Gobierno de La Rioja

Selección de usuarios del sistema de asesoramiento de las explotaciones agrarias para los años 2025

Plazo: Fuera de plazo de solicitud
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Efectuar la selección de las explotaciones agrarias usuarias del servicio de asesoramiento.

Requisitos

Beneficiarios

Son usuarios potenciales del servicio de asesoramiento los titulares de explotaciones agrarias inscritos en el Registro de Explotaciones Agrarias de La Rioja (REA).

Estos usuarios deben elegir una de las cinco entidades de asesoramiento seleccionadas por el Gobierno de La Rioja:

  • Asociación Riojana de Agricultores y Ganaderos de La Rioja (ARAG-Asaja)
  • Iber Sostenibilidad y Desarrollo S.L.
  • Unión de Agricultores y Ganaderos de La Rioja (UAGR-COAG)
  • Asegar 2028 UTE
  • Servicoopr UTE

Criterios de prioridad de las solicitudes

a) Según las características del solicitante a fecha de solicitud, como titular de la explotación:

  • Entidades con o sin personalidad jurídica titulares de explotación agraria: 10 puntos.
  • Titularidad compartida: 15 puntos.
  • Titular de explotación joven no integrado en el sistema de tutores: 15 puntos.
  • Titular de explotación agricultor profesional y no sea explotación prioritaria: 15 puntos.
  • Usuarios del sistema de asesoramiento seleccionados en la convocatoria anterior: 5 puntos.
  • Titulares de explotación mujeres que sean agricultores profesionales:5 puntos.

b) Características de la explotación a fecha de solicitud (excepto en el caso de titularidad de compromisos medioambientales, climáticos y otros relacionados con la gestión):

  • Explotación calificada como prioritaria o joven titular de explotación establecido en los dos últimos años con ayudas FEADER: 15 puntos.
  • Explotación en zona vulnerable de nitratos: 10 puntos.
  • Inscripción en el Registro de Agricultura Ecológica: 7 puntos.
  • Explotación en zona de montaña: 5 puntos.
  • Explotación en zona Red Natura 2000: 5 puntos.
  • Beneficiario de compromisos medioambientales del PEPAC: 5 puntos.

Se establece un umbral mínimo de 20 puntos por debajo del cual las explotaciones no tendrán derecho a ser reconocidas como usuarias del sistema de asesoramiento.

Solo se admitirá un asesoramiento por explotación y titular.

 

Documentación

Solicitud

La solicitud puede presentarla el propio interesado o a través de una de las entidades de asesoramiento. En este caso, la entidad de asesoramiento debe presentar la autorización del solicitante.

Cómo tramitarlo

Presentación de solicitudes:

De forma electrónica a través de la aplicación "Desarrollo Rural. Asesoramiento" a la que puede acceder:

En caso de no estar anteriormente habilitado para el acceso a la aplicación, deberá solicitar el alta a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección web www.larioja.org/notificaciones,  o bien, solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta en la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para lo cual debe indicar qué dirección electrónica pretende que se le habilite.

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

 

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes concluirá el 20 de junio de 2025 a las 14 horas.

Fin de plazo: 20 de junio de 2025.

Plazo de resolución y notificación

El listado de usuarios del sistema de asesoramiento con indicación de la entidad de asesoramiento que hubiera elegido cada uno de ellos será publicada en el Boletín Oficial de La Rioja y en el tablón de anuncios electrónico de la página www.larioja.org en el plazo de 6 meses desde la finalización del periodo de solicitud.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

 

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Rosario Zúñiga Ripa

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Decreto 37/2016, de 5 de octubre, por el que se regula el sistema de asesoramiento a las explotaciones agrarias del Programa de Desarrollo Rural de La Rioja 2014-2020

Resolución 241/2025, de 30 de mayo, Convocatoria 2025

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Según normativa aplicable

Recurso que procede:

Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

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