Gobierno de La Rioja

Prácticum de los estudios de los títulos de Máster para el ejercicio de las profesiones de profesor de ESO y Bachillerato, de FP y Enseñanza de Idiomas

Plazo: Continuo
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Procedimiento para el reconocimiento y la designación de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, así como de los correspondientes profesores tutores de estos centros, en los que se vaya a llevar a cabo la realización de las prácticas de los estudios de los títulos oficiales de grado y máster para el ejercicio de las profesiones de profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas, así como las prácticas del Curso de Formación Pedagógica y Didáctica habilitante para los Profesores Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional y Enseñanzas Deportivas. Todo ello, sin perjuicio de las atribuciones que la Orden ECI/3858/2007, de 27 de diciembre, confiere a las universidades en cuanto al plan de estudio conducente a la obtención del título.

Requisitos

Reconocimiento y acreditación de centros y tutores de prácticas

  1. Todos los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos que impartan Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas de la Comunidad Autónoma de La Rioja quedan reconocidos y acreditados como centros de formación en prácticas.
  2. Los profesionales que impartan docencia o desarrollen su labor en los centros a los que se hace referencia en el apartado anterior, podrán solicitar, asimismo, su acreditación como tutores de prácticas siempre que cuenten con la experiencia mínima de tres cursos académicos de servicio como docentes en los citados niveles.
  3. Cada docente tutor podrá tutorizar en un mismo curso académico hasta un máximo de dos alumnos de prácticas, salvo en casos excepcionales cuando así fuera preciso para atender al conjunto de solicitudes de realización de prácticas.
  4. Uno de los miembros del equipo directivo, o el docente en quien delegue, actuará como coordinador de prácticas cuando haya dos o más tutores de prácticas en el centro.

Documentación

Solicitud

En el caso de centros que vayan a participar en el marco de lo regulado por la Orden 5/2015, de 12 de agosto, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se regula la convocatoria y el procedimiento para el reconocimiento y designación de centros y tutores de prácticas para el desarrollo del Prácticum de los títulos oficiales de Máster que habiliten para el ejercicio de las profesiones de profesor de Educación Secundaria, de Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas y del Curso de formación Pedagógica y Didáctica para los Profesores Técnicos de Formación Profesional y Enseñanzas Deportivas, el centro correspondiente enviará el nombre de la persona coordinadora y la autorización del director a través del formulario disponible en la dirección electrónica

Pulse aquí.

Los docentes interesados en tutorizar prácticas cumplimentarán individualmente el formulario disponible en la dirección electrónica

Pulse aquí.

Información complementaria:

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica a través de los formularios cuyos enlaces están disponibles en el apartado de Documentación.

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados.

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para el envío de la autorización por parte de los directores de los centros finalizará el 11 de septiembre de 2025.

El plazo para el envío del formulario individual por parte de los profesores tutores estará abierto durante todo el mes de septiembre de 2025.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Ana Paniagua Domínguez

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Orden 5/2015, de 12 de agosto, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la se regula la convocatoria y el procedimiento para el reconocimiento y designación de centros y tutores de prácticas para el desarrollo del Prácticum de los títulos oficiales de Máster que habiliten para el ejercicio de las profesiones de profesor de Educación Secundaria, de Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas y del Curso de Formación Pedagógica y Didáctica para los Profesores Técnicos de Formación Profesional y Enseñanzas Deportivas.

Orden EDC/3/2022, de 19 de enero, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se regula la formación del profesorado en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Resolución 34/2025, de 26 de junio, de la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa, por la que se regulan las fechas para la solicitud de plazas por partes de las universidades para la realización de prácticas formativas de grados y másteres universitarios necesarios para el desarrollo de las actividades profesionales docentes y de prácticas formativas de la formación pedagógica y didáctica equivalente a la exigida en el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación durante el curso 2025-2026.

Resolución 36/2025, de 3 de julio, de la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa, por la que se regula la convocatoria y el procedimiento para el reconocimiento y designación de centros y tutores de prácticas para el desarrollo del prácticum de los títulos oficiales de grado y máster para el ejercicio de las profesiones de profesor de educación secundaria, de formación profesional y enseñanza de idiomas y del curso de formación pedagógica y didáctica habilitante para los profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional y enseñanzas deportivas durante el curso 2025-2026.

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Negativo

Recurso que procede:

Alzada

La presente resolución no agota la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso de alzada frente al Consejero de Educación, Formación y Empleo en el plazo de un mes conforme a los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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