Ayudas para la protección de murciélagos
Compensación económica de los perjuicios ocasionados por la presencia de una colonia de reproducción o de hibernación de cualquiera de las especies de murciélagos afectadas, o, en su caso, la pérdida de la renta originada por la falta de uso del habitáculo donde residan, dentro de la Comunidad Autónoma.
Requisitos
Beneficiarios
Propietarios o personas en quien deleguen, de edificaciones de carácter privado, en cuyo interior se encuentre una colonia de reproducción o de hibernación de las especies de murciélagos afectadas.
Especies afectadas
Las especies de murciélagos afectadas son: murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum), murciélago pequeño de herradura (Rhinolophus hipposideros), murciélago mediterráneo de herradura (Rhinolophus euryale), murciélago ratonero grande (Myotis myotis), murciélago ratonero mediano (Myotis blythii), murciélago de Geoffroy (Myotis emarginatus), murciélago de Bechstein (Myotis bechsteinii), murciélago de bosque (Barbastella barbastellus), murciélago de cueva (Miniopterus schreibersii).
La colonia deberá tener un mínimo de 20 ejemplares para colonias de hibernación y de 10 ejemplares adultos (excluidas crías) para las colonias de reproducción, fijadas de forma estable durante el correspondiente periodo biológico.
Documentación
Solicitud
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Documento acreditativo de la propiedad del edificio.
- Memoria explicativa donde se detallen las actuaciones previstas para evitar la realización de molestias en la colonia de murciélagos durante su estancia en el edificio.
- Ficha de alta de terceros del solicitante de la Comunidad Autónoma de La Rioja o su modificación (Sólo en caso de que no esté presentada).
Todos los documentos exigidos que no sean originales se presentarán debidamente compulsados, no siendo necesario presentar aquella documentación que ya obre en poder de la Administración.
- Modelo de solicitud (134 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
- Para las colonias de reproducción: hasta el 13 de junio de 2024.
- Para las colonias de hibernación: hasta el 11 de noviembre de 2024.
Plazo de resolución y notificación
Seis meses a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
En caso de presentación electrónica, si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección web www.larioja.org/notificaciones , o bien, solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta en la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., para lo cual debe indicar que dirección electrónica pretende que se le habilite.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Luis Lopo Carramiñana
- Ana Isabel Ceballos Gómez
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente
- Órgano competente: Dirección General de Medio Natural y Paisaje
- Unidad tramitadora: Servicio de Conservación de la Naturaleza y Planificación
- Cargo que resuelve: Director/a
Normativa
Orden 15/2006, de 12 de septiembre, de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la protección de murciélagos y se convocan para el año 2006
Resolución 542/2024, de 30 de abril, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria pública para el año 2024 de las ayudas económicas con carácter de subvención para la protección de murciélagos en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: