Jubilación parcial
Se considera jubilación parcial la iniciada después del cumplimiento de la edad mínima exigida, simultánea con un contrato de trabajo a tiempo parcial y vinculada o no con un contrato de relevo celebrado con un trabajador en situación de desempleo o que tenga concertado con la empresa un contrato de duración determinada.
Más información en la página web de la Seguridad Social.
Requisitos
Requisitos exigidos para acceder a esta modalidad de jubilación a partir de 1 de enero de 2019:
- Personal laboral contratado a jornada completa.
- Edad mínima: la exigida en función de los periodos cotizados en el momento del hecho causante (Ver: tabla jubilación parcial con contrato de relevo > edad mínima > sin condición de mutualistas).
- Periodo mínimo de cotización: 33 años de cotizaciones efectivas.
- Antigüedad en la empresa: al menos 6 años.
- Reducción de jornada: entre un 25% y un 50%.
Para más información sobre los requisitos exigidos se puede consultar la página web de la Seguridad Social.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar.
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano.
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Presentación de solicitudes con un mínimo de 2 meses de antelación a la fecha deseada de jubilación.
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Roberto Montero Ojeda
- Amelia Sáenz Miranda
- Mª Mar de Pablo del Campo
- Pilar Matute Martínez
- Gerardo González Moreno
- Verónica Huerta Arancón
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno
- Órgano competente: Dirección General de Función Pública
- Unidad tramitadora: Servicio de Administración de Personal
- Cargo que resuelve: Consejero/a
Normativa
Orden de 18 de enero de 1967, que establece normas para aplicación y desarrollo de la prestación de la vejez.
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, Disposición Transitoria Cuarta
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto de los Trabajadores.
Real Decreto 1131/2002, de 31 de octubre, por el que se regula la Seguridad Social de los trabajadores contratados a tiempo parcial, así como la jubilación parcial.
Real Decreto Ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.
Real Decreto 1131, de 31 de octubre, por el que se regula la Seguridad Social de los trabajadores contratados a tiempo parcial así como la jubilación parcial
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Recurso jurisdicción social
La resolución pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja; contra la misma podrá interponerse demanda ante el Juzgado de lo Social en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: