Gobierno de La Rioja

Ayudas para deportistas riojanos con proyección para el deporte rendimiento

Plazo: Fuera de plazo de solicitud
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Su finalidad es financiar gastos corrientes destinados a fomentar la progresión del rendimiento deportivo de los beneficiarios.

Requisitos

Beneficiarios

Podrán acceder a estas ayudas aquellos deportistas que habiendo demostrado con anterioridad, mediante la acreditación de los resultados obtenidos, una calidad inicial y una especial dedicación a la actividad deportiva, evidencian una proyección inmediata o futura para el deporte rendimiento.

Requisitos

a) Permanecer empadronado o empadronada en cualquier municipio o municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja con una antigüedad total de al menos 2 años en el momento de la solicitud.

b) Estar en posesión de licencia federativa expedida o, en su caso, tramitada por la correspondiente Federación Deportiva de La Rioja.

c) Tener la condición de seleccionable, en su modalidad deportiva, por las federaciones deportivas españolas.

d) Excepcionalmente, y por razones de interés general de esta Comunidad Autónoma, se podrán considerar las solicitudes de las personas deportistas que nacidos en la misma no cumplan los requisitos anteriores. En este último caso, la propuesta del órgano que realice la evaluación deberá ser motivada.

Programa deportivo

El programa deportivo previsto abarcará desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2025.

Documentación

Solicitud

A las solicitudes, que se realizarán conforme a lo recogido en el artículo 9 de la Orden de Bases, se acompañarán en el plazo señalado en la resolución de convocatoria, con carácter específico los siguientes documentos:

a) La licencia federativa en vigor expedida por la correspondiente federación deportiva riojana.

b) Declaración responsable de la persona solicitante indicando el municipio de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el que se encuentra empadronado o empadronada así como la fecha del referido empadronamiento.

c) Historial deportivo referido a los dos años o temporadas anteriores a la convocatoria de la ayuda, en el que figuren las participaciones y los resultados más importantes alcanzados a nivel autonómico, nacional o internacional. Este historial deportivo deberá ir diligenciado con el visto bueno de la federación riojana correspondiente.

d) Programa deportivo previsto durante el plazo determinado en la resolución anual de convocatoria haciendo constar los siguientes datos:

1º  La entidad deportiva a la que pertenece.
2º  Horario de entrenamiento.
3º  Datos personales y deportivos de los técnicos titulados que actúen como entrenador del solicitante.
4º  Programa de participación en competiciones, pruebas, criterios y encuentros para cada temporada con el visto bueno de la entidad a la que pertenede.

e) Informe emitido por el órgano técnico competente de la respectiva federación, con el visto bueno del presidente de la misma, en el que se haga constar los siguientes datos:

1º   La valoración técnica del historial deportivo que se presenta.
2º   Un juicio técnico de viabilidad del programa que se propone.

f) Declaración de las ayudas económicas procedentes de otros Organismos Oficiales, Federación autonómica, Federación Española, Consejo Superior de Deportes, otras entidades deportivas patrocinadores, percibida durante el presente año y el anterior.

g) Con carácter voluntario se podrán aportar cuantos datos se estime necesarios para documentar el cumplimiento de los criterios de concesión a través de sus indicadores.

JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA

La justificación del gasto subvencionable se realizará, dentro del plazo establecido en la resolución de convocatoria, mediante la presentación con carácter específico de la Memoria explicativa de la actividad realizada, de acuerdo con el programa deportivo que sirvió para la concesión, acompañado de un informe final de la Federación sobre los resultados obtenidos, mejora de su formación deportiva y futuros y posibles resultados.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

De forma presencial a través de:

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

30 días hábiles computados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación en el BOR: 3 de abril de 2025).

El plazo de presentación de solicitudes comienza el 4 de abril de 2025 y finaliza el 21 de mayo de 2025.

Plazo de resolución y notificación

Seis meses, contados desde la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el BOR. Transcurrido dicho plazo sin que la Resolución haya sido notificada, el interesado deberá entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

Otros plazos

Justificación del gasto

La justificación del gasto derivado de las actividades subvencionadas deberá realizase hasta el 15 de octubre de 2025.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

Jorge Belloso Fontecha: 941 291 100; Extensión 31352

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Orden EDC/36/2023, de 2 de junio, por la que se establecen las Bases Reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de deporte.

Resolución 148/2025, de 10 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se convocan ayudas para deportistas riojanos con proyección para el deporte rendimiento. (Texto íntegro)

Extracto de la Resolución de convocatoria

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Negativo

Recurso que procede:

Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

Observaciones:

Además de las previstas en la presente Orden de Bases y las contempladas en la legislación vigente son obligaciones de los beneficiarios, con carácter específico, las siguientes:

  1. No interrumpir la actividad financiada durante la temporada deportiva, salvo casos excepcionales debidamente acreditados.
  2. Comunicar a la Consejería competente en materia deportiva cualquier posible cambio que se produzca en su situación personal y/o deportiva, a efectos de la posible revocación de la ayuda.
  3. Portar y exhibir el logotipo, que acredite su condición de deportistas perceptores de ayudas, que será determinado por el Gobierno de La Rioja. El mencionado logotipo lo portarán en sus prendas deportivas tanto en los entrenamientos como en la competición si no se contraviniese ningún reglamento federativo.
  4. Comparecer en las convocatorias de selección deportiva autonómica o nacional, efectuadas por la Federación Deportiva correspondiente así como aquellas otras comparecencias que se celebren a instancia del Gobierno de La Rioja.
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