Ayudas para deportistas riojanos con discapacidad
La dotación de material para el desarrollo de la práctica deportiva de personas con discapacidad.
Requisitos
Beneficiarios
- Las Entidades Deportivas Riojanas que se encuentren legalmente constituidas e inscritas o adscritas en el Registro del Deporte de La Rioja que desarrollen su actividad mayoritariamente en esta Comunidad Autónoma, con excepción de las Sociedades Anónimas Deportivas, y las Agrupaciones Deportivas dependientes de centros docentes sostenidos con fondos públicos del Gobierno de La Rioja. Se entenderá que una entidad desarrolla mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de La Rioja cuando su promoción deportiva y al menos el 85% de los encuentros y entrenamientos de competiciones los realice en este territorio. En el caso de las Agrupaciones y Grupos Deportivos beneficiarios de estas subvenciones, las solicitudes deberán efectuarse por las Entidades Públicas o Privadas al amparo de las cuales se constituyen aquellas.
- Las Asociaciones constituidas y domiciliadas en La Rioja e inscritas en el Registro Público correspondiente.
En cualquier caso, los solicitantes mencionados, para poder ser beneficiarios de subvenciones, habrán de estar al día en el cumplimiento de los requerimientos que en el ejercicio de sus competencias hay efectuado la Consejería competente en materia deportiva, y obtener al menos el 10% del total de puntos posible.
Periodo subvencionable
Programa deportivo previsto desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2025.
Documentación
Solicitud
A las solicitudes, que se realizarán conforme a lo recogido en el artículo 9 de la Orden de Bases, se acompañarán en el plazo señalado en la citada resolución, con carácter específico los siguientes documentos:
- La licencia federativa en vigor expedida por la correspondiente federación deportiva riojana.
- Declaración responsable de la persona solicitante indicando el municipio de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el que se encuentra empadronado o empadronada así como la fecha de dicho empadronamiento.
- Historial deportivo referido a los dos años o temporadas anteriores a la convocatoria de la ayuda. En el caso de personas deportistas lesionadas en el año anterior a la convocatoria de la ayuda se deberá presentar un certificado o informe médico justificativo.
- Programa deportivo previsto durante el plazo establecido por la resolución anual de convocatoria.
- Declaración de las ayudas económicas recibidas en el año anterior, de cualquier entidad pública o privada o dirigida a la práctica deportiva.
- Certificado acreditativo del grado de minusvalía emitido por el órgano competente.
- Con carácter voluntario podrán aportarse además cuantos datos el peticionario estime necesarios para documentar el cumplimiento de los criterios de concesión a través de sus indicadores.
JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
La justificación del gasto subvencionable se realizará, dentro del plazo establecido en la resolución de convocatoria, mediante la presentación de la Memoria explicativa de la actividad realizada, de acuerdo con el programa deportivo que sirvió para la concesión, acompañado de un informe final de la Federación sobre los resultados obtenidos, mejora de su formación deportiva y futuros y posibles resultados.
- Adjunto I-Modelo de solicitud (63.1 kb)
- Adjunto III- Declaración obligaciones por reintegro de subvenviones (55.6 kb)
- Adjunto VI- Declaración empadronamiento (55.5 kb)
- Adjunto VII- Historial deportivo (61.6 kb)
- Adjunto VIII-Programa deportivo (57.1 kb)
- Adjunto X-Declaración obtención subvenciones (55.5 kb)
- Adjunto XI- Declaración Valoración indicadores (56.9 kb)
- Ficha justificativa I (55.9 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
- Los lugares indicados de acuerdo con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
30 días hábiles computados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación en el BOR: 3 de abril de 2025).
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 4 de abril de 2025 y finaliza el 21 de mayo de 2025.
Plazo de resolución y notificación
Seis meses, contados desde la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el BOR. Transcurrido dicho plazo sin que la Resolución haya sido notificada, el interesado deberá entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.Otros plazos
Plazo de Justificación
La justificación del gasto derivado de las actividades subvencionadas finalizará el día 15 de octubre de 2025.
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Jorge Belloso Fontecha: 941 291 100; Extensión 31352
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud
- Órgano competente: Dirección General de Deporte y Juventud
- Unidad tramitadora: Servicio de Promoción y Desarrollo del Deporte
- Cargo que resuelve: Sr./a Consejero/a
Normativa
Orden EDC/36/2023, de 2 de junio, por la que se establecen las Bases Reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de deporte
Resolución 136/2025, de 4 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se convocan ayudas para deportistas riojanos discapacitados (Texto íntegro).
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: