Gobierno de La Rioja

Autorización de Transporte Regular de Uso Especial de escolares y trabajadores por carretera

Plazo: Continuo
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Tramitación de la autorización de transporte regular de uso especial para el transporte de escolares y/o grupos de trabajadores

Requisitos

Autorización de transporte público de viajeros de la empresa solicitante (VD / VT / VTC).

Las empresas transportistas deberán acreditar la exitencia del correspondiente contrato o precontrato convenido con los representantes de los centros de enseñanza (colegios) o de actividad (empresas) para la realizacion del transporte.

Documentación

Solicitud

La solicitud de Autorización de Vehículo para Transporte Regular de Uso Especial deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

  1. Permiso de Circulación.
  2. Ficha técnica.
  3. Certificado de la compañía aseguradora acreditativo de la vigencia de los seguros de los vehículos.
  4. Listado del itinerario y paradas a realizar.
  5. Contrato con el Centro Escolar o empresa.
  6. Justificante de ingreso de la tasa (ver apartado TASAS)

Aportación de documentos junto con la solicitud

Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón TRAMITAR  y seguidamente en "Solicitud". En el supuesto de desear aportar documentación complementaria a un expediente que previamente se haya presentado por esta misma vía, deberá hacerlo a través del botón TRAMITAR y seguidamente pinchar "Consulte el estado de su expediente y realice otras gestiones si lo desea: aportar justificantes, documentación requerida etc" , seleccionando el expediente que se desee completar.

Téngase en cuenta que el artículo 56 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para los titulares o solicitantes de las distintas autorizaciones y habilitaciones contempladas en la citada Ley.

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Procedimiento no sujeto a un plazo específico.

Plazo de resolución y notificación

5 meses, según establece el Real Decreto 5 de agosto 1994 de adecuación de determinados procedimientos administrativos a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Tasas

Autorizaciones de transporte de viajeros de uso especial

Importe: 36,36 € Pagar


Notificaciones

El artículo 56 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para los titulares o solicitantes de las distintas autorizaciones y habilitaciones contempladas en la citada Ley.

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Margarita Echarren Sáenz
  • Esperanza Cariñanos Pérez

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.

Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de ordenación de los Transportes Terrestres.

Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores.

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Negativo

Recurso que procede:

Alzada

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