Reconocimiento del grado de discapacidad
El reconocimiento del grado de discapacidad lleva consigo el poder acceder a las prestaciones sociales y económicas previstas en la normativa vigente. El grado de discapacidad se acredita mediante una tarjeta personal e intransferible.
Requisitos
Dirigido a las personas que consideren encontrarse en situación de discapacidad. Además deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ser español o extranjero residente legalmente en España.
- Estar empadronado en La Rioja o haber tenido el último domicilio en esta Comunidad, en caso de residir en el extranjero.
El procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad se iniciará a instancia de la persona interesada, mediante presentación de solicitud en modelo normalizado. Una vez obtenido, se puede solicitar su revisión bien porque exista un agravamiento, bien porque haya finalizado el plazo de validez de la resolución inicial.
Los interesados podrán precisar o completar los datos del modelo de solicitud, acompañando los documentos que estimen oportunos, los cuales serán admitidos y tenidos en cuenta por el órgano administrativo.
Si el interesado tiene valorado grado de discapacidad en otra Comunidad Autónoma y precisa ser valorado en La Rioja, deberá solicitar previamente el traslado de expediente.
Trámites
- Recibida la solicitud, el Centro de Valoración de la Discapacidad y Dependencia notificará al interesado, el día, la hora y la dirección en que hayan de realizarse los reconocimientos y pruebas pertinentes, en su caso.
- Para la formulación de sus dictámentes, el Equipo de Valoración y Orientación podrá efectuar cuantas informaciones, conocimientos o pruebas juzgue necesario y asimismo podrá recabarlos de otros profesionales del propio Centro de Valoración o de servicios ajenos.
- Efectuadas las pruebas, reconocimientos e informes pertinentes, el Equipo de Valoración y Orientación procederá a emitir y elevar a la Dirección General el Dictamen Técnico-Facultativo.
Documentación
Solicitud
- Solicitud de reconocimiento de grado de discapacidad.
- Certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento en el que resida el solicitante
- Fotocopia del DNI del solicitante, y representante legal en su caso.
- En el caso de personas usuarias no nacionales, documento de identidad y certificado de registro de la Unión y/o permiso de residencia.
- Si el solicitante es menor de 14 años y carece de DNI/NIE, copia del libro de familia o Certificado de nacimiento.
- Informes actualizados que acrediten las patologías clínicas, médicas y/o psicológicas, que presenta la persona
- Informe psicopedagógico de su centro educativo, para el caso de menores en edad escolar.
- Cuestionario de autoevaluación BRP. Anexo II a la solicitud. No obligatorio
- Cuando la solicitud se realice por la persona que ejerza las medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica, deberá acreditarse la representación a través de la documentación justificativa de dicha condición.
En caso de revisión por agravamiento se presentarán aquellos informes que acrediten dicho agravamiento.
- Solicitud reconocimiento de grado de discapacidad (66.2 kb)
- Declaración guardador de hecho (86.5 kb)
- Consentimiento para la notificación electrónica (54.2 kb)
- Solicitud de cambio de medio de notificación (61.2 kb)
- Sujetos obligados a recibir notificación electrónica (79 kb)
- Solicitud de Traslado de Expediente (54.7 kb)
- Anexo II-Baremo Autoevaluación voluntaria (260.6 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
No sujeto a plazo específico de solicitud
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Centro de Valoración de la Discapacidad y Dependencia
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Salud y Políticas Sociales
- Órgano competente: Dirección General de Dependencia, Discapacidad y Mayores
- Unidad tramitadora: Centro de Valoración de la Discapacidad y Dependencia
- Cargo que resuelve: Sr./Sra. Director/a
Normativa
Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Reclamación previa a la vía jurisdiccional social
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: