Gobierno de La Rioja

Subvenciones para acciones demostrativas de nuevas técnicas de producción en explotaciones agrarias

Plazo: Fuera de plazo de solicitud
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Realizar actividades de divulgación y demostración práctica de nuevas técnicas de producción en las explotaciones, que contribuyan a la mejora de la competitividad de la actividad agraria de La Rioja.

Requisitos

Beneficiarios

Toda persona física, jurídica o entes sin personalidad jurídica titular de una explotación agraria situada en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja y las cooperativas agrarias o SAT de La Rioja.

 

Actuaciones subvencionables

  • Realización de campos demostrativos de acuerdo a unos protocolos previamente definidos, donde se concrete la duración de los mismos.
  • Visitas a estos campos demostrativos con los diferentes agentes del sector a fin de divulgar los resultados y servir de modelo a otros agricultores.

  • Difusión de resultados obtenidos en estos campos demostrativos

Las acciones demostrativas podrán ser de carácter anual o plurianual hasta un máximo de 5 años con posibilidad de prórroga por dos anualidades más.

 

Gastos subvencionables

Serán subvencionables los siguientes gastos relacionados con el desarrollo y ejecución de las acciones demostrativas:

  • Inversiones en material vegetal, infraestructuras en parcela, sistemas de riego, maquinaria...
  • Inversiones en explotaciones ganaderas.
  • Costes de materias primas, maquinaria, energía y otros gastos corrientes.
  • Costes por trabajos realizados, que podrán ser en especie mediante trabajos propios o bien monetarios si son trabajos realizados por terceros, así como la toma de datos y elaboración de los mismos por parte del beneficiario.
  • Realización de jornadas, visitas o publicaciones para la difusión de resultados.

 

Cuantía

El porcentaje de subvención será del 100% de los gastos considerados elegibles.

La cuantía máxima de ayuda a percibir por un protocolo de experimentación será de 40.000 euros el primer año de ejecución y de 15.000 euros cada uno de los años posteriores en el caso de acciones demostrativas plurianuales. 

Para el cálculo de los gastos, se tendrán en cuenta los precios máximos publicados en el anexo IX de la convocatoria.

Documentación

Solicitud

La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:

  1. Documentación genérica
  • Estatutos de la sociedad o asociación solicitante, de no ser persona física.
  • Acuerdo de la persona jurídica, cooperativa agraria o sociedad agraria de transformación, que deberá contener los siguientes puntos:
    1. Adopción de la decisión de firmar el contrato de campo demostrativo.
    2. Acuerdo de solicitar la ayuda.
    3. Nombramiento de representante legal.
    4. Compromiso de financiar la parte de inversión o gastos no subvencionados.
  • Ficha de alta de terceros de la Comunidad Autónoma según modelo oficial (en caso de que no exista ya en la Consejería de Hacienda), o de modificación de datos se realiza de forma telemática:.Presentación telemática de la ficha
  • Declaración responsable del beneficiario en caso de adquisición y mejora de bienes inventariables, de destinar dichos bienes al fin para el que se concede, como mínimo, durante 5 años desde el pago de la última anualidad y de no haber solicitado o percibido otras ayudas para la misma finalidad.
  • Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento donde se encuentre el domicilio fiscal.
  • Acreditación del régimen de tenencia mediante uno de los siguientes documentos:
    1. Inscripción de la parcela en Registro de Explotaciones Agrarias de La Rioja (REA).
    2. Certificado catastral actual de propiedad.
    3. Contrato de arrendamiento oficial y vigente.
    4. Documento de cesión vigente entre familiares hasta primer grado de consanguinidad.
  • Tras informe propuesta provisional, Documentación para verificar el cumplimiento del requisito previsto en artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de subvenciones.
  1. Protocolo de experimentación (ver apartado “Impresos”), que deberá incluir, entre otros, los siguientes extremos:
  • Las actividades que se desarrollarán con detalle, cronograma y el presupuesto detallado correspondiente.
  • Relación del personal que participará en el proyecto.
  • Un plan de difusión y divulgación de los resultados.
  • Información que permita evaluar la solicitud en base a los criterios establecidos

C. Facturas proforma de las inversiones solicitadas

D. En caso de realizar inversiones en las que sea necesario permiso o licencia de obra o instalación, autorización del organismo correspondiente

Cómo tramitarlo

Las solicitudes se realizarán exclusivamente de forma electrónica desde el botón Tramitar.

Si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada (DEH) en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección web www.larioja.org/notificaciones,  o bien, solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta en la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para lo cual debe indicar qué dirección de correo electrónico electrónica pretende que se le habilite.

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados.

 

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de convocatoria en el BOR (fecha de publicación: 20 de enero de 2025).

Fin de plazo: 17 de febrero de 2025.

Plazo de resolución y notificación

6 meses a contar desde la recepción de la solicitud.

Otros plazos

El plazo para presentar la solicitud de pago y su documentación justificativa será hasta el 31 de julio de 2025.

La fecha límite de solicitud del pago será el 30 de junio para los ejercicios 2026, 2027, 2028 y 2029.

 

 

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

 

Javier Rosa Ruiz-Alejos - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. (ext. 33840)

Ana Robert Moreno - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. (ext. 31385)

 

 

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Orden AGM/74/2024, de 11 de octubre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones para la realización de acciones demostrativas de nuevas técnicas de producción en explotaciones agrarias, en el ámbito PEPAC 2023-2027

Resolución 56/2025, de 15 de enero, Convocatoria 2025

Extracto en el BOR de la convocatoria 2025

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Negativo

Recurso que procede:

Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

¿Te ha resultado útil el contenido de esta página?
¡Gracias por tu valoración!
Al 47% de las personas esto les resultó útil.
Subir