Certificados de Excelencia en los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Los Certificados de Excelencia tienen como objetivo reconocer a aquellos órganos, unidades, organismos o entidades, dentro del ámbito de los servicios públicos, que estén utilizando el Modelo Europeo de Excelencia de la Fundación Europea para la Gestión de la Calidad (EFQM) como marco de referencia para la mejora de su gestión y satisfacción de sus usuarios.
Requisitos
Podrán solicitar los Certificados de Excelencia los órganos y unidades de la Administración General y de los Organismos Públicos así como del resto de entes integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja. También podrán solicitarlo aquellas entidades o instituciones, públicas o privadas, que participen en la prestación de servicios públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como los Organismos o Entidades Públicas cuya actividad se desempeña dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Niveles de los Certificados de Excelencia
Se establecen los siguientes niveles de Certificados de Excelencia a otorgar, en base a la puntuación obtenida por la aplicación de la metodología de valoración indicada en la Base sexta del Anexo 2 de la Resolución 759/2017 de 28 de marzo, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda:
- Certificado de bronce: a conceder a aquellos solicitantes que alcancen 300 puntos.
- Certificado de plata: para aquellos que superen los 400 puntos.
- Certificado de oro: para aquellos que superen los 500 puntos
Documentación
Solicitud
Si se hace de manera electrónica, escanee la documentación y adjúntela a la solicitud
La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:
Memoria explicativa que irá respondiendo a los criterios y subcriterios de la adaptación del Modelo EFQM a la Administración por la Agencia Estatal de Evaluación y Calidad. La memoria tendrá una extensión no superior a 75 páginas en tamaño de letra mínimo 10.
- Solicitud (62.5 kb)
Cómo tramitarlo
Presentación de la solicitudes
Se presentarán a través del registro electrónico en la oficina electrónica existente en la página web del Gobierno de la Rioja en la siguiente dirección: www.larioja.org/oficinaelectronica
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el día 9 de marzo hasta el día 31 de mayo de 2023, ambos inclusives
Plazo de resolución y notificación
El plazo para resolver y notificar la Resolución de concesión será de UN MES desde que el equipo evaluador haya entregado su informe de evaluación, Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de La Rioja.Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno
- Órgano competente: Secretaría General Técnica
- Unidad tramitadora: Servicio de Organización, Innovación y Evaluación de los Servicios Públicos
- Cargo que resuelve: Consejero/a
Normativa
Orden 5/2014, de 22 de abril, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, por la que se unifica la regulación de los reconocimientos a la calidad en los servicios públicos en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Resolución 380/2023, de 2 de marzo, Convocatoria 2023
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
No tieneRecurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Observaciones:
Validez de los Certificados
Las unidades, órganos, organismos o entidades que obtengan el Certificado tendrán derecho a su utilización durante cuatro años, pudiendo instar su renovación transcurrido dicho plazo.
Compromisos de las entidades reconocidas
Las organizaciones que obtengan el Certificado se comprometen a participar en las acciones de difusión de su proceso de mejora continua en el marco de las actividades programadas por la Consejería con competencias en mejora de la calidad de los servicios públicos.
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: