Gobierno de La Rioja

Vertidos: comunicación de vertidos no domésticos asimilables a domésticos

Plazo: Sujeto a plazos
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Comunicación de vertidos no domésticos asimilables a domésticos

Requisitos

Los titulares de las instalaciones industriales, comerciales o de servicios que pretendan verter sus aguas residuales a las redes de alcantarillado y cuya composición no difiera cualitativa o cuantitativamente de la de los vertidos domésticos estarán sujetos al simple deber de comunicación del inicio de su actividad al Ayuntamiento titular de las redes o en su caso al Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja.

Cuando el vertido se realice a un colector general o estación depuradora se requiere en todo caso autorización expresa del Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja.

Documentación

Solicitud

Aportación de copias

Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración (Artículo 43, Ley 6/2009, de 15 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2010)

El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Abierto todo el año

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Consorcio de Aguas y Residuos de la Rioja

  • Área de vertidos: Gabriela Seco Campos o Pilar Villena Cuche
  • 941 519040. Fax: 941 519041

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Ley 5/2000, de 25 de octubre, de saneamiento y depuración de aguas residuales de La Rioja.

Decreto 55/2001, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 5/2000, de 25 de octubre, de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de La Rioja.

Más información

Otros Impresos

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Según normativa aplicable
¿Te ha resultado útil el contenido de esta página?
¡Gracias por tu valoración!
Al 48% de las personas esto les resultó útil.
Subir