros presupuestos de la administración prevean el gasto correspondiente a las acciones que desarrollarán las medidas concretas para la conservación y protección de cada uno de los espacios protegidos declarados.
Número de disposición
46/2022
Publicación
- BOR nº 159, de 19 de agosto de 2022: PDF
Fecha de la disposición
17/08/2022
Entrada en vigor
20/08/2022