DAP: Declaración Anual de los Productores de residuos peligrosos
La declaración anual persigue controlar y calcular los residuos peligrosos generados por los productores de residuos de La Rioja.
La comunidad Autónoma de La Rioja, se acoge al supuesto establecido en el apartado 2A del Acuerdo de la comisión de coordinación en materia de residuos relativo a la obligación de remisión de la memoria anual de los productores de residuos peligrosos, por lo que se entiende que toda la información relativa a traslados de residuos peligrosos se encuentra incluida dentro del repositorio de traslados de eSIR.
En la comunidad autónoma de La Rioja solo tienen que presentar la Declaración Anual de Productor de residuos peligrosos (DAP), los productores de residuos registrados, en cuyos procesos de producción se generen más de 10 toneladas al año de residuos peligrosos.
Requisitos
Los productores de residuos registrados, en cuyos procesos de producción se generen más de 10 toneladas al año de residuos peligrosos, deberán elaborar una declaración anual referente al origen y cantidad de los residuos producidos y el destino dado a cada uno de ellos.
Documentación
Solicitud
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes solo puede realizarse de forma electrónica desde el botón Tramitar:
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para, al menos, los siguientes sujetos:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
La declaración puede presentarse hasta el 1 de marzo del año siguiente al que ha sido objeto de la declaración.
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Divina Pérez López
- Mª Jesús Sáenz del Campo
Correo-e: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente
- Órgano competente: Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua
- Unidad tramitadora: Servicio de Gestión y Control de Residuos
Normativa
Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular.
Más información
Otros Impresos
- Acuerdo Comision de coordinación de residuos (429.5 kb)
Sentido de silencio (silencio administrativo):
No tieneObservaciones:
La Declaración Anual de Productores debe presentarse junto con un archivo en formato excel con la relación de residuos producidos a la Dirección General de Calidad Ambiental y Recursos Hídricos.
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: