Ayudas Sociales y al Estudio curso académico 2023/2024. Personal de Administración General.
Ayudas sociales y al estudio gestionadas por la Dirección General de Función Pública
Requisitos
Beneficiarios
- El personal funcionario de carrera, estatutario y laboral fijo de la Administración General, de sus Organismos Autónomos y de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que estén en servicio activo en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden de convocatoria.
- El personal funcionario interino, estatutario y laboral no fijo de la Administración General, de sus Organismos Autónomos y de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que estén en servicio activo en el momento de presentar la solicitud y acrediten cuatro meses de prestación de servicios durante los doce meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Las ayudas renovables trimestralmente, se percibirán únicamente hasta el mes en que se produzca la baja o cese, éste incluido. En el caso de contratos de interinidad por vacante de plazas fijas-discontinuas, se aplicarán criterios similares referidos a la duración de la campaña.
- El personal jubilado o con incapacidad permanente de esta Administración, las personas huérfanas y viudas del personal empleado público, que no desarrollen ningún tipo de actividad remunerada, salvo que padezcan una discapacidad en grado igual o superior al 33%.
- Los hijos e hijas del personal empleado público, menores de 25 años, o mayores de dicha edad con un grado de discapacidad igual o superior al 33% y dependan económicamente de sus padres, madres o familiares, que no hayan obtenido rentas superiores a 2.482,42 euros en el año 2022.
- Los cónyuges o parejas de hecho del citado personal, que no hayan obtenido rentas superiores a las reflejadas en el punto anterior. En el caso de que el cónyuge o pareja de hecho sea personal de la Administración General, organismos autónomos dependientes de ésta o de la Administración de Justicia, no le será de aplicación el límite de renta señalado.
- El personal empleado público en situación de excedencia por cuidado de familiares.
Tipos de Ayuda
Consulte las ayudas y documentación en el apartado Acción Social de la web del empleado público.
Documentación
Solicitud, escrito o comunicación
- Solicitud (240.5 kb)
- Anexo Ayuda Educación Infantil (3-6 años) (48.5 kb)
- Anexo Ayuda Educación Primaria (44 kb)
- Anexo Ayuda Educación Secundaria 1º ciclo (1º, 2º y 3º ESO) (43 kb)
- Anexo Ayuda Educación Secundaria 2º ciclo (4º ESO) (43 kb)
- Anexo Ayuda Bachillerato y otros CC.FF. (41.5 kb)
- Anexo Ayuda Estudios Universitarios (50 kb)
- Anexo Ayuda Discapacidad (40 kb)
- Anexo Ayuda Educación Especial (38.5 kb)
- Anexo Ayuda Escuela Oficial de Idiomas (42.5 kb)
- Anexo Ayuda Conservatorio Elemental y Profesional de Música (44 kb)
- Anexo Ayuda para personas con enfermedad celíaca (36 kb)
- Anexo Ayuda para cuidado de familiar (35.5 kb)
- Anexo Ayuda Cuidado de la Visión (36.5 kb)
- Anexo Ayuda complementaria por residencia (38.5 kb)
- Anexo Ayuda complementaria por transporte (36 kb)
- Anexo Ayuda bucodental (36 kb)
- Anexo Ayuda gastos secundarios quimio y radioterapia (36.5 kb)
- Ayuda por gastos de vacunación (37.5 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar.
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano.
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes: del 3 al 23 de abril de 2024, ambos incluidos
Sin perjuicio de los supuestos regulados en los términos de los artículos 9.2 y 14.2 de la orden, en los siguientes casos:
- Ayuda por excedencia por cuidado de familiar.
- Ayuda por discapacidad para aquellos beneficiarios de la presente Orden que durante la vigencia de la misma se encuentren tramitando un expediente para el reconocimiento de grado de minusvalía.
Plazo de resolución y notificación
Dentro del plazo de dos meses a partir de la fecha en que finalice la presentación de solicitudes, la Dirección General de Función Pública y la Gerencia del Servicio Riojano de Salud, previo informe de la Comisión de Acción Social, harán pública en el Tablón de Anuncios Virtual del Gobierno de La Rioja y a través de la sede electrónica (www.larioja.org/empleados/es?locale=es%20ES y www.riojasalud.es), la relación provisional de admitidos y excluidos a las ayudas sociales y al estudio para el curso académico 2023/2024 de la presente Orden.Se concederá un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación en los lugares señalados con anterioridad, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones provisionales de admitidos y excluidos.
A la vista de las alegaciones y documentos presentados, y previo informe de la Comisión de Acción Social, el Consejero de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno y la Presidenta del Servicio Riojano de Salud dictarán Resolución definitiva en el plazo de un mes a partir de la relación provisional.
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Javier Ezquerro Ezquerro
- Carmen Benito Ochoa
- Marian Ortiz Azpiroz
- Yolanda Castillo Estebas
- Sara Urdiales Peso
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno
- Órgano competente: Dirección General de Función Pública
- Unidad tramitadora: Servicio de Planificación, Ordenación de la Función Pública y Asistencia Jurídica
- Cargo que resuelve: Consejero/a
Normativa
Orden HGS/16/2024, de 26 de marzo, de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se establecen las bases y se inicia el procedimiento para la concesión de ayudas sociales y al estudio para el curso académico 2023/2024.
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: